Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 07/11/2024

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Ayuntamientos

Decreto de 8 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Gójar, para la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Gójar para el año 2024. (PP. 9842/2024).

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Resultando el expediente núm. 542/2024 (Gestiona), relativo a «Oferta de Empleo Público

2024».

Resultando el Informe de la Intervención Municipal de fecha 1.10.2024.

Resultando el Informe del Secretario Municipal de fecha 4.10.2024.

Considerando que por Resolución de la Alcaldía núm. 2023-0501, de fecha 22.6.2023, se delegaron en la Junta de Gobierno Local, entre otras, las competencias en materia de aprobación de la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.

Considerando que concurren circunstancias de índole económica, social y jurídica que aconsejan la inmediata resolución del expediente de conformidad con el artículo 128.1) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.

Considerando que de conformidad con lo establecido en el artículo 116 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el órgano delegante podrá avocar en cualquier momento la competencia delegada con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común, y atendido lo previsto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula la avocación, y demás disposiciones de general aplicación, por medio del presente,

RESUELVO

Primero. Avocar puntualmente la competencia de la Junta de Gobierno Local para la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Gójar para el año 2024.

Segundo. Aprobar la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Gójar para el año 2024, que contiene las siguientes plazas:

PERSONAL FUNCIONARIO

PERSONAL LABORAL

Tercero. Publicar la Oferta de Empleo Público en la sede electrónica de este Excmo. Ayuntamiento, en su tablón de anuncios, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.

Cuarto. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente oferta de empleo público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.

Quinto. Dar al expediente la tramitación que legalmente corresponda.

Sexto. Dar traslado del presente decreto a los miembros de la Junta de Gobierno Local y cuenta a esta, en la primera sesión que celebre, así como al Pleno Municipal, Área de Personal, Intervención y Representantes del Personal Municipal, para su conocimiento y efectos.

Septimo. Contra el presente decreto (a excepción del acuerdo de avocación contra el que no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento, de conformidad con el artículo 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público), podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de optar por la interposición del recurso de reposición no podrán interponer el recurso contencioso- administrativo hasta que haya notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo. Y todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Gójar, 8 de octubre de 2024.- El Alcalde-Presidente, José Joaquín Prieto Mora.

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