Anuncio de 12 de noviembre de 2024, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, Dirección de Administración General, por la que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura de la Jefatura de Sección de Gestión de la Dirección Provincial de Almería.
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Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la resolución, que a continuación se transcribe:
RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE LA JEFATURA DE SECCIÓN DE GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA.
Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), los cuales no sólo se han adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del régimen jurídico de las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sino que responden a un nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se ha visto sensiblemente modificado y ampliado a la consolidación en la prestación de servicios.
La aprobación de los Estatutos ha supuesto la introducción de diversos cambios en aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.
En cuanto a los mandos intermedios configurados en la estructura administrativa de la Agencia, dispone el art 30.3 de los citados Estatutos que «...no tendrán consideración de personal directivo de la Agencia y serán cubiertos preferentemente mediante procedimientos de promoción interna por personal de la Agencia. En su provisión se velará por la representación equilibrada de hombres y mujeres conforme a lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, y en la legislación básica estatal en materia de igualdad».
El artículo 10 del IV Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía establece el régimen aplicable para la cobertura de estos puestos de Jefaturas de Sección y de Equipo:
«Artículo 10. Jefaturas de Sección y de Equipo.
1. Las jefaturas de sección y equipo son los máximos niveles de gestión de la Agencia, funciones estas no directivas que serán desempeñadas por personal de plantilla, salvo lo dispuesto en el art. 1.2 y disposición transitoria del presente convenio (inciso este último declarado nulo por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 6 de octubre de 2016, ratificada por el Tribunal Supremo en sentencia 959/2018, de 15 de noviembre.).
2. Se nombrarán las responsabilidades de Jefatura de Sección y de Equipo por libre designación entre candidatos que provengan de la plantilla propia de la Agencia y podrán ser cesados por libre remoción. Al producirse su cese, se destinará a un puesto de trabajo correspondiente a su grupo profesional en su mismo centro de trabajo o, en su defecto, provincia.
3. La designación se llevará a cabo previo concurso mediante convocatoria pública interna que se anunciará en los tablones de anuncios de los servicios centrales y de las gerencias provinciales y en la intranet de la Agencia, y en donde se establezcan los requisitos de titulación, idoneidad y méritos a valorar. La persona candidata deberá presentar una memoria en la que haga constar los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura así como esquema que propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección del equipo o sección.
4. En el procedimiento de selección de estas jefaturas, se constituirá una Comisión de Selección en la que intervendrán con voz, pero sin voto, los Representantes de los Trabajadores. La Dirección designará al candidato más idóneo de entre una terna aprobada en la comisión de selección y ponderando en su conjunto las cualidades de las personas aspirantes, mediante informe motivado de la idoneidad del candidato seleccionado en el que se mencionen los principales elementos tenidos en cuenta para la idoneidad.
5. En el caso de quedar desierta la convocatoria pública, la Dirección designará directamente un trabajador para desempeñar las funciones de Jefatura.»
Habiendo quedado vacante el puesto de la Jefatura de Sección de Gestión de la Dirección Provincial de Almería, se considera conveniente para la consecución de las metas y objetivos de la Agencia estando atribuidas las facultades para ello a esta Gerencia por el art. 16.2.a de los reiterados Estatutos,
HE RESUELTO
Primero. Aprobar la convocatoria pública para la cobertura de la Jefatura de Sección de Gestión de la Dirección Provincial de Almería.
Segundo. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases y en lo no previsto expresamente en las mismas, por lo regulado en los Estatutos, Convenio Colectivo vigente en la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía y normativa que resulte de aplicación.
BASES DE LA CONVOCATORIA
Las bases que desarrollan la presente convocatoria se encuentran publicadas en la intranet de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía a la que se puede acceder a través del siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/avra/opencms/servicios/empleo.html
Sevilla, 12 de noviembre de 2024.- La Directora de Administración General, María Dolores de Pablo-Blanco Olidén.
Descargar PDFBOJA nº 224 de 18/11/2024