Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 02/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Acuerdo de 22 de octubre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el Acuerdo adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), de 17 de octubre de 2024, sobre el Plan de Inversiones en el Parque Empresarial Santana.

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En el marco del Decreto 95/2021, de 23 de febrero, de delegación de competencias en el Ayuntamiento de Linares (Jaén) de la gestión del «Parque Empresarial Santana» y del Complejo de Viviendas «La Colonia de la Ermita», titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 39, de 26.2.2021), y posterior corrección de errores publicado en el BOJA núm. 43, de 5 marzo de 2021, con fecha 28 de diciembre de 2021, se acuerda por el Consejo de Gobierno, autorizar el Acuerdo adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), con fecha 27 de diciembre de 2021, relativo a las inversiones en activos propiedad de la Agencia que, en el marco del Plan de Reacción Inmediata del municipio de Linares, han sido solicitadas por el Ayuntamiento de la citada localidad.

De acuerdo con el programa inicialmente previsto en el Acuerdo adoptado por el Consejo Rector de la Agencia IDEA, con fecha 27 de diciembre de 2021, las inversiones correspondientes a la Fase 1 y a la Fase 2 debían ser ejecutadas por el Ayuntamiento de Linares en el ejercicio 2022 y 2023, respectivamente, debiendo quedar justificadas ante la entidad propietaria de los inmuebles en un plazo de tres meses posterior a la finalización del plazo de ejecución.

Con fecha 6 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Linares solicita una ampliación del plazo de ejecución y justificación de las actuaciones, por un período de un año para cada una de las fases, ampliación que le fue concedida mediante Resolución de 23 de noviembre de 2022, del Director General de la Agencia IDEA.

Corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía las facultades de dirección y control, según lo previsto en el artículo 6 del Decreto 95/2021, de 23 de febrero, por el que se delegan competencias en el Ayuntamiento de Linares, incluyendo en dichas facultades el otorgamiento de las diferentes autorizaciones previstas en el decreto, entre las que se encuentra la autorización para la ejecución de obras, urbanización o nueva construcción, conforme al artículo 2.1.c) del referido Decreto.

En ejecución de dichas facultades, la Agencia IDEA ha ido autorizando la licitación de los diferentes proyectos concretos de obra que corresponden a la Fase 1. En la ejecución de estas se han producido retrasos imputables en algunos casos a los propios procedimientos de autorización, así como incidencias propias de la naturaleza de las obras en base a las que se hace necesaria la autorización de actuaciones en el ejercicio 2024 para la correcta finalización de la Fase 1, ya contratada íntegramente con autorización de la Agencia IDEA.

En la ejecución de las obras de la Fase 1 se han producido ahorros por importe de 289.360,37 euros, tanto por bajas de licitación como por la realización con medios propios del Ayuntamiento de tareas inicialmente previstas para su externalización, siendo voluntad de la Comunidad Autónoma de Andalucía que dichas cantidades se reinviertan en nuevos proyectos sobre inmuebles del Parque Empresarial, por lo que se autoriza la reinversión de estos excedentes en el citado Parque Empresarial, en las actuaciones de la Fase 2.

Para atender las manifestaciones de interés de varias multinacionales, tanto del sector de la automoción como del sector ferroviario, por implantarse en el Parque Empresarial Santana, el Ayuntamiento de Linares ha presentado una propuesta de ampliación para la Fase 2 sobre las actuaciones planteadas inicialmente, que suponen un incremento presupuestario de 9.024.396,33 euros a ejecutar en las anualidades 2025 y 2026.

Las intervenciones de la Fase 2, de acuerdo con esta nueva propuesta, consisten en la construcción de una nueva nave C, con una superficie 15.658 m2 para uso productivo industrial, la construcción de un centro de servicios y empresas con auditorio de 3.535 m2, y la remodelación de la nave F, con una superficie de 9.028 m2 destinada a uso industrial.

En el marco de las facultades de dirección y control que se reserva la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Decreto 95/2021, de 23 de febrero, y dado que se considera prioritaria la culminación de las actuaciones en el Parque Empresarial Santana para fomentar actividades de interés social, promoviendo la consecución de un fin público y atendiendo igualmente a razones de eficacia y eficiencia en la gestión, mediante el presente acuerdo se autoriza el Acuerdo del Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, de 17 de octubre de 2024, en el que se modifica su Acuerdo de 30 de julio de 2024 sobre el Plan de Inversiones en el Parque Empresarial Santana.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 10.h) de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados por el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, de acuerdo con el cual la autorización del Consejo de Gobierno llevará implícita la aprobación del gasto correspondiente, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de octubre de 2024,

ACUERDA

Autorizar el Acuerdo adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en su sesión de 17 de octubre de 2024, sobre el Plan de Inversiones en el Parque Empresarial Santana, en el que se acordó modificar el apartado 2.º del Acuerdo del Consejo Rector de 30 de julio de 2024, que queda redactado como sigue:

«La modificación del Acuerdo del Consejo Rector adoptado el 27 de diciembre de 2021, sobre el Plan de Inversiones en el Parque Empresarial Santana para su posterior elevación para autorización por parte del Consejo de Gobierno, en los siguientes términos:

- Autorizar que las obras correspondientes a Fase 1 sean ejecutadas, certificadas, pagadas y justificadas antes de 31 de diciembre de 2024, ante la entidad titular de los inmuebles.

- Autorizar la reinversión de las cantidades correspondientes a ahorro de costes sobre las partidas inicialmente previstas en Fase 1, que serán destinadas a financiar el plan de inversiones de la Fase 2.

- Autorizar la modificación propuesta de las inversiones a ejecutar en Fase 2, que suponen un incremento presupuestario de 9.024.396,33 €, así como que las mismas sean ejecutadas, certificadas, pagadas y justificadas ante la entidad titular de los inmuebles antes de 30 de marzo de 2026. Los importes se transferirán al Ayuntamiento mediante pagos anticipados de cada anualidad con justificación diferida.»

Sevilla, 22 de octubre de 2024

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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