Anuncio de 19 de noviembre de 2024, del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva, por el que se realiza convocatoria y se publican las bases para la contratación del puesto de Coordinador de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía.
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En cumplimiento de lo acordado en sesión ordinaria del Consejo de Administración de fecha 19 de noviembre de 2024, se pone en general conocimiento el acuerdo adoptado por dicho Consejo en el punto cuarto del orden del día, «Aprobación de las bases que han de regir la convocatoria para la contratación del puesto de Coordinador de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía» (parte dispositiva).
Primero. Aprobar la Convocatoria y las Bases de Convocatoria para la contratación del puesto de Coordinador de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía cuyo texto se adjunta como Anexo I.
ANEXO I
El Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva convoca proceso selectivo para la provisión del puesto directivo para la Coordinación de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía, conforme a las siguientes
BASES
I. Puesto directivo convocado. Coordinación de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía.
II. Características del puesto directivo convocado.
El Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de sus Estatutos, tiene adscrita la Coordinación de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía. Este personal directivo actuará con plena dedicación, autonomía y responsabilidad, solo limitadas por los criterios e instrucciones emanadas de la Presidencia. La persona responsable de la Coordinación es nombrada por el Consejo de Administración a propuesta de su Presidencia.
Funciones: Constituirán las funciones y atribuciones de la Coordinación de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía, de conformidad a los acuerdos adoptados en la sesión constitutiva del Consejo de Dirección de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía celebrada el 2 de junio de 2010, el adecuado y eficiente desarrollo, control y seguimiento de los trabajos del Consejo, así como aquellas que le sean conferidas por el Consejo de Dirección de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía. Al objeto del adecuado desarrollo de sus funciones y atribuciones, la Coordinación de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía desarrollará su trabajo en la sede de la Presidencia del Consejo de Dirección de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía.
En concreto, bajo las directrices de la Presidencia de los Consorcios de Transporte de Andalucía elaborará propuestas a la Presidencia, así como hará seguimiento de las actuaciones concretas sobre:
- Definir las plataformas que trasladen a la población usuaria información del Sistema de Transporte Público Andaluz.
- Unificar los instrumentos de coordinación entre los Consorcios de Transportes andaluces que permitan el desarrollo de actuaciones y proyectos comunes.
- Establecer el marco contractual y concesional que sirva de base para la relación común de los Consorcios con las empresas operadoras de transporte y la Estructura Administrativa y Tecnológica de la Red de Consorcios.
- Establecer soluciones estandarizadas con empresas proveedoras.
- Impulsar la participación de los agentes sociales y económicos más representativos en los Consorcios de Transporte.
Además de todas las anteriormente indicadas, las que le encargue la Presidencia de los Consorcios de Transporte de Andalucía.
Régimen Laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto). Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Régimen de incompatibilidades: La persona seleccionada quedará sometida al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 3/2005 de 8 de abril y demás normativa de aplicación.
Duración del contrato: Indefinida, con un periodo de prueba de seis meses.
Sistema de provisión: El sistema de provisión será el concurso, basado en baremación de méritos y posterior entrevista competencial. Este sistema tendrá como objetivo valorar la idoneidad de la persona candidata para alcanzar los objetivos asignados al puesto de trabajo en el proceso de provisión.
Desempeño del puesto: Régimen de dedicación exclusiva con especial disponibilidad y plena dedicación inherente a sus responsabilidades.
Retribución: Se fijará de acuerdo con el régimen retributivo aprobado por el Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva y dentro del marco que establece la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza.
La retribución será de 63.000 euros brutos anuales distribuidos en doce mensualidades y dos pagas extraordinarias, antigüedad en su caso, y complemento variable en caso de que procediera con los límites establecidos en la normativa de aplicación.
III. Requisitos de participación.
Podrán participar en el proceso de selección las personas que reúnan los siguientes requisitos, que tendrán carácter excluyente:
1. Titulación Universitaria Oficial. Estar en posesión de título universitario oficial de Ingeniería, preferentemente de caminos, canales y puertos o Ingeniería industrial, admitiendo candidaturas que aporten Ingeniería en otras ramas, expedido por el Ministerio competente en materia de educación, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.
2. Acreditar un mínimo de tres años de experiencia en el desempeño de funciones directivas y un mínimo de dos años de experiencia en el ámbito del sector público. No obstante, lo anterior, el requisito de experiencia en el sector público podrá ser sustituido por la posesión de un título formativo oficial en el área de dirección y gestión en el sector público.
3. No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
4. Acreditar tener el perfil competencial mínimo técnico requerido para el acceso al puesto, conforme a lo previsto en la convocatoria en el Anexo núm. 1.
5. Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
IV. Méritos a valorar.
Experiencia y conocimientos relacionados con las características del puesto, con el desarrollo de las siguientes Competencias Técnicas:
1. Movilidad y Transporte de personas por medios terrestres.
2. Régimen económico, financiero, presupuestario y contratación.
3. Relaciones con Administraciones Locales, Agentes sociales y Asociaciones vecinales y de Usuarios.
4. Sistemas Inteligentes de Transporte de personas.
Los méritos valorables (experiencia profesional y formación) y los criterios de valoración de los mismos se realizarán conforme al Anexo núm. 1.
V. Solicitudes.
Junto con la solicitud cumplimentada, firmada y conteniendo los datos personales del candidato/a, conforme al plazo y modo que se expone en la siguiente Base VI, deberá adjuntarse:
1. Curriculum vitae, así como la documentación acreditativa de la formación y experiencia profesional, indicando expresamente las competencias técnicas que haya desarrollado en su trayectoria profesional.
Documentación acreditativa de la experiencia profesional:
- La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado, contrato de trabajo, certificado de empresa, nombramiento de funcionario o cualquier otro medio admitido en Derecho.
Cuando se aporte el certificado de funciones, éste debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Denominación del puesto con indicación de las funciones inherentes al mismo, firmado por la empresa y/o entidad que lo expide.
2. Datos oficiales de la empresa que certifica.
- La experiencia y méritos profesionales por cuenta propia habrá de acreditarse mediante certificación visada por el Colegio Profesional de los trabajos realizados, o cualquier otro medio admitido en Derecho, y deberá justificarse mediante formulación de «curriculum» profesional en el que de forma pormenorizada se describa la actividad profesional y los méritos que puedan concurrir en el aspirante, no valorándose aquella experiencia que no tenga relación con el puesto ofertado.
Documentación acreditativa de la formación:
Formación recibida:
- Denominación del curso.
- Centro, organismo o institución oficial, con acreditada solvencia, que lo expide.
- Descripción del programa impartido.
- Número de horas.
2. Proyecto de Gestión, en extensión no superior a tres folios formato A-4, a una cara, interlineado 1,5 y tamaño letra 11, en el que la persona aspirante haga constar los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura, así como el esquema que propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección.
3. Fotocopia del título que se requiere en la convocatoria, expedido por el departamento ministerial correspondiente, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por el Ministerio competente, conforme al marco legal de aplicación.
VI. Plazo y modo de presentación.
Las solicitudes se presentarán según el modelo del Anexo núm. 2 a las bases de la presente convocatoria, en papel y dirigidas a la Presidencia del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva. Las solicitudes deberán ir acompañadas de declaración responsable suscrita por el candidato/a del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos indicados en el apartado tercero, así como la documentación señalada en el apartado V de las presentes bases.
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Junto a la solicitud se aportará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, así como de los méritos alegados y el proyecto de gestión, según se desglosa en la anterior Base V.
La entrega de solicitudes y documentación acreditativa se efectuará a través de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo ser:
- Presentación electrónica en la dirección https://juntadeandalucia.es/servicios.html apartado presentación electrónica general, indicando como destinario a:
• Consejería/Entidad: Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía.
• Órgano/Agencia/etc.: Secretaría General Provincial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva. Las solicitudes que se presenten a través de oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas.
- Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse en el plazo expresado anteriormente a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán a la dirección antes reseñada.
La entrega de la solicitud y documentación requerida fuera de plazo será causa automática de exclusión del proceso de selección.
La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de las normas que rigen la convocatoria por parte de la persona solicitante.
En el supuesto de presentación de la solicitud y su documentación adjunta en una Administración o entidad distinta a la convocante, esta circunstancia deberá comunicarse a la entidad convocante a través de la dirección de correo electrónico:
transportes.dthu.cfatv@juntadeandalucia.es dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes de participación antes indicado, adjuntando copia escaneada de la solicitud y documentación adjunta presentada.
VII. Órgano de selección.
La valoración de la idoneidad de los aspirantes a personal directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad.
Las personas que componen el comité calificador de la presente convocatoria son las siguientes:
• La persona titular de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y, como suplente de ésta, la titular de la Delegación Territorial de esta Consejería en Huelva.
• La persona titular de la Subdirección de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y como suplente de ésta, la titular de la Jefatura de Servicio de Gestión del Transporte.
• La persona titular de la dirección gerencia del Consorcio de Transporte Metropolitano del Costa de Huelva, y como suplente de esta, la persona que desempeñe las tareas de técnico especialista en el Consorcio.
Igualmente, asistirá al comité calificador en calidad de Asesor, con voz, pero sin voto, la persona titular de la secretaría general del Consorcio, la cual ejercerá las funciones de secretaria del comité de selección.
VIII. Fases del proceso de selección.
1. Preselección.
Esta fase se realizará por la secretaría general del Consorcio y en ella se practicarán las siguientes actuaciones:
a) Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas. Esta certificación se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes.
b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en la convocatoria, con arreglo a los puntos 1, 2, 3 y 5 de la Base III.
A tal efecto, se podrá solicitar a las personas candidatas la acreditación documental de los datos, documentos y méritos aducidos.
c) Redacción del informe de preselección, al que se adjuntará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria por las candidaturas preseleccionadas y de los méritos alegados.
d) Remisión al comité calificador del informe de preselección y de la documentación derivada de la misma en el término de diez días hábiles desde la finalización del plazo de recepción de candidaturas.
2. Valoración del cumplimiento competencial técnico requerido.
Dicha valoración se realizará por el comité calificador conforme al Anexo núm. 1 (criterios de baremación).
3. Baremación.
En la valoración de las candidaturas admitidas se tendrán en cuenta los méritos académicos y profesionales de las candidaturas, así como el proyecto de gestión y entrevista competencial según el baremo establecido en el Anexo núm. 1 de esta convocatoria.
En este baremo se asignará a los méritos académicos y profesionales el 60% de la puntuación total que pueda obtenerse y el 40% restante al proyecto de gestión y entrevista de competencias.
Para que una candidatura pueda ser valorada en el proyecto de gestión y entrevista competencial, deberá obtener en los méritos académicos y profesionales, al menos, el 50% de la puntuación asignada al mismo en el baremo (es decir, 30 puntos).
Véase Anexo núm. 1 para la baremación de las candidaturas.
4. Valoración de candidaturas.
La valoración de la idoneidad requerida se realizará por el comité calificador según los criterios establecidos en el punto 3 anterior, Baremación y Anexo núm. 1 de esta convocatoria. Todo ello debe reflejarse debidamente en un Acta que incluirá la propuesta de candidaturas.
El comité calificador, en cualquier momento del proceso, podrá contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados y aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
Las comunicaciones con las candidaturas serán por escrito y acuse de recibo, mediante la dirección de correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.
5. Resolución del proceso selectivo.
Propuesta de selección:
Tras la fase de entrevista competencial, y dentro del plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria del proceso selectivo, el comité calificador remitirá al órgano competente para acordar el nombramiento, o en su caso, al competente para proponer el mismo la propuesta de selección.
Designación de la persona seleccionada: La persona seleccionada será convocada y dispondrá de un plazo de veinte días para la firma del contrato de trabajo, que se ajustará al modelo previamente aprobado en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
IX. Publicidad y procedimiento de reclamación.
El comité calificador elaborará y publicará:
Un listado provisional de las personas candidatas que hayan cumplido los requisitos mínimos, ordenando las candidaturas de mayor a menor puntuación en la baremación, con indicación expresa de aquellas que hayan superado la puntuación mínima requerida.
Un listado provisional de las personas candidatas excluidas, señalando expresamente las causas de la misma.
Contra dichos listados podrán presentarse reclamaciones en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su publicación. Las reclamaciones planteadas serán resueltas en el plazo de los tres días siguientes a la recepción de las mismas por el comité calificador.
Transcurrido el plazo para reclamar o resueltas en su caso las reclamaciones planteadas, se publicará: un listado de las personas que pasan a la fase de entrevista competencial, con indicación expresa de la forma y plazo, así como del lugar, fecha y hora de realización de la citada entrevista, así como un listado de las personas excluidas.
La publicación de los listados provisionales y definitivos se realizará en la web del Consorcio, comunicándose asimismo por correo electrónico a los interesados.
A su vez, el acuerdo del Consejo de Administración del Consorcio por el que se proceda al nombramiento de la persona designada se publicará en el BOJA, así como en el portal de la transparencia, y en la página web del Consorcio.
X. Normativa de protección de datos.
La información sobre protección de datos se encuentra incorporada en el modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria como Anexo núm. 2.
De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación. Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
Huelva, 19 de noviembre de 2024.- La Directora Gerente, Carmen Sacristán Olivares.
Descargar PDFBOJA nº 233 de 29/11/2024