Resolución de 10 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo, por la que se dispone el nombramiento de la Coordinación de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía.
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La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, equidad, eficacia, participación de los ciudadanos y de los profesionales, mejora de la calidad de los servicios y de utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, establece en su artículo 33 que, de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
El Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, atribuye a la Viceconsejería, en su artículo 4.2.f), el establecimiento de las políticas en las Estrategias, planes integrales y sectoriales. Asimismo, el artículo 6.h) del referido decreto dispone que corresponde a la Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo, el diseño, seguimiento y evaluación de las Estrategias, planes integrales y sectoriales.
En atención a esta regulación autonómica y a sus principios, partiendo de la experiencia del desarrollo de Estrategias y Planes en el ámbito de la salud, la Consejería de Salud y Consumo procederá a impulsar la formulación de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía, que se plantea considerando la salud sexual y la salud reproductiva como dos entidades separadas, que requieren de políticas e intervenciones particulares para que puedan cubrirse ampliamente las necesidades de ambos ámbitos.
Esta Estrategia tendrá como finalidad principal promover la salud de la población andaluza en esta esfera vital de gran relevancia, dando respuesta a las necesidades actuales, velando por los derechos sexuales y reproductivos de la población, desde un enfoque de equidad y acceso universal a recursos y servicios que faciliten el bienestar integral en este plano a lo largo del ciclo vital. Especialmente, deberá tener en cuenta la inclusión de la diversidad, contemplando la importancia de los determinantes sociales y de género en la salud, basando siempre sus acciones en la evidencia científica y en un modelo humanizado de atención a la salud.
Dada la necesidad de desarrollar esta Estrategia, mediante Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, se dispuso el nombramiento de doña María Trinidad Lechuga Varona como Coordinadora de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía.
Habida cuenta de los cambios efectuados en la estructura de la Consejería de Salud y Consumo, y habiendo quedado vacante la coordinación de dicha Estrategia, por renuncia de su anterior titular, se estima conveniente proceder a una nueva designación de la misma para continuar impulsando su desarrollo y coordinar su implementación.
Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 6.h) del Decreto 198/2024, de 3 de septiembre,
DISPONGO
Primero. Nombrar a doña Irene Agea Cano como Coordinadora de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía.
Segundo. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la Coordinación de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.
Tercero. Las indemnizaciones que procedan a favor de la persona Coordinadora de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de Andalucía por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.
Sevilla, 10 de noviembre de 2024.- El Secretario General, Ismael Muñoz Martínez.
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