Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 11/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora para la modificación del Convenio Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional, FAMSI.

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Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora, de 24 de junio de 2024, para la modificación del artículo 15 del Convenio Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional, FAMSI (71103422012021), relativo a «Periodo de prueba», y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

RESUELVO

Único. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- El Director General, Luis Roda Oliveira.

Representación Asociación: Representación trabajadores/as:

Sr. don Manuel Redaño González Sra. doña María Luisa Iglesias Hitos

Sr. don Juan Manuel Rosa Aguayo Sra. doña María del Mar Ariza Cañizares

En Sevilla, siendo las 11:00 horas del día 24 de junio de 2024, de manera virtual, se reúnen las personas citadas anteriormente con el fin de negociar y aprobar cambios en el Convenio Colectivo de «Fondo Andaluz para la Solidaridad Internacional-FAMSI» alcanzando los siguientes acuerdos:

Primero. Ambas partes reconocen la legitimidad de las partes para la negociación y aprobación de cambios en el Convenio Colectivo de la Asociación.

Segundo. Aprobar los siguientes cambios en el Convenio Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional-FAMSI:

Modificar la redacción del artículo 15 que actualmente está redactado como se transcribe a continuación:

Artículo 15. Periodo de prueba.

Se establece un periodo de prueba de seis meses para los tres primeros grupos y de dos meses para el resto de los grupos.

Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género, que afecten a la persona trabajadora durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo de este.

Quedando redactado de la siguiente forma:

Artículo 15. Periodo de prueba.

Se establece un periodo de prueba de seis meses para los técnicos titulados y de dos meses para los demás trabajadores/as.

Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género, que afecten a la persona trabajadora durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo de este.

Tercero. Remitir dichos cambios a la autoridad laboral competente para su registro, depósito y publicación.

Cuarto. Delegar en la persona de José María Sanromán Rodríguez, con DNI ***4062**, la firma de la solicitud de dichos cambios en el Registro de Convenios Colectivos.

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