Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 10/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis para el municipio de Utrera (Sevilla). (PP. 10072/2024).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones con las Corporaciones Locales en fecha 14 de noviembre de 2024, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis aprobadas por el Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS  (IVA INCLUIDO)

Tarifa 1 (€) Tarifa 2 (€) Tarifa 3 (€)
Bajada de bandera 1,55 1,87 2,34
Kilómetro recorrido 1,06 1,32 1,65
Hora de espera o parada 23,35 29,21 36,50
Carrera mínima 4,21 5,24 6,56

Tarifa 1: Se aplicará en los servicios urbanos realizados de lunes a viernes en los laborables de 07:00 a 21:00 horas.

Tarifa 2: Se aplicará en los servicios urbanos realizados:

- De lunes a jueves en horas nocturnas de 21:00 a 07:00 horas del día siguiente.

- Sábados de 07:00 a 21:00 horas.

- Domingos y festivos de 07:00 a 24:00 horas.

- En Semana Santa de 07:00 a 21:00 horas.

- Durante la Feria de Utrera de 10:00 a 22:00 horas.

- Los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, desde las 0 a 24:00 horas.

Tarifa 3: Se aplicará en los servicios urbanos realizados:

- Viernes, sábados y vísperas de festivos de 21:00 a 07:00 horas.

- En Semana Santa de 21:00 a 07:00 horas.

- En víspera de Feria de 21:00 a 10:00 horas del día de feria.

- Feria de Utrera de 22:00 a 10:00 del día siguiente.

SUPLEMENTOS 2024
Por cada maleta, bulto o conjunto de bultos de más de 10 kg (hasta un máximo de 3), excluido equipaje de mano cuando sus medidas no superen los 55 x 40 x 20 cm, sillas minusválidos o carritos bebé 0,55 €
SUPLEMENTOS ESPECIALES, SOBRE LO MARCADO EN EL
TAXÍMETRO:
De Utrera a las urbanizaciones que disten menos de 6 km.
Desde el centro urbano:
4,41 €
De Utrera a las urbanizaciones que disten más de 6 km.
Desde el centro urbano:
5,71 €

Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por la entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de noviembre de 2024.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.

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