Resolución de 3 de diciembre de 2024, del Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se adjudica una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz.
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Resolución de 3 de diciembre de 2024, por la que se adjudica una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz. (BOJA núm. 164, de 26 de agosto de 2024).
En virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, vista la propuesta de la Comisión de Selección, y de acuerdo a las bases de la convocatoria,
RESUELVO
Adjudicar una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, convocada por Resolución de 26 de julio de 2024, del Defensor del Pueblo Andaluz, a don CBC con DNI **5238***, que deberá incorporarse el 2 de enero de 2025.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, caber interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo Andaluz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- El Defensor del Pueblo Andaluz en funciones, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada.
Descargar PDFBOJA nº 242 de 16/12/2024