Acuerdo de 12 de noviembre de 2024, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública de una plaza indefinida de Técnico/a B de Zona para Cádiz Levante.
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CONVOCATORIA PÚBLICA DE EMPLEO
1. Objeto de la convocatoria. Una plaza indefinida de técnico/a B de zona para Cádiz Levante.
2. Destinatarios/as de la convocatoria. La presente convocatoria es pública y dirigida a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos de los perfiles indicados en el Anexo 1, soliciten su participación en el proceso selectivo.
3. Solicitud y documentación. Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es. En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.
4. Plazo de presentación: Diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5. El proceso de selección. Se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del V Convenio Colectivo de APPA, especificados en el Anexo 2 de esta convocatoria.
Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la página web de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Contra el presente acuerdo que, según lo previsto en el artículo 36 de los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía aprobados por Decreto 501/2019, de 26 de junio, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, bien, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 115.2 de la misma ley y con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que podrá presentar en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Sevilla, 12 de noviembre de 2024.- El Secretario General, Joaquín Israel Martín Ruiz.
ANEXO 1
PERFIL DEL PUESTO
1. Funciones.
• Apoyar la gestión de la actividad portuaria y a la coordinación de recursos del puerto, colaborando en la consecución de objetivos de máxima calidad en el servicio demandado.
• Coordinar y organizar la gestión administrativa, facturación y recaudación de servicios, así como verificación del cumplimiento de normativa portuaria y atención/relación con usuarios u otras personas/entidades.
• Realizar informes de evolución de la gestión portuaria.
• Elaborar informes y propuestas sobre el estado de las instalaciones portuarias, así como de las autorizaciones y concesiones, y puertos de gestión indirecta.
• Definir y confeccionar las propuestas de contratación (obras, servicios y suministros) y gestionar las mismas, hasta la recepción y certificación de los trabajos.
• Estudiar las necesidades y elaborar propuestas sobre el programa de mantenimiento preventivo de las instalaciones portuarias.
Retribución: 32.180 € brutos anuales.
Centro de trabajo: Barbate, con desplazamientos a los centros de trabajo de la Agencia en Andalucía.
2. Requisitos.
Además, de los requisitos generales que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia, detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público, las candidaturas deben cumplir con los requisitos específicos de la plaza convocada:
• Titulación universitaria mínima de Ingeniería Técnica (Industrial, Naval) o Grado en Edificación/ Ingeniería (Tecnologías Industriales, Electrónica, Mecánica, Civil).
• Experiencia mínima de tres años como Ingeniero Medio o Superior en funciones de Gestión técnica o empresarial, con responsabilidad de coordinación de equipos humanos, preferentemente en empresas del ámbito industrial y/o mantenimiento, de la construcción y del transporte.
• Ofimática (hoja de cálculo y tratamiento de textos).
• Inglés, mínimo B1, según MCER.
• Permiso de conducir y disponibilidad para viajar.
• Residencia en la zona provincial de referencia.
3. Aspectos valorables.
• Ingeniería superior (Caminos, Canales y Puertos, Industrial, Naval) o Grado y Máster en Edificación/Ingeniería (Tecnologías Industriales, Electrónica, Mecánica, Civil).
• Cursos de formación monográficos en las siguientes materias:
◦ Dirección de Empresas.
◦ Mantenimiento industrial (maquinaria, instalaciones eléctricas, frío, etc).
◦ Prevención de Riesgos Laborales.
◦ Calidad y Medio Ambiente.
◦ Instalaciones Portuarias.
◦ Gestión de equipos.
• Experiencia a partir de tres años en puestos de trabajo con categoría profesional como Ingeniero Medio o Superior en el sector de mantenimiento y conservación de instalaciones.
• Certificado oficial de inglés a partir de nivel B2 (Cambridge, TOEIC, TEOFL, IELTS, Trinity, EOI).
• Conocimientos de aplicaciones de gestión empresarial, programas de medición y presupuestos, programas de diseño asistido.
ANEXO 2
EL PROCESO SELECTIVO
El proceso de selección se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.7 del V Convenio Colectivo de APPA. Sobre una puntuación de 100 puntos, se asigna hasta 40 puntos por oposición y hasta 60 puntos por méritos. La puntuación máxima alcanzable es de 100,00 puntos. En el supuesto caso de que dos o más candidaturas posean la misma puntuación, se celebrará un sorteo en presencia de dichas candidaturas para resolver el desempate.
1. Oposición.
Pruebas de conocimientos sobre las funciones a desempeñar y los conocimientos formativos exigidos y valorados.
• Prueba de conocimientos eliminatoria sobre las materias relacionadas con las funciones y conocimientos exigidos. Hasta 20 puntos.
• Prueba de conocimientos no eliminatoria sobre los aspectos valorables del perfil. Hasta 20 puntos.
Aquellas candidaturas que superen el 50% de los puntos en obtenibles en la prueba administrada con carácter eliminatorio, pasarán a la fase de concurso.
La fecha prevista para las pruebas será como mínimo de 20 días hábiles desde la fecha de publicación de la convocatoria en BOJA. La convocatoria a las pruebas de oposición se realizará en convocatoria unica en el apartado «noticias» de la oficina virtual (https://proyectos.puertosdeandalucia.es).
Con el objetivo de asegurar el aforo necesario para la administración de las pruebas, es requisito indispensable que las candidaturas confirmen su asistencia a dichas pruebas, en los plazos que se establezcan y según las instrucciones que se detallen en la publicación al efecto.
La pruebas consistirán en un cuestionario tipo test con tres respuestas alternativas siendo solo una de ellas la correcta. Cada acierto en las pruebas administradas se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada (-0,33 puntos), por lo que la puntuación del ejercicio será la correspondiente al número de aciertos netos, es decir: Puntuación= A-(E/3), siendo A, el número de aciertos y E el número de errores.
Tras la administración de las pruebas se publicará la plantilla de respuestas en la oficina virtual de la Agencia a fin de que cada candidatura pueda efectuar su autocorrección con la copia facilitada de su examen en el momento de su realización.
La plantilla publicada tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la Agencia se hará pública con la lista de resultados del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación, sin perjuicio de comunicar a la persona alegante los motivos de la desestimación.
Si una vez publicada la plantilla definitiva, como consecuencia de la estimación de impugnaciones de preguntas no se alcanzara el número total de los puntos obtenibles, la Agencia aplicará el resultado obtenido porcentualmente con el fin de garantizar que los aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio.
Finalizado el periodo de revisión de pruebas, se publicará el listado definitivo identificando a las candidaturas por su número de solicitud, asignado cuando la candidatura registra su solicitud de participación en la oficina virtual de la agencia.
Finalizado el periodo de revisión de pruebas, se publicará el listado definitivo identificando a las candidaturas por su número de solicitud, asignado cuando la candidatura registra su solicitud de participación en la oficina virtual de la agencia.
2. Concurso: Hasta 60 puntos.
Titulación académica: Hasta 5 puntos.
Ingeniería superior (Caminos, Canales y Puertos, Industrial, Naval), o bien, Grado y Máster en Edificación/Ingeniería (Tecnologías Industriales, Electrónica, Mecánica, Civil).
Formación complementaria: Hasta 20 puntos.
Cursos de formación monográficos sobre las materias relacionadas en el apartado de aspectos valorables, sin ser computables aquellos materias o cursos que formen parte de la titulación académica acreditada como requisito o como valorable.
Duración del Curso | Puntuación |
---|---|
Curso superior a 300 horas de duración | 3,00 |
Curso entre 201 y 300 h | 2,00 |
Curso entre 101 y 200 h | 1,00 |
Curso entre 51 y 100 h | 0,50 |
Curso entre 20 y 50 h | 0,20 |
Curso inferior a 20 horas | 0,10 |
Experiencia profesional: Hasta 30 puntos.
La experiencia se computa en la unidad de mes de trabajo acreditado a través de vida laboral y contratos (en su defecto se admitirá certificado oficial de empresa o recibo de salarios donde se indique la categoría profesional y antigüedad).
Experiencia | Puntuación |
---|---|
Puestos de trabajo con categoría profesional como Ingeniero/a Medio | 0,20 puntos por mes de trabajo acreditado |
Puestos de trabajo con categoría profesional como Ingeniero/a Superior | 0,40 puntos por mes de trabajo acreditado |
Inglés: Hasta 5 puntos.
CERTIFICADOS OFICIALES ACREDITATIVOS DE INGLÉS ADMITIDOS | |||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Nivel | Cambridge | Trinity | EOI | TOIEC | TOEFL | IELTS | Puntuación Concurso |
C2 | CPE | ISE IV | -- | -- | -- | 8,5 - 9 | 2,50 |
C1 | CAE | ISE III | -- | ≥1345 | 95 - 120 | 7 – 8 | 1,50 |
B2 | FCE | ISE II | Nivel Avanzado | ≥ 1095 | 72 - 94 | 5,5 – 6,5 | 1,00 |
3. Comisión de Selección.
La Comisión de Selección estará conformada por titulares y suplentes de:
• Presidencia: Será desempeñada por la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o persona en quien ésta delegue.
• Vocalías designadas por la Presidencia, pudiendo formar parte, además de profesionales de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, profesionales externos/as a la Agencia expertos/as en el área.
• Secretaría: será desempeñada por un Técnico o Técnica de Recursos Humanos de la Agencia, y actuará como asesor/a especialista, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica, con voz, pero sin voto.
Todos los miembros de la Comisión de Selección deberán guardar confidencialidad de los asuntos y los datos que se traten en las sesiones de los Tribunales Calificadores/Comisión de Selección en todas las materias que no sean objeto de publicación oficial y en aquellas que aun siéndolo, no se hubieran publicado todavía por los medios establecidos en la convocatoria.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Selección podrá disponer la incorporación, para todas o alguna de las pruebas, de asesores/as especialistas que se limitarán al ejercicio de sus competencias técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección. Estos podrán ser internos o externos. La Comisión tendrá la potestad de interpretar cualquier aspecto de los contemplados en las presentes bases.
4. Solicitud de inscripción y documentación acreditativa.
La inscripción en el proceso selectivo se realizará a través del registro en la oficina virtual de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es
Se dispone de un manual para su cumplimentación así como realizar las consultas y comunicaciones necesarias con la Agencia referidas al proceso selectivo.
Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es/redmine/attachments/67405/Manual-instrucciones-candidaturas-oficina-virtual-V4.pdf
En la oficina virtual de la Agencia, la persona candidata solicitará su participación con una única solicitud. En caso de presentar varias solicitudes, se considerá únicamente válida la última presentada en plazo.
A continuación se facilita la documentación que habrá que aportar en formato digital (pdf o jpg), pudiendo aportarse todos los que el solicitante entienda justificativos de algún extremo de su solicitud y que sean susceptibles de valoración.
• Titulación académica exigida.
• Declaración jurada debidamente firmada sobre los requisitos exigidos. Se facilita documento en pdf en la oficina virtual, en el apartado de noticias del proceso selectivo denominado «Declaración jurada».
• Informe de Vida Laboral expedido por la TGSS.
• Contratos de trabajo (en su defecto se admitirá certificado oficial de empresa que es expide junto con el finiquito de la contratación laboral o nómina, en los que debe aparecer la categoría profesional).
• Permiso de conducir.
Solo serán tenidos en cuenta los documentos aportados en el periodo de presentación de solicitudes o en el de subsanación, tras la publicación del primer listado de candidaturas admitidas en el proceso, y siempre referidos a periodos anteriores a la fecha de la convocatoria.
La Agencia Pública de Puertos de Andalucía podrá requerir en cualquier momento los originales de cuantos documentos se presenten, siendo causa de expulsión del proceso selectivo la no presentación de los mismos en el plazo concedido para ello.
5. Comunicaciones durante el proceso selectivo.
Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es. En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.
Las consultas relativas al proceso de selección deberán realizarse a través de la oficina virtual, una vez se haya dado de alta la solicitud.
Todas las comunicaciones se realizarán de forma pública a través del apartado «Noticias» de la oficina virtual, siendo responsabilidad de las candidaturas manterse informados a través de dicho apartado para todas las comunicaciones que se realicen de forma colectiva.
6. Apéndice sobre información laboral.
a) Contratación laboral.
Las relaciones laborales del personal al servicio de la Agencia, además de lo estipulado en los contratos de trabajo individuales que se celebren, se regirán por lo establecido en el vigente V Convenio Colectivo de la entidad [publicado en BOJA núm. 233 de 27.11.2007], el Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015; BOE 261, de 31.10.2015), el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015; BOE 255, de 24.10.2015) y el resto de la legislación socio-laboral en vigor.
El personal de la Agencia cuenta con Representación Legal de los Trabajadores, compuesta por un Comité Intercentros, Comités de centro de trabajo o Delegados/as de Personal, de entre los que están designados además los Delegados de Prevención de Riesgos Laborales.
b) Clasificación profesional.
Grupo profesional de Técnicos. Integra aquellos puestos de trabajo en los que la exigencia de una concreta titulación académica es elemento básico y consustancial para el desarrollo de las funciones de alta complejidad que les son propias, con los niveles de autonomía y capacidad técnica requeridas y cuya contratación se produce precisamente para desempeñar funciones y tareas que exijan o aconsejen dicho nivel académico.
Técnico B. Personal en posesión, como mínimo, de titulación universitaria de grado medio (1.er ciclo), necesaria para el desempeño de las funciones para las que ha sido contratado, comprendiéndose las titulaciones que en el futuro puedan considerarse equivalentes a efectos académicos homologadas al grado de diplomatura.
Puestos de destino. Con independencia del Grupo y Categoría Profesional de encuadramiento según la Clasificación recogida en el vigente Convenio, la Dirección de la Agencia podrá adscribir, previa comunicación a los representantes de los trabajadores, y aceptación voluntaria del trabajador, mediante libre designación expresa a trabajadores a los puestos después relacionados y definidos, que suponen el desempeño de funciones y responsabilidades de mando o que requieren una especial confianza adicional y de ejercicio simultáneo con las de la categoría profesional de origen del trabajador designado.
La asignación de un trabajador a un puesto de destino comportará el devengo del complemento económico funcional no consolidable recogido en las tablas salariales. Los destinos no son consolidables como categoría profesional.
El cese, cualquiera que fuere su causa, en el ejercicio de las funciones de cualquiera de los puestos de destino supondrá, en todo caso, la conservación de la categoría profesional de origen del trabajador, cesando el devengo y percepción del referido complemento económico.
Jefatura de Zona Portuaria. Personal con titulación universitaria superior o grado medio, complementada con formación y/o experiencia en su sector profesional que, en dependencia y dando cuenta de su gestión a su Dirección de Área y asumiendo los objetivos y responsabilidades de su Zona Portuaria, desempeña funciones de gestión, coordinación y supervisión de recursos y tareas técnicas complejas y heterogéneas con alto grado de exigencia en autonomía e iniciativa.
c) Retribuciones e indemnizaciones.
Retribución bruta anual: 32.180 €.
Complemento anual destino jefatura de zona portuaria: 6.235,70 €.
De manera adicional, y conforme a los requisitos de cada complemento o plus, podrán percibirse cantidades relativas a complementos y pluses como productividad, trabajo en domingo, festivos, sábados, a jornada partida.
A las retribuciones íntegras anteriores se les aplicarán las preceptivas deducciones como la cotización a la Seguridad Social, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o aquellas otras reguladas en las disposiciones legales vigentes. La liquidación del salario, que se desglosará en el modelo de recibo vigente en la entidad, se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria que la persona habrá de informar al Departamento de Recursos Humanos.
e) Seguridad y salud laboral.
Todos los puestos, centros y lugares de trabajo en la Agencia están sometidos a la evaluación de riesgos laborales y planificación de medidas preventivas y de emergencias prevista en la vigente legislación, a través de la Unidad de PRL y del Servicio de Prevención externo de la entidad, en la que se encuentra constituido el Comité de Seguridad y Salud como órgano paritario de consulta y participación de las personas trabajadoras en esta materia.
Todas las personas que sean contratadas recibirán la Ficha de Información de riesgos y medidas preventivas y de emergencia aplicables a su puesto de trabajo, debiendo observar en el desempeño de sus funciones y tareas las previsiones en ella contenidas.
Para la preceptiva cobertura de los riesgos de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, la Agencia tiene concertada la asistencia médica, sanitaria, rehabilitadora y las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional con una mutua colaboradora con la Seguridad Social. También está concertada con dicha mutua la gestión de las prestaciones económicas por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral).
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