Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 10/12/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se amplia el crédito de la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para los años 2024 y 2025 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.

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BDNS (Identif.): 774183.

Con fecha 16 de julio de 2024 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 137 la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para los años 2024 y 2025 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa, y su correspondiente extracto.

En los resuelves primero y quinto de la citada convocatoria se establecen los datos principales del régimen de financiación de esta línea de subvenciones, con el siguiente detalle:

Línea Total crédito presupuestario Partidas presupuestarias Código financiación Anualidad
Programa de empleo y formación 69.000.000 € 1200180000G/32D/46003/00/S0044 S0044 2024
4.000.000 € 1200180000G/32D/48303/00/S0044 S0044 2024
4.000.000 € 1200180000G/32D/48303/00/S0044 S0044 2025
PROVINCIA DOTACIÓN EJERCICIO 2024 DOTACIÓN EJERCICIO 2025 DOTACIÓN
TOTAL
Entidades Públicas Entidades sin ánimo de lucro Entidades sin ánimo de lucro
ALMERÍA 4.693.211,38 € 272.070,22 € 272.070,22 € 5.237.351,82€
CÁDIZ 5.955.942,94 € 345.272,05 € 345.272,05 € 6.646.487,04 €
CÓRDOBA 6.943.707,58 € 402.533,77 € 402.533,77 € 7.748.775,12 €
GRANADA 8.341.488,26 € 483.564,54 € 483.564,54 € 9.308.617,34 €
HUELVA 3.369.695,62 € 195.344,67 € 195.344,67 € 3.760.384,96 €
JAÉN 4.217.008,07 € 244.464,24 € 244.464,24 € 4.705.936,55 €
MÁLAGA 11.977.547,70 € 694.350,60 € 694.350,60 € 13.366.248,90 €
SEVILLA 23.501.398,45 € 1.362.399,91 € 1.362.399,91 € 26.226.198,27 €
TOTAL 69.000.000,00 € 4.000.000,00 € 4.000.000,00 € 77.000.000,00 €

En el ámbito de las «Entidades Públicas», finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se han presentado un total de 702 solicitudes por un importe total de 303.113.176,33 millones de euros. Habiéndose gestionado el trámite de audiencia y/o emitidas las respectivas propuestas definitivas de resolución, en este ámbito, se estima que resultarán calificadas como beneficiarias suplentes en todas las provincias, cumpliendo todos los requisitos, por agotamiento del crédito disponible en dicho ámbito, un total de 362 solicitudes, haciendo insuficiente la estimación de crédito inicial para este tipo de entidades en la convocatoria (69 millones de euros). El importe total asociado a estas entidades beneficiarias suplentes públicas se estima que pueda ascender a 59.601.256,63 millones de euros.

El artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, preceptúa que la convocatoria podrá también prever que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

En este sentido se pronuncia la letra i) del resuelve quinto de la convocatoria, según la cual «En el supuesto de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, el órgano competente para resolver podrá dictar resoluciones complementarias de concesión de subvenciones que incluyan solicitudes de entidades que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo».

Considerando que la finalidad de esta linea de subvención es contribuir al impulso de una formación que responda a las necesidades del mercado laboral, en ocupaciones de utilidad pública o de interés general y social, mediante un proceso mixto, de empleo y formación, que permita a la persona trabajadora compatibilizar el aprendizaje formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo, aumentando, de esta manera, el número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento, y reduciendo la proporción de jóvenes que no están empleados y no cursan estudios ni reciben capacitación, mejorando sus posibilidades de inserción laboral a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional, y analizada la disponibilidad de crédito adecuado, se estima conveniente proceder a establecer la dotación presupuestaria correspondiente para dar cobertura al máximo número de entidades públicas beneficiarias suplentes a fin de permitir incentivar el mayor número posible de contrataciones.

Teniendo en cuenta lo anteriormente señalado se realiza una ampliación de crédito para las entidades públicas por el valor máximo estimado de 9.660.539,48 millones de euros.

El artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial dispone que «Toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria, así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los distintos ámbitos territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios presupuestarios, y la que derive de la utilización de la dotación adicional prevista en el apartado 2, requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto».

Asimismo, el artículo 9.4 de la misma orden establece que el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional primera de la Orden de 13 de septiembre de 2021, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Ampliar el crédito establecido en los resuelves primero y quinto de la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para los años 2024 y 2025 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa, por una cuantía máxima de 9.660.539,48 millones de euros y con la siguiente distribución, teniendo en cuenta el orden de preferencia de las provincias que menos crédito recibieron en el reparto presupuestario inicial en la convocatoria, la corrección de un error aritmético en el crédito de la provincia de Jaén en el reparto presupuestario inicial de la convocatoria, el remanente de crédito previsto en cada provincia, así como el montante económico necesario para dar cobertura al mayor número de entidades públicas suplentes posibles en cada provincia, con un mínimo de una entidad suplente en cada una:

Línea Ampliación crédito presupuestario Partidas presupuestarias Código financiación Anualidad
Programa de empleo y formación 9.660.539,48 € 1200180000G/32D/46003/00/S0044 S0044 2024
PROVINCIA DOTACIÓN COMPLEMENTARIA EJERCICIO 2024
Entidades Públicas
ALMERÍA 1.389.631,69 €
CÁDIZ 974.253,09 €
CÓRDOBA 584.942,22 €
GRANADA 625.731,64 €
HUELVA 2.061.236,61 €
JAÉN 3.429.795,63 €
MÁLAGA 459.763,00 €
SEVILLA 135.185,60 €
TOTAL 9.660.539,48 €

Segundo. Esta ampliación de crédito no implica la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Tercero. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Quinto. La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (según disposición adicional primera de la Orden de 13.9.2021, BOJA núm. 180, de 17.9.2021), la Directora General, María Eva Melero Torres.

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