Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 13/12/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se pone fin al procedimiento de Declaración en concreto de Utilidad Pública para la instalación eléctrica que se cita. (PP. 10122/2024).

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Expediente: AT-15049/22.

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 20.4.2022, José Luis Ovelleiro Medina, en representación de la sociedad INVERRENOVA S.L., presentó en esta delegación territorial solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la planta fotovoltaica «PSFV MONTEALTO» de 4,95 MW y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Jerez de la Frontera.

Con fecha 5.5.2022 esta Delegación Territorial admite a trámite la instalación con número de expediente AT-15049/22.

Segundo. Con fecha 27.1.2023, el peticionario presenta solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del expediente administrativo núm. AT-15049/22 asociado al Proyecto PSFV MONTEALTO.

Tercero. Con fecha 8.8.2024, Julia Abel Silvestre, en representación de la sociedad INVERRENOVA S.L., presentó solicitud de devolución de la garantía depositada, debido a que el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera emitió informe urbanístico manifestando que el trazado de la infraestructura de evacuación de la Instalación no se considera compatible con las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Jerez.

Cuarto. Con fecha 3.9.2024, la peticionaria presenta informe del gestor de red en el cual se dejan sin efecto los permisos de acceso y conexión concedidos a INVERRENOVA S.L., para la instalación PSFV MONTEALTO.

Quinto. Con fecha 3.9.2024, esta delegación territorial emite trámite de audiencia previa al archivo del expediente AT-15049/22, por el informe de compatibilidad urbanístico del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Sexto. Con fecha 27.9.2024, esta delegación territorial resuelve acordar la extinción de las obligaciones garantizadas y cancelaciones de éstas constituida por INVERRENOVA S.L., para la instalación PSFV MONTEALTO.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El Título VII, Capítulos II y V del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía, establecen los trámites reglamentarios para los procedimientos de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública.

Segundo. Esta delegación territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Como consecuencia del informe desfavorable emitido por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, informando desfavorablemente la solicitud de Compatibilidad Urbanística para la Instalación PSFV MONTEALTO, por no ser compatible con el PGOU de Jerez de la Frontera, esta Delegación Territorial, ante la imposibilidad que prospere la licencia urbanística para la construcción de la instalación proyectada, no puede separarse de lo que otra Administración haya dictado en el ámbito de sus competencias y vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en particular los artículos 21 y 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a propuesta del Servicio de Energía,

RESUELVE

Denegar la declaración en concreto de Utilidad Pública a INVERRENOVA S.L., para la instalación eléctrica de alta tensión planta solar fotovoltaica «PSFV MONTEALTO» y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Jerez de la Frontera, ordenando el archivo del expediente descrito en el antecedente de hecho Primero.

Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente, al gestor de red y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Asímismo, publíquese en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta delegación territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 24 de octubre de 2024.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

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