Decreto 251/2024, de 26 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
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El Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, dispone en su artículo 1 que le corresponde a dicha Consejería la regulación y administración de la enseñanza no universitaria en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se crean en la Viceconsejería los puestos de trabajo necesarios para una adecuada gestión de los fondos europeos en relación al marco financiero plurianual 2021-2027, con funciones de asesoramiento a los centros directivos de la Consejería sobre las directrices comunitarias, incluyendo aquellas actuaciones que dan visibilidad a las operaciones, y de apoyo a esos centros directivos en la programación, preparación, gestión, seguimiento y control externo de las operaciones cofinanciadas.
Asimismo, en la Secretaría General Técnica, debido a las necesidades actuales de gestión de las competencias atribuidas, se refuerzan las unidades administrativas de gestión económica y contratación, de recursos y relaciones con la Administración de Justicia, y de administración general y títulos, se crea un puesto de trabajo en materia de protección de datos y se modifican las características de otros puestos de trabajo para su adecuación a las funciones que desempeñan.
En la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada se crea un puesto de trabajo con funciones de gestión de los recursos humanos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, debido a su creciente evolución en los últimos años.
Por otro lado, en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y en las Delegaciones Territoriales de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se crean, modifican y reorganizan puestos de trabajo, para reforzar el sistema educativo a través de la formación profesional, que es una de las líneas estratégicas del gobierno andaluz en materia educativa.
Asimismo, en la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos se crean dos puestos de trabajo para reforzar su estructura con funciones de gestión de los recursos humanos.
Por último, en determinados centros educativos en los que se imparten ciclos formativos en horario lectivo de tarde, ampliando su oferta de formación profesional, se crean puestos de trabajo de la categoría profesional laboral de personal de servicios generales con jornada de tarde.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en doce puestos de trabajo dotados, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de 2024,
D I S P O N G O
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se amplía en doce puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de noviembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
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BOJA nº 233 de 29/11/2024