Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se convocan las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior de Formación Profesional en el curso escolar 2024/2025.
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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 41 las condiciones de acceso y admisión a las enseñanzas de formación profesional. Entre las condiciones de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior, una de las establecidas es haber superado una prueba de acceso.
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece en su artículo 46 el acceso a los ciclos de grado medio y superior y la obligación de las administraciones educativas de convocar anualmente pruebas de acceso a todos los ciclos formativos que se oferten para aquellas personas que no cumplan los requisitos de acceso.
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, establece en los artículos 110 y 114 que los currículos de referencia para la organización de las pruebas serán los mismos que los establecidos para los cursos preparatorios.
Por su parte, el artículo 71.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece que, con objeto de garantizar el acceso a los ciclos formativos de formación profesional en igualdad de condiciones, la Administración educativa elaborará los ejercicios de las pruebas de acceso que se convoquen cada año, así como los criterios para su corrección.
La Orden de 21 de febrero de 2017, por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y grado superior y el curso de formación específico, y la disposición final segunda de la Orden de 6 de abril de 2022, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en formación para la movilidad segura y sostenible, que modifica los artículos 5, 10 y 11 de dicha Orden de 21 de febrero de 2017, establecen los procedimientos a seguir para la inscripción en la prueba de acceso a ciclos formativos, a la vez que definen las características de la prueba de acceso tanto de grado medio, como de grado superior, las condiciones de su realización, la calificación y la convocatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 21 de febrero de 2017, procede convocar las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional, establecer los plazos de presentación de solicitudes, los centros en los que se desarrollarán las pruebas, las fechas, horarios y secuenciación de su realización, así como las fechas y lugares de publicación de los listados de admitidos y listados de calificaciones con sus correspondientes plazos de reclamaciones.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 21 de febrero de 2017, esta Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente resuelve convocar las pruebas de acceso a los ciclos formativos correspondientes al curso escolar 2024/2025, conforme a las siguientes bases:
Primera. Convocatoria.
Se convocan para el curso escolar 2024/2025 las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional.
Segunda. Características de las pruebas.
1. Para participar en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio se requerirá:
a) No reunir ninguno de los requisitos académicos exigidos para acceder a los mismos.
b) Tener cumplidos diecisiete años de edad o cumplirlos en el año natural de realización de la prueba.
2. La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio será común para todos los ciclos y se estructurará en tres ámbitos: Comunicación, Social y Científico-Tecnológico. El ámbito de Comunicación constará de dos ejercicios diferenciados, uno de Lengua Castellana y Literatura y otro de Lengua Extranjera.
Con el objeto de acreditar las competencias básicas que permitan cursar con éxito los ciclos de formación profesional de grado medio, las pruebas recogerán los aspectos básicos de las materias de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria que se detallan a continuación:
a) Ámbito de Comunicación:
- Lengua Castellana y Literatura.
- Lengua Extranjera (Inglés o Francés).
b) Ámbito Social:
- Geografía e Historia.
- Economía y Emprendimiento.
- Valores Cívicos y Éticos.
- Formación y Orientación Personal y Profesional.
c) Ámbito Científico-Tecnológico:
- Matemáticas.
- Tecnología y Digitalización.
- Física y Química.
- Biología.
3. Para participar en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior se requerirá:
a) No reunir ninguno de los requisitos académicos exigidos para acceder a los mismos.
b)Tener cumplidos diecinueve años de edad como mínimo, cumplidos en el año de realización de la prueba.
4. La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior se adecuará a los aspectos básicos del currículo vigente de la etapa de Bachillerato en Andalucía y tendrá por objeto acreditar las competencias, conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente.
La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de una parte común y una parte específica, que constará de tres opciones:
Opción A: Humanidades y Ciencias Sociales.
Opción B: Ciencias I.
Opción C: Ciencias II.
5. La parte común de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de las siguientes materias:
- Lengua Castellana y Literatura.
- Lengua Extranjera (se elegirá entre Inglés o Francés).
- Matemáticas.
6. Las opciones de la parte específica de la prueba de acceso de grado superior serán las siguientes:
a) Opción A: Humanidades y Ciencias Sociales.
b) Opción B: Ciencias I.
c) Opción C: Ciencias II.
7. Las materias correspondientes a cada una de las opciones de la parte específica y la relación de cada una de las opciones con las familias profesionales, son las que se recogen en el Anexo I.
Tercera. Exenciones para las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
1. Las exenciones de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior se recogen en los Anexos II y III respectivamente.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, las personas que acrediten tal condición quedarán exentas de la realización de la parte específica de la prueba que da acceso a los ciclos formativos de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas.
3. En el caso de militares, la justificación de la experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año con jornada completa, en el campo profesional relacionado con alguna de las familias incluidas en la opción por la que se presenta, se acreditará con los siguientes documentos:
- Certificado del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) donde conste su pertenencia al ejército, la categoría profesional (grupo de cotización, en su caso) y el periodo de contratación en el caso de personal en situación de desempleo, u Hoja de Servicios del Sistema de Personal de Defensa (SIPERDEF) en el caso de personal militar en activo.
- Certificación del órgano competente del Ministerio de Defensa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la actividad desarrollada en el sector relacionada con el campo profesional relacionado con alguna de las familias incluidas en la opción por la que se presenta y el intervalo de tiempo en que se ha realizado la misma.
Cuarta. Centros docentes en los que se realizarán las pruebas de acceso.
Los centros docentes, y el tipo de prueba, en los que se realizarán las pruebas de acceso, serán los que se relacionan en el Anexo IV. Dicha relación se publicará, a efectos meramente informativos, en la Secretaría Virtual de los Centros Educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
En la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se indicará para cada persona aspirante admitida, el centro docente asignado en el que realizará la prueba. Por causas organizativas el centro asignado puede ser un centro distinto al solicitado. Este cambio no dará lugar a alegación alguna por parte del aspirante, según lo recogido en el artículo 9.3 apartado a) de la Orden de 21 de febrero de 2017.
Quinta. Plazos de la convocatoria.
Los plazos para los diferentes hitos que vertebran la presente convocatoria son los siguientes:
Hito | Plazo |
---|---|
Plazo de inscripción. | Del 13 al 24 de enero de 2025 |
Publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas. | 10 de febrero de 2025 |
Reclamaciones a la relación provisional de personas admitidas y excluidas. | Del 11 al 13 de febrero de 2025 |
Publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. | 17 de febrero de 2025 |
Plazo para la realización de las pruebas. | Del 1 al 30 de abril de 2025 |
Publicación del acta con los resultados de las pruebas de acceso a los ciclos formativos. | 2 de mayo de 2025 |
Reclamación a la calificación. | Del 5 al 7 de mayo de 2025 |
Publicación del acta con los resultados definitivos de las pruebas de acceso a los ciclos formativos. | 9 de mayo de 2025 |
Sexta. Solicitudes.
Las solicitudes se cumplimentarán según los Anexos II y III, de la Orden de 21 de febrero de 2017, preferentemente de forma telemática en la Secretaría Virtual de los Centros Educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
La solicitud, para las pruebas a grado medio, será única y, en el caso de que se presente más de una solicitud, se reconocerá como válida la última presentada dentro de plazo.
Así mismo, la solicitud para las pruebas a grado superior será única, independientemente de la opción elegida. En el caso de que se presente más de una solicitud, se reconocerá como válida la última presentada dentro de plazo.
Séptima. Personas admitidas, excluidas y plazo de reclamaciones.
1. El día 10 de febrero de 2025, se publicarán en los tablones de anuncios de los centros en los que se vaya a realizar la prueba de acceso a los ciclos formativos la relación provisional de las personas admitidas y excluidas, con indicación del centro examinador donde realizará la prueba, las posibles exenciones de ámbitos, partes o ejercicios de la prueba, así como los motivos de exención. Dicha relación se publicará a efectos meramente informativos, en la Secretaría Virtual de los Centros Educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Cada persona podrá ser admitida, como máximo, en una prueba de acceso a Ciclo Formativo de Grado Medio y en una prueba de acceso a Ciclo Formativo de Grado Superior.
2. El plazo para la presentación de las reclamaciones a la relación provisional de personas admitidas y excluidas estará comprendido entre los días 11 y 13 de febrero de 2025, ambos inclusive.
Las reclamaciones se cumplimentarán y presentarán ante la comisión de pruebas de acceso del centro sede, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El listado definitivo de admitidos será publicado en los lugares referidos en el apartado a) el día 17 de febrero de 2025 e indicará, para las personas admitidas:
- Centro examinador.
- Exenciones de ámbitos, partes o ejercicios de la prueba, así como los motivos de exención.
- Días y horario, en los que la persona admitida realizará la prueba, dentro del plazo del 1 al 30 de abril de 2025, establecido en la base tercera de esta resolución.
Octava. Duración de las pruebas.
1. Los ámbitos que componen las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio, ámbito de Comunicación, ámbito Social y ámbito Científico-Tecnológico, se evaluarán con un ejercicio de una duración de 1 hora.
En el caso del ámbito de Comunicación, cada una de las dos materias de referencia; Lengua Castellana y Literatura, y Lengua Extranjera (Inglés o Francés), se evaluarán con un ejercicio diferenciado, de media hora de duración cada uno.
2. La parte común de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de tres ejercicios, uno por cada una de las materias que lo componen: Lengua Castellana y Literatura; Lengua Extranjera (Inglés o Francés), y Matemáticas, de una hora de duración cada uno.
3. La parte específica de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de dos ejercicios diferenciados, teniendo cada uno de los ejercicios una duración de una hora, a elegir por el aspirante en el momento de solicitar las pruebas entre las materias de referencia de cada una de las opciones.
Novena. Calificaciones.
1. Las comisiones de evaluación de las pruebas de acceso de los centros sede, evaluarán los resultados de las pruebas de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 21 de febrero de 2017.
2. Las calificaciones de los ámbitos, partes o materias exentas contemplarán las siguientes indicaciones:
a) Las exenciones realizadas sobre materias que forman parte de las pruebas de acceso de grado superior, serán calificadas como exentas (EX) y no computarán en el cálculo de la nota media de la parte a la que pertenezca.
b) Cuando la persona solicitante quede exenta de realizar la totalidad de la prueba de acceso por tener exentos todos los ámbitos o partes que la conforman, la calificación de la prueba se consignará con la expresión «EX» y a efectos de calificación será considerada con una nota de cinco.
c) Para aquellas personas que hubieran superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior en convocatorias anteriores a la entrada en vigor de la Orden de 23 de abril de 2008, la calificación de «EX» y a efectos de calificación será considerada con una nota de cinco.
d) De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.5, de la Orden de 21 de febrero de 2017, cuando una persona tenga superada la prueba de acceso de una opción quedará exenta de la parte común de cualquiera de las otras opciones. A efecto de la calificación, se considerará la mejor calificación que se hubiera obtenido en convocatorias anteriores en dicha parte.
e) Salvo lo indicado en el punto anterior, el tener superado ámbitos, partes o la totalidad de la prueba de acceso en convocatorias anteriores, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, no es motivo de exención. A aquellas personas que opten por presentarse para mejorar la calificación, se les considerará la mayor calificación obtenida en los ámbitos o partes de la prueba a las que se presente.
En caso de no presentarse, se tendrá en cuenta la calificación que se hubiera obtenido en convocatorias anteriores en dichos ámbitos o partes.
3. El acta con los resultados de las pruebas de acceso a los ciclos formativos se hará pública en los tablones de anuncios de los centros docentes públicos organizadores de las pruebas y, a efectos meramente informativos, en la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional el día 2 de mayo de 2025.
Décima. Reclamaciones a las calificaciones.
a) En el caso de discrepancia con la calificación obtenida en cualquiera de las partes o ámbitos de la prueba de acceso, las personas interesadas o aquellas personas que ejerzan la tutela legal, podrán presentar reclamaciones los días 5, 6 y 7 de mayo de 2025.
Las reclamaciones se cumplimentarán y presentarán ante la Comisión de pruebas de acceso del centro sede, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Una vez resueltas las reclamaciones, se procederá a la publicación de las calificaciones definitivas en los tablones de anuncios de los centros docentes públicos organizadores de las pruebas y, a efectos meramente informativos, en la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional el día 9 de mayo de 2025.
Undécima. Certificación.
La persona titular de la secretaría del Instituto de Educación Secundaria en el que se haya inscrito el solicitante expedirá a los participantes una certificación con los resultados definitivos de las pruebas, conforme a los modelos que figuran en los Anexos VIII y IX de la Orden de 21 de febrero de 2017.
Los participantes de las pruebas de acceso podrán descargarse su certificación con las calificaciones definitivas, a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Duodécima. Coordinación e información.
Todas las acciones relacionadas con la organización y celebración de las pruebas objeto de la presente resolución, así como la información a usuarios sobre los distintos hitos derivados de las mismas serán coordinadas por la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, a través de las personas responsables de dichas pruebas en cada Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de diciembre de 2024.- El Director General, Florentino Santos Porras.
ANEXO I
OPCIONES Y MATERIAS CORRESPONDIENTES A LA PARTE ESPECÍFICA DE LA PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
FAMILIAS PROFESIONALES DENTRO DE CADA OPCIÓN | EJERCICIOS DE LA PARTE ESPECÍFICA (a elegir dos de los tres) |
---|---|
OPCIÓN B | Ejercicio de la OPCIÓN B |
OPCIÓN C | Ejercicio de la OPCIÓN C |
OPCIÓN A | Ejercicio de la OPCIÓN A |
Administración y gestión. Comercio y marketing. Hostelería y turismo. Servicios socioculturales y a la comunidad. |
• Empresa y Diseño de Modelos de Negocio • Historia de España • Geografía |
Informática y comunicaciones. Edificación y obra civil. Fabricación mecánica. Instalación y mantenimiento (1). Electricidad y electrónica. Madera, mueble y corcho. Marítimo-pesquera (2). Artes gráficas. Transporte y mantenimiento de vehículos. Textil, confección y piel. Imagen y sonido. Energía y agua. Industrias extractivas. Vidrio y cerámica. Arte y artesanías. |
• Física • Dibujo Técnico II • Tecnología e Ingeniería II |
Química. Actividades físicas y deportivas. Agraria. Industrias alimentarias. Sanidad. Imagen personal. Seguridad y medio ambiente. |
• Química • Biología • Geología y Ciencias Ambientales |
(1) Excepto Prevención de riesgos profesionales que pertenece a la opción «C».
(2) Excepto Acuicultura que pertenece a la opción «C».
ANEXO II
EXENCIONES DE LA PRUEBA DE ACCESO DE GRADO MEDIO CONVALIDACIONES DEL CURSO DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
ÁMBITO | MOTIVO DE EXENCIÓN / CONVALIDACIÓN |
---|---|
Comunicación | a) Haber superado las materias de Lengua Castellana y Literatura de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y alguna de las materias de Lengua Extranjera de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o estar en posesión de un certificado de nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas en un idioma extranjero. b) Haber superado el ámbito de Comunicación del segundo nivel de Educación Secundaria para personas adultas. c) Haber superado el ámbito lingüístico y social del Programa de diversificación curricular correspondiente a 4º de Educación Secundaria Obligatoria y Primera lengua extranjera. d) Haber superado el Ámbito lingüístico y Social de un programa de mejora del aprendizaje y rendimiento de Educación Secundaria Obligatoria. e) Haber superado el ámbito de Comunicación del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado medio. f) Haber superado el Ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales II de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Básico. g) Haber superado la materia de Lengua Castellana y Literatura y Lengua Extranjera de 2.º curso de BUP. h) Haber superado las materias de Lengua Castellana y Literatura y Lengua extranjera (ámbito de comunicación) de 2.º ciclo o Módulo IV de Educación Secundaria de adultos (LOGSE) |
Social | a) Haber superado la materia Geografía e Historia de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y al menos una de las siguientes: Economía y Emprendimiento; Valores Cívicos y Éticos; o Formación y Orientación Personal y Profesional, o sus equivalentes en planes de estudios anteriores según normativa vigente. b) Haber superado el ámbito social del segundo nivel de Educación Secundaria para Personas Adultas. c) Haber superado el ámbito lingüístico y social del Programa de diversificación curricular correspondiente a 4.º de Educación Secundaria Obligatoria. d) Haber superado el Ámbito lingüístico y Social de un programa de mejora del aprendizaje y rendimiento de Educación Secundaria Obligatoria. e) Haber superado el Ámbito Social del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado medio. f) Haber superado el Ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales II de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Básico. g) Haber superado la materia de Geografía humana y económica de 2.º curso de BUP. h) Haber superado las materias de Ciencias Sociales y Desarrollo social y funcional de 2º ciclo o Módulo IV de Educación Secundaria de adultos (LOGSE) |
Científico Tecnológico | a) Haber superado la materia de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria de Matemáticas de cualquiera de sus opciones y al menos una de las siguientes: Tecnología y Digitalización, Física y Química o Biología, o sus equivalentes en planes de estudios anteriores según normativa vigente. b) Haber superado el ámbito Científico-Tecnológico del segundo nivel de Educación Secundaria para Personas Adultas. c) Haber superado el Ámbito Científico-Tecnológico de un programa de diversificación curricular correspondiente a 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y Tecnología y Digitalización. d) Haber superado el Ámbito Científico Tecnológico del curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado medio. e) Haber superado el Ámbito de Ciencias Aplicadas II de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Básico. f) Haber superado las materias de Matemáticas y Física y Química de 2.º curso de BUP. g) Haber superado las materias de Matemáticas y Ciencias de la naturaleza de 2.º ciclo o Módulo IV de Educación Secundaria de adultos (LOGSE) |
ANEXO III
EXENCIONES DE LA PRUEBA DE ACCESO DE GRADO SUPERIOR POR MATERIAS DE BACHILLERATO SUPERADAS
Parte de la prueba |
Ejercicio que se exime |
Materias aprobadas de | Asignaturas aprobadas de | |||
---|---|---|---|---|---|---|
Bachillerato LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre) | Bachillerato LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre) |
Bachillerato LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo) | Bachillerato LOGSE (Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre) | BUP y COU (Ley 14/1970, de 4 de agosto) | ||
Común | Matemáticas | Matemáticas II o Matemáticas aplicadas a las CCSS II | Matemáticas I —o— Matemáticas aplicadas a las CCSS I | Matemáticas I —o— Matemáticas aplicadas a las CCSS I |
Matemáticas I —o— Matemáticas aplicadas a las CCSS I | Matemáticas (3.° BUP) |
Lengua Castellana y literatura |
Lengua castellana y literatura II | Lengua castellana y literatura II | Lengua castellana y literatura II |
Lengua castellana y literatura II | Lengua española (COU) | |
Lengua Extranjera | Lengua Extranjera II | Primera lengua extranjera II | Lengua extranjera II | Lengua extranjera II | Lengua extranjera (COU) | |
Específica Opción A |
Geografía | Geografía | Geografía | Geografía | Geografía | NInguna |
Empresa y Diseño de Modelos de Negocio | Empresa y Diseño de Modelos de Negocio | Economía y economía de la empresa | Economía y economía de la empresa |
Economía y economía y organización de empresas | NInguna | |
Historia de España | Historia de España | Segunda lengua extranjera II | Segunda lengua extranjera II |
Segunda lengua extranjera II | Segundo idioma extranjero (materia voluntaria COU) | |
Específica Opción B |
Física | Física | Física | Física | Física | Física (COU) |
Dibujo técnico | Dibujo técnico II | Dibujo técnico II | Dibujo técnico II | Dibujo técnico de 2.º bachillerato |
Dibujo técnico (COU) | |
Tecnología e Ingeniería |
Tecnología e Ingeniería II | Tecnología industrial II | Tecnología industrial II | Tecnología industrial II | Ninguna | |
Específica Opción C |
Química | Química | Química | Química | Química | Química (COU) |
Biología | Biología | Biología | Biología | Biología | Biología (COU) | |
Geología y Ciencias Ambientales | Geología y Ciencias Ambientales | Ciencias de la Tierra y del medio ambiente | Ciencias de la Tierra y del medio ambiente | Ciencias de la Tierra y del medio ambiente | Ninguna |
ANEXO IV
RELACIÓN DE CENTROS DOCENTES QUE REALIZARÁN LA PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS EN EL CURSO 2024/2025
ALMERÍA | |||||
---|---|---|---|---|---|
CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
04002714 | I.E.S. Cura Valera | Avda. Guillermo Reyna, 35 | Huércal-Overa | Medio | |
04700326 | I.E.S. Galileo | Avda. del Mar, 8 | Almería | Medio | |
04001187 | I.E.S. Los Ángeles | C/Maestría, 2 | Almería | Superior | A |
04000699 | I.E.S. Alhamilla | Avda. García Lorca, 130 | Almería | Superior | B |
04005958 | I.E.S. Albaida | Ctra. de Níjar, s/n. Bda. Los Molinos | Almería | Superior | C |
CÁDIZ | |||||
---|---|---|---|---|---|
CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
11003230 | I.E.S. La Granja | Avda. de Europa, s/n | Jerez de la Frontera | Medio | |
11003886 | I.E.S. Virgen de la Esperanza |
Avda. La Banqueta, 10-12 | La Línea de la Concepción |
Medio | |
11007922 | I.E.S. Francisco Romero Vargas | Avda. Moreno Mendoza, s/n | Jerez de la Frontera | Medio | |
11700755 | I.E.S. El Convento | Plaza de las Monjas, 5 | Bornos | Medio | |
11008495 | I.E.S. Torre Almirante | Polígono del Rosario, s/n | Algeciras | Superior | A |
11008513 | I.E.S. Andrés Benítez | C/ Doctor Fléming, s/n. Polígono de San Benito |
Jerez de la Frontera | Superior | A |
11007582 | I.E.S. Pablo Ruiz Picasso | Avda. de la Diputación, s/n | Chiclana de la Frontera |
Superior | B |
11008501 | I.E.S. Fernando Aguilar Quignon | C/ Conil de la Frontera, 3 | Cádiz | Superior | B |
11003205 | I.E.S. Padre Luis Coloma | Avda. Álvaro Domecq, 10 | Jerez de la Frontera | Superior | C |
CÓRDOBA | |||||
---|---|---|---|---|---|
CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
14002996 | I.E.S. López Neyra | Avda. del Mediterráneo s/n | Córdoba | Medio | |
14700146 | I.E.S. Fidiana | Saturno s/n | Córdoba | Medio | |
14000707 | I.E.S. El Tablero | Avda. de la Arruzafilla s/n | Córdoba | Superior | A |
14700161 | I.E.S. Medina Azahara | Avda. Gran Vía Parque s/n | Córdoba | Superior | B |
14008056 | I.E.S. San Álvaro | Poeta Marcial s/n | Córdoba | Superior | C |
GRANADA | |||||
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CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
18004288 | I.E.S. Politécnico Hermenegildo Lanz | C/ Albodón, 7 | Granada | Medio | |
18004458 | I.E.S. Virgen de las Nieves |
Avda. de Andalucía, 38 | Granada | Medio | |
18700098 | I.E.S. Zaidín-Vergeles | Calle Primavera, 26, | Granada | Superior | A |
18000787 | I.E.S. Luis Bueno Crespo | Avenida de las Palmeras, s/n | Armilla | Superior | B |
18004276 | I.E.S. Ángel Ganivet | Calle Sta. Bárbara, 15 | Granada | Superior | C |
HUELVA | |||||
---|---|---|---|---|---|
CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
21700010 | I.E.S. San Sebastián | Avda. Andalucía, s/n | Huelva | Medio | |
21700010 | I.E.S. San Sebastián | Avda. Andalucía, s/n | Huelva | Superior | A |
21001922 | I.E.S. Pintor Pedro Gómez | Avda. Manuel Siurot, 40 | Huelva | Superior | B |
21003712 | I.E.S. Fuentepiña | Camino del Saladillo, s/n | Huelva | Superior | C |
JAÉN | |||||
---|---|---|---|---|---|
CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
23004264 | I.E.S. Los Cerros | C/ Cronista Juan de la Torre, s/n | Úbeda | Medio | |
23005529 | I.E.S. San Juan Bosco | C/ Millán de Priego 6 | Jaén | Medio | |
23004264 | I.E.S. Los Cerros | C/ Cronista Juan de la Torre, s/n | Úbeda | Superior | A |
23700271 | I.E.S. El Valle | Ctra. de Madrid 2 | Jaén | Superior | B |
23002851 | I.E.S. Reyes de España | Avda. San Cristóbal, s/n | Linares | Superior | C |
MÁLAGA | |||||
---|---|---|---|---|---|
CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
29006830 | I.E.S. Guadalpín | Bulevar Príncipe Alfonso de Hohenlohe, s/n. CN 340, km 18 |
Marbella | Medio | |
29009892 | I.E.S. Al-Baytar | Avda. Erasa, s/n. Urb. Béjar | Arroyo de la Miel (Benalmádena) | Medio | |
29012052 | I.E.S. Los Colegiales | Paseo de los Colegiales, s/n | Antequera | Medio | |
29012076 | I.E.S. Ben Gabirol | C/ Agustín Martín Carrión, 6 | Málaga | Medio | |
29700060 | I.E.S. Mayorazgo | C/ Espuelas, 12 | Málaga | Medio | |
29700242 | I.E.S. Núm.1. Universidad Laboral | C/ Julio Verne 6. Aptdo. de correos 9170 | Málaga | Medio | |
29005916 | I.E.S. La Rosaleda | C/ Luis Buñuel, 8 | Málaga | Superior | A |
29010870 | I.E.S. Mare Nostrum | C/ Villanueva de Algaidas, 9 | Málaga | Superior | A |
29701349 | I.E.S. Playamar | Ronda Alta Benyamina | Torremolinos | Superior | B |
29005989 | I.E.S. Politécnico Jesús Marín | C/ Politécnico, 1 | Málaga | Superior | B |
29700333 | I.E.S. Santa Bárbara | Avda. de Europa, 128 | Málaga | Superior | C |
SEVILLA | |||||
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CÓDIGO | CENTRO DOCENTE | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | GRADO | OPCIÓN |
41000272 | I.E.S. Cristóbal de Monroy |
Av. de la Constitución, s/n | Alcalá de Guadaíra | Medio | |
41009056 | I.E.S. Polígono Sur |
C/ Esclava del Señor, 2 | Sevilla | Medio | |
41700361 | I.E.S. Torre de los Herberos |
Avda. de Andalucía, s/n | Dos Hermanas | Medio | |
41009871 | I.E.S. Beatriz de Suabia |
C/ Beatriz de Suabia, s/n | Sevilla | Superior | A |
41700014 | I.E.S. Julio Verne | Calle Estrella Proción, 10 | Sevilla | Superior | A |
41006948 | I.E.S. Martínez Montañés | Calle Fernández de Ribera, 17 | Sevilla | Superior | B |
41006997 | I.E.S. Politécnico | C/ Virgen de la Victoria, 48 | Sevilla | Superior | B |
41700415 | I.E.S. Ciudad Jardín | C/ Canal, s/n | Sevilla | Superior | C |
BOJA nº 244 de 18/12/2024