Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Enfermero/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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La base general 10.1.4 del anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 diciembre), con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de abril de 2023, establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal requerirá al Tribunal Calificador una relación complementaria con las personas aspirantes propuestas para su posible propuesta de contratación para adquirir la condición de personal fijo, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que se produzca la renuncia de algunas de las personas aspirantes seleccionadas, tanto tácita como expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes seleccionados, antes de su propuesta de contratación para adquirir la condición de personal fijo. b) Que alguna de las personas propuestas no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo establecidos en la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en cuyo caso se le dará audiencia. Así mismo la base general 10.1.5 establece que la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal dictará resolución por la que se acordará publicar la relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible propuesta de contratación para adquirir la condición de personal fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Por Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Enfermero/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan (BOJA núm. 181, de 17 de septiembre de 2024).
En el apartado tercero de la citada Resolución de 11 septiembre de 2024 (BOJA núm. 181, de 17 de septiembre de 2024), se publicó como Anexo II la relación de personas aspirantes a las que se le concedió, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Finalizado el plazo otorgado, no consta haya presentado escrito de subsanación.
Por otra parte, en el apartado primero de la citada Resolución de 11 septiembre de 2024 (BOJA núm. 181, de 17 de septiembre de 2024), en su Anexo I se acordó la propuesta de contratación para adquirir la condición de personal laboral fijo de las personas aspirantes que han superado el concurso, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Enfermero/a, que se relacionan en el Anexo I, no constando que una de ellas firmase el contrato laboral para adquirir la condición de personal estatuario fijo dentro del plazo fijado.
De conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), en los Decretos 290/2021, 291/2021, 292/2021, 293/2021 y 294/2021 de 28 de diciembre, por los que se disuelven las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), se designa órgano liquidador, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio, en el Decreto 295/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre de 2024 (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Declarar decaídas en sus derechos derivados del concurso convocado por Resolución de 23 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de determinadas categorías y especialidades y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, a las personas que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, por una parte al haber aspirantes que siendo propuestos para su contratación para adquirir la condición de personal laboral fijo, no se han incorporado a los destinos propuestos y no han firmado el correspondiente contrato laboral para adquirir dicha condición de personal fijo, y por otra parte al haber aspirantes que no han aportado la documentación requerida en el trámite de audiencia, de conformidad con lo establecido en la base 11.6, otorgado por la citada Resolución de 7 de junio de 2024 (BOJA núm. 114, de 13 de junio).
Segundo. Publicar como Anexo II de esta resolución la relación complementaria de las personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que siguiendo a las que superan el concurso de Enfermero/a, por el sistema de acceso libre, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, para su posible propuesta de contratación indefinida.
En el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las personas aspirantes que se relacionan en el Anexo II de esta resolución deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción dada por la Resolución de 8 de marzo de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 13 de marzo de 2024), se aprueban las listas definitivas de personas que superan las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso libre de Enfermero/a, convocadas mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, especificando para ello los códigos de centros indicados en dicho anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma categoría y, en su caso, especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
Tercero. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Cuarto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el apartado segundo, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tras el agotamiento de la vía administrativa, se podrá interponer demanda ante la jurisdicción laboral conforme al artículo 69 de la Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de noviembre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO I
PERSONAS ASPIRANTES DECLARADAS DECAÍDAS EN SU DERECHO
APELLIDOS, NOMBRE | DNI |
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CRUZ JURADO, MARÍA DE LA SOLEDAD | ***7975** |
HUERTAS BERLANGA, VANESA | ***5939** |
ANEXO II
PERSONAS ASPIRANTES A LAS QUE SE LES REQUIERE PARA REALIZAR PETICIÓN DE DESTINO
APELLIDOS, NOMBRE | DNI |
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ROMERO RUIZ, GEORGINA | ***6995** |
ROSA ROJAS, ANA BELÉN | ***0811** |
BOJA nº 227 de 21/11/2024