Orden de 4 de noviembre de 2024, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa al centro de educación infantil «El Osito Carlos», de Málaga. (PP. 9967/2024).
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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María del Carmen Torres Casero, como representante de Boxi y la Buganvilla, S.L., entidad titular del centro de educación infantil «El Osito Carlos», en solicitud de ampliación del mismo en 1 unidad de primer ciclo de educación infantil.
Primero. Resultando que el centro tiene autorización administrativa para 6 unidades de primer ciclo de educación infantil con 87 puestos escolares, por Orden de 16 de enero de 2018 (BOJA de 5 de abril).
Segundo. resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento, por ampliación en 1 unidad de primer ciclo de educación infantil, al centro de educación infantil «El Osito Carlos», promovida por Boxi y la Buganvilla, S.L., como entidad titular del mismo, con código 29018145, ubicado en C/ Gómez Ocaña, 14, de Málaga, quedando configurado con 7 unidades de primer ciclo de educación infantil para 100 puestos escolares.
Segundo. En consideración al informe emitido por la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación de Málaga, la ocupación de la planta alta del edificio en que se sitúa el centro queda limitada a un máximo de 50 alumnos y alumnas, por motivos de evacuación en caso de incendio.
Tercero. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Málaga la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.
Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2024/2025, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 4 de noviembre de 2024
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
BOJA nº 228 de 22/11/2024