Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 02/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 22 de noviembre de 2024, por la que se autorizan actuaciones específicas en materia de memoria democrática en el municipio de Encinas Reales (Córdoba).

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ANTECEDENTES

Primero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, con fecha 4 de octubre de 2024, se ha recibido la solicitud de autorización de la actuación de localización y exhumación de fosas en Encinas Reales (Córdoba).

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, las actividades dirigidas a la localización, exhumación y, en su caso, la identificación de los restos de víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de memoria democrática de acuerdo con los protocolos previstos en la ley y con las garantías y procedimientos que se establezcan reglamentariamente.

Segundo. Conforme al procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, con fecha 31 de octubre de 2024, el Comité Técnico de Coordinación previsto en el mismo y regulado por la Orden de 9 de julio 2013, acordó la propuesta de varias actuaciones, incluyéndose entre ellas las de localización, exhumación, estudio antropológico e identificación genética en Encinas Reales (Córdoba).

En virtud de lo anterior, atendiendo a la solicitud de autorización de actuaciones en fosas en Encinas Reales (Córdoba) y de conformidad con la propuesta de la persona titular de la Viceconsejería de Cultura y Deporte, de 15 de noviembre de 2024, en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad de Autónoma de Andalucía, y el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, y demás normas de general aplicación,

RESUELVO

Único. Autorizar las actuaciones específicas de localización, exhumación e identificación genética en el municipio de Encinas Reales (Córdoba).

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde su publicación, en virtud de lo establecido en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de noviembre de 2024

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
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