Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes a los Grupos II y III del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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En el ejercicio de las competencias conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y de conformidad con el artículo 114 y siguientes del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de conformidad con las Ofertas de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2021 (BOJA núm. 247, de 27 de diciembre de 2021), y año 2023 (BOJA núm. 246, de 27 de diciembre de 2023), tras la preceptiva aprobación de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía mediante las órdenes de fechas 2 de agosto de 2021 y 27 de mayo de 2024, previo acuerdo con el Comité de Empresa, y en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 116 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, el Rector de esta Universidad resuelve convocar para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes reservadas a la plantilla de personal laboral.
A la vista de lo expuesto, se convoca procedimiento selectivo con sujeción a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Características generales de la convocatoria.
1.1. Plazas convocadas. Se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir en condición de Personal Laboral fijo de plantilla, plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla de las categorías profesionales relacionadas a continuación, correspondientes a los Grupos II y III del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía:
Núm. plazas | Código | Categoría profesional | Destino |
---|---|---|---|
1 | 2004 | Titulado/a de Grado Medio. | Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria (SACU). |
1 | 3273 | Técnico/a Especialista de Laboratorio (Perfil: Edición y Diseño Gráfico). | Facultad de Bellas Artes. |
1 | 3274 | Técnico/a Especialista de Laboratorio. | Servicio General de Investigación Espectroscopía de Fotoelectrones (XPS). Centro de Investigación, Tecnología e Innovación de la Universidad de Sevilla (CITIUS). |
Las personas aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria podrán participar de forma simultánea en cualquiera de las categorías convocadas.
Aquellas personas aspirantes que participen en más de una categoría profesional vendrán obligadas a indicar de forma inequívoca el orden de preferencia entre las categorías solicitadas, en el lugar reseñado para ello en la solicitud. Este orden de preferencia tendrá carácter vinculante en el caso de que una persona aspirante obtenga más de una plaza de las convocadas en este procedimiento.
En caso de que alguna de las plazas convocadas quedara desierta, se acumulará al cupo de la oferta siguiente.
1.2. Funciones. Desarrollarán las funciones descritas en el Anexo I a esta resolución.
1.3. Normativa aplicable. El proceso de selección se regirá por lo previsto en las bases de esta convocatoria y en sus anexos, y en su defecto, por lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación, Reglamento General del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el resto de la normativa universitaria, estatal y de la Comunidad Autónoma que sea de aplicación.
1.4. Sistema de selección. El sistema selectivo será de concurso-oposición, el cual se llevará a efecto en las condiciones que se determinan en la base sexta de esta convocatoria.
1.5. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria.
1.6. Realización de las pruebas. El ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 31 de marzo de 2025. La fecha, hora y lugar de los ejercicios se fijará en la resolución del Rector en la que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas.
1.7. Notificaciones. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas participantes e interesadas se publicará en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es
1.8. Publicación de la convocatoria. Se remitirá para su publicación al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el texto completo de la convocatoria y sus bases y al Boletín Oficial del Estado (BOE) se enviará anuncio en el que constarán las características generales y lugares de publicación del texto completo de la convocatoria, siendo la fecha de inicio de efectos de la convocatoria la de publicación en el BOE.
1.9. Computo de plazos. Con objeto de facilitar su cumplimiento, tanto el período comprendido entre los días 21 de diciembre de 2024 y el 6 de enero de 2025 como el mes de agosto, no computarán a los efectos de los plazos previstos en las bases de la presente convocatoria.
2. Requisitos de participación.
2.1. Requisitos generales. Para concurrir a esta convocatoria las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular los siguientes:
a) Tener nacionalidad española, ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea o estar incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad legalmente establecida de jubilación.
c) Estar en posesión de las titulaciones requeridas en Anexo I, o de la justificación acreditativa de haberlas solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, siempre que estén reconocidas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, o en su caso, poseer la experiencia laboral equivalente, en los términos establecidos en el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
La experiencia laboral equivalente se acreditará documentalmente y se referirá a actividad prestada mediante contrato laboral en una categoría o área profesional en la que se encuadra la plaza solicitada, durante un período mínimo de un año para las plazas del Grupo III.
En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, habrá de alegarse documentalmente la norma que establezca la equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente que acredite dicha equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que aspira, requisito éste que deberá ser acreditado en el momento de la formalización del contrato.
f) No estar afectado/a de incompatibilidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades, requisito éste que deberá ser acreditado en el momento de la formalización del contrato.
Asimismo, las personas aspirantes deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento podrá ser objeto de constatación en cualquier momento del procedimiento y por cualquier medio admisible en derecho.
2.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato.
2.3. Adaptaciones. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida o con una situación de salud sobrevenida, podrán solicitar en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.
De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar, en caso de discapacidad reconocida, el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la necesidad de adaptación, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, contando para ello con el asesoramiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla. En el caso de personas con una situación de salud sobrevenida, deberán adjuntar certificado expedido por un facultativo de la Seguridad Social en el que se informe de dicha circunstancia.
2.4. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la veracidad de la información o documentación aportada y estará obligada a presentar la documentación original en cualquier momento a requerimiento de la Administración.
El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos alegados implicará la exclusión de la persona aspirante de la lista, reservándose la Universidad de Sevilla el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho. Los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria deberán, no obstante, ser acreditados fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo a la formalización del contrato, siendo excluida en caso contrario de la relación definitiva de personas aprobadas.
3. Solicitud: Modelo 761. Plazo. Presentación de solicitud y documentos adjuntos a través de Registro.
3.1. Solicitud (Modelo 761). Inscripción en el proceso. De conformidad con el artículo 66.6 de la ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deben necesariamente inscribirse y cumplimentar el formulario disponible en la página web de Recursos Humanos (que generará la solicitud Modelo 761), en la siguiente URL:
https://recursoshumanos.us.es/index.php?page=solicitudes
Las personas interesadas podrán inscribirse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al correo electrónico: seleccionpaslaboral@us.es
Una vez cumplimentados en la citada página web los datos solicitados, deberán pulsar en la parte inferior del formulario sobre la opción «Generar solicitud».
La falta de inscripción y/o solicitud de participación en el plazo establecido supondrá la exclusión del proceso selectivo. No será considerada válida en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente.
La inscripción telemática por sí sola no da acceso al proceso selectivo, será imprescindible completar el proceso presentando la solicitud generada y firmada (Modelo 761) a través de Registro.
3.2. Derechos de examen. Las tarifas correspondientes a los derechos de examen son las siguientes:
- Plaza del Grupo II: 30 euros.
- Plazas del Grupo III: 25 euros.
La persona interesada deberá justificar el abono de los derechos de examen en la cuenta restringida de recaudación número ES77-0049-2588-71-2114241655 –Código SWIFT (BIC) BSCHESMM– del Banco Santander, mediante una de las siguientes formas de pago:
a) Sellado por la Entidad Bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto, directamente en las oficinas de la citada Entidad.
b) Resguardo original de ingreso en cajero automático del Banco Santander, debiendo consignar en el campo «concepto» nombre y apellidos de la persona participante, número de DNI, NIE o pasaporte, código 761 y código de la plaza.
c) Resguardo acreditativo de transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en el campo observaciones, nombre y apellidos de la persona participante, número del DNI, NIE o pasaporte, código 761 y código de la plaza.
Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de derechos de examen, haciéndolo constar en el impreso de la solicitud (Apartado 4 del formulario de solicitud), los siguientes colectivos:
1. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. Deberá acreditarse mediante certificado en vigor de la condición y grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.
2. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as. Deberá acreditarse aportando la resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
3. Las familias numerosas, en los siguientes términos:
- 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50% de exención a los miembros de familias de categoría general.
Deberá aportarse título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
4. Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital o beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía o en otra Comunidad Autónoma. Se deberá presentar certificado acreditativo de ser persona beneficiaria de alguna de estas prestaciones, al menos durante el plazo de presentación de solicitudes de participación.
5. Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas. A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años. Se deberá justificar mediante la presentación de documentación acreditativa.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento/a del mismo, determinará la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La no presentación de la solicitud, aun justificándose el abono de los mencionados derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.
El abono de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá realizarse o estar acreditado dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo la persona interesada solicitar la devolución de las cantidades ingresadas aportando los datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
3.3. Documentación a presentar junto con la solicitud. Una vez realizados los anteriores trámites, las personas interesadas en participar en este proceso selectivo dispondrán de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para presentar la solicitud y documentación siguiente:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar una copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo; asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Justificante de haber abonado los derechos de examen, en el que deberá constar:
- Nombre y apellidos de la persona solicitante.
- Código 761.
- Código de la plaza.
Si el abono se hubiera realizado mediante transferencia bancaria por vía telemática, se deberá adjuntar una reproducción del documento (copia o fotografía) en lugar del justificante original emitido por la entidad.
En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2.
c) Copia del título académico oficial exigido para el acceso a la plaza, o justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, en un único documento.
d) En el caso de solicitar adaptación y ajuste razonable de tiempo y medios para realizar las pruebas del proceso selectivo, Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad o informe expedido por facultativo de la Seguridad Social, en caso de tratarse de una situación de salud sobrevenida.
3.4. Presentación por Registro. Las personas interesadas en participar en este proceso selectivo deberán presentar su solicitud:
a) Preferentemente de forma telemática: (requiere certificado digital de la FNMT), a través del procedimiento «Presentación de Instancias y Solicitudes Genéricas. Iniciar trámite» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla https://rec.redsara.es a la que se adjuntará la documentación correspondiente (base 3.3) en formato PDF, indicando como destino en la solicitud «Universidad de Sevilla».
Se deberá considerar válidamente enviada de forma telemática la solicitud si, al final del proceso de envío de la instancia genérica, una vez pulsado el botón de «Firmar y presentar», el sistema genera un recibo acreditativo de la presentación de la solicitud en el Registro de la Universidad de Sevilla.
b) Por cualquiera de las formas previstas legalmente en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de las personas participantes.
No se admitirá documentación una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado.
El solo hecho de presentar instancia tomando parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de las personas aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de la ley reguladora de esta convocatoria de proceso selectivo.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Relación provisional de personas admitidas y excluidas. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará resolución en la que se declarará aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. Esta lista será publicada en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla https://recursoshumanos.us.es a través de consultas personalizadas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente, bajo su exclusiva responsabilidad, no solo que no figuran incluidas en la relación de personas aspirantes excluidas, sino, además, que sus nombres y apellidos constan en la pertinente relación de personas aspirantes admitidas.
La inclusión de las personas aspirantes en la lista de admitidos no presupone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de esta Universidad de que éstos reúnan los requisitos, enumerados en la base segunda de la convocatoria, para la obtención de las plazas convocadas.
4.2. Plazo de subsanación. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de la Universidad de Sevilla, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la participación en la convocatoria.
4.3. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Una vez resueltas las subsanaciones presentadas, se procederá a la publicación de la resolución que contendrá el listado definitivo de personas admitidas y excluidas en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es a través de consultas personalizadas.
Frente a la resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas, podrán las personas interesadas interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en la página web de la Universidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
5. Tribunal de Valoración.
5.1. Composición. El Tribunal de Valoración, que reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, será presidido por el Rector o persona en quién delegue, y estará constituido, además, por cuatro vocales miembros de la Universidad de Sevilla, o de otras universidades andaluzas, nombrados por el Rector. Asimismo, para cada miembro titular se nombrará un suplente. Actuará como secretario/a con voz, pero sin voto, un miembro del Área de Recursos Humanos nombrado por el Rector. En la composición del Tribunal de Valoración se recogerá el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
La composición de las personas integrantes del Tribunal de Valoración se hará pública mediante resolución rectoral, que podrá ser anterior o será coincidente con la resolución que apruebe los listados de personas admitidas y excluidas a la que se hace referencia en la base 4.
5.2. Abstención y recusación. Las personas integrantes del Tribunal de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El/la Presidente/a deberá solicitar de las personas integrantes del Tribunal de Valoración declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.
Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a las personas integrantes del Tribunal de Valoración cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal de Valoración que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Constitución y funcionamiento. Previa convocatoria del/la Presidente/a, se constituirá el Tribunal de Valoración con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al menos de sus miembros.
En la sesión de constitución, el Tribunal de Valoración acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada anteriormente
Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
El Tribunal de Valoración podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista en las funciones de las plazas convocadas, para las pruebas del ejercicio. Este asesoramiento se limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente colaborando con el Tribunal de Valoración. La designación de tales asesores o asesoras deberá comunicarse al Rector de la Universidad a fin de que sea formulada la oportuna resolución de nombramiento.
Asimismo, el Tribunal de Valoración podrá nombrar personas colaboradoras para las tareas internas de organización y vigilancia.
5.5. Actuación del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.
Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental, así como a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector público y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y del ejercicio celebrado deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas al ejercicio, la valoración de los méritos, así como cualquier decisión que afecte al procedimiento.
5.6. Garantía de corrección de ejercicios. El/la Presidente/a del Tribunal de Valoración adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición que sea escrito y no deba ser leído ante el Tribunal de Valoración sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas candidatas.
5.7. Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal de Valoración tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4.
El Tribunal de Valoración dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro o no del mismo, para atender cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo a través del teléfono 954 551 071 (en horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas). También se podrá solicitar información a través de correo electrónico a la siguiente dirección: seleccionpaslaboral@us.es
5.8. Categoría. Es de aplicación la Instrucción de 3/2021, de 22 de diciembre, de la Gerencia de la Universidad de Sevilla, en materia de Interpretación y aplicación de las normas sobre las indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio.
5.9. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal de Valoración tuviese conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la/las persona/s interesada/s, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla, con declaración de las inexactitudes o falsedades detectadas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
5.10. Adaptaciones. El Tribunal de Valoración velará por que las personas aspirantes puedan participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes. Para ello, adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, para que las personas aspirantes con discapacidad reconocida o situación de salud sobrevenida dispongan de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de las personas participantes. En este sentido, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con discapacidad que lo soliciten.
5.11. Declaración de aspirantes que han superado el proceso selectivo. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.
Con el fin de asegurar la cobertura de las plazas ofertadas, en el caso de producirse renuncias o cuando alguna de las personas propuestas carezca de los requisitos señalados en la base segunda, el Rector podrá requerir al Tribunal relación complementaria con las personas aspirantes que sigan a la persona propuesta para su posible contratación como personal laboral. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6. Desarrollo del proceso selectivo.
6.1. Sistema de selección. El sistema de selección será el de concurso-oposición, valorándose hasta un total de 100 puntos de los cuales 65 corresponden a la fase de oposición y 35 a la fase de concurso.
La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio de carácter teórico-práctico relacionado con el programa de materias recogidas en el Anexo I a esta resolución.
En la fase de concurso se valorarán los méritos según el baremo que más adelante se reproduce. Los puntos obtenidos en la fase de concurso únicamente se sumarán a la puntuación de las personas aspirantes que superen la fase de oposición.
6.2. Fase de oposición (máximo 65 puntos).
6.2.1. Calendario. La fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición se fijará en la resolución de la Universidad de Sevilla en la que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas. Éste, no obstante, no se realizará antes del 31 de marzo de 2025.
La fecha de celebración del ejercicio no podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos para el PTGAS de la Universidad de Sevilla.
Una vez iniciada la fase de oposición, los sucesivos anuncios referidos a la misma deberán hacerse públicos en la página web https://recursoshumanos.us.es y por cualquier otro medio si se juzga conveniente.
6.2.2. Llamamiento único. Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal de Valoración. Para ello se comenzará por la primera persona aspirante que figure en la lista de personas admitidas. Durante el desarrollo del ejercicio, el Tribunal de Valoración podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
6.2.3. Tipo de ejercicio y calificación. La fase de oposición constará de un único ejercicio teórico-práctico de carácter obligatorio y eliminatorio, sobre el programa que se indica en el Anexo I.
El ejercicio se valorará de 0 a 65 puntos, siendo necesario obtener al menos 32,5 puntos para superar el mismo.
Cuando el ejercicio o parte del ejercicio consista en un cuestionario de tipo test, este contendrá 4 respuestas alternativas a cada pregunta, de las cuales sólo una será la correcta.
En el cuestionario se incluirá 5 preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que puedan ser objeto de anulación y según el orden en el que se presenten en el cuestionario. Las preguntas de reserva únicamente serán corregidas si se produce alguna anulación del resto de preguntas, en caso contrario no serán objeto de corrección o valoración por el Tribunal de Valoración.
El sistema de penalización de las preguntas contestadas incorrectamente en el cuestionario tipo test consistirá en descontar el valor de una respuesta válida por cada cuatro erróneas o la parte proporcional que corresponda. Las preguntas no contestadas no serán valoradas ni penalizadas.
Para considerar superado el ejercicio se exigirá acertar como mínimo el 50% del número total de preguntas que integran el cuestionario tipo test, una vez aplicada la penalización por respuestas incorrectas a que se refiere el apartado anterior.
El Tribunal de Valoración, previamente al inicio de la fase de oposición publicará Acuerdo con las características del ejercicio teórico-práctico.
6.2.4. Publicación de plantilla. El Tribunal de Valoración con anterioridad a la calificación del ejercicio, publicará la plantilla de respuestas consideradas correctas del cuestionario tipo test, disponiéndose de un plazo de cinco días hábiles, desde el siguiente a su publicación, para reclamar contra la misma. Transcurrido el citado plazo se elevará la plantilla a definitiva, mediante Acuerdo del Tribunal de Valoración.
6.2.5. Calificaciones provisionales. Una vez elevada a definitiva la plantilla del cuestionario tipo test, y llevada a cabo la corrección del ejercicio, se publicarán, con carácter provisional, las calificaciones del mismo, abriéndose un plazo de dos días hábiles para las posibles impugnaciones, transcurrido el cual se elevarán a definitivas mediante acuerdo del Tribunal.
Las personas opositoras que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar el ejercicio tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.
6.3. Fase de concurso (máximo 35 puntos).
6.3.1. Presentación del formulario de autobaremo y documentación adjunta. Publicadas las calificaciones definitivas del ejercicio, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y consten en la relación definitiva, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación, para alegar y presentar la documentación que acredite los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso mediante un formulario de autobaremo, que se publicará en la página web de la Universidad de Sevilla https://recursoshumanos.us.es
El autobaremo generado deberá presentarse a través de Registro con la documentación que se quiera hacer valer.
Los méritos a valorar por el Tribunal de Valoración, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los que se hayan alegado, autobaremado y acreditado documentalmente por las personas aspirantes durante el plazo de presentación del autobaremo de la fase de concurso, y que serán revisados por el Tribunal a los efectos de determinar la puntuación correcta que corresponda.
En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, podrán trasladarse los mismos por parte del Tribunal al subapartado correcto.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. Únicamente se valorarán lo méritos alegados en el autobaremo. No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados, no admitiéndose la documentación fuera del plazo de los diez días hábiles establecidos para su presentación.
6.3.2. Baremo de la fase de concurso.
6.3.2.1. Experiencia profesional (máximo: 14 puntos).
a) Experiencia profesional en puesto igual, desempeñada dentro del ámbito de la Universidad de Sevilla, a razón de 0,20 puntos por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,20/30 por día trabajado.
A los efectos de este apartado, se entiende por experiencia profesional en puesto igual, la desempeñada dentro del ámbito de la Universidad de Sevilla, en puesto de la misma categoría profesional y destino que figure incluido en la Relación de Puestos de Trabajo de la citada Universidad, adscrito a Personal Laboral y con cargo al Capítulo I del Presupuesto.
La experiencia a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación, que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Gestión del Personal de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla.
b) Experiencia profesional en puesto de trabajo similar, dentro del ámbito de las Administraciones Públicas, a razón de 0,05 por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,05/30 por día trabajado.
A los efectos de este apartado, se entiende por experiencia profesional en puesto de trabajo similar, la desempeñada en puesto de trabajo cuya aptitud profesional, titulación y contenido general de la prestación sean las exigidas en la plaza a la que se aspira y no sea tenido en cuenta como mérito en el apartado anterior.
La experiencia profesional a que hace referencia este apartado deberá acreditarse del siguiente modo:
- Las personas aspirantes que hayan prestado servicios en la Universidad de Sevilla, deberán acreditarla mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Gestión del Personal de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla.
- El resto de las personas aspirantes deberá aportar certificación que contenga necesariamente la información requerida, expedida por el Servicio de Personal o cualquier otro Órgano de la Administración donde se haya trabajado con competencias en materia de Personal, donde constará el nombre del puesto de trabajo que ocupa o puestos de trabajo que haya ocupado, categoría profesional, con expresión del tiempo que lo ha venido desempeñando, naturaleza jurídica de la relación de servicios mantenida y tipo de contrato de trabajo, así como breve enumeración de funciones realizadas (haciéndose constar además si se trata de un contrato de duración determinada o de duración indefinida).
c) Experiencia profesional, en puesto de trabajo similar, fuera del ámbito de la Administración Pública, a razón de 0,04 puntos por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,04/30 por día trabajado.
A los efectos de este apartado, se entiende por experiencia profesional en puesto de trabajo similar, la desempeñada en puesto de trabajo cuya aptitud profesional, titulación y contenido general de la prestación sean las exigidas en el puesto al que se aspira.
La experiencia profesional a que hace referencia este apartado deberá acreditarse mediante la aportación de los siguientes documentos, cuidando las personas interesadas que éstos contengan necesariamente la información requerida:
- Copia del contrato de trabajo.
- Certificación de la empresa contratante en la que conste su duración y categoría profesional y breve enumeración de funciones realizadas.
- Informe de cotizaciones donde conste periodo y grupo de cotización, expedido por Entidad Gestora de la Seguridad Social (Informe de Vida Laboral).
A los efectos de esta convocatoria, sólo se considerará experiencia profesional la adquirida mediante la prestación de servicios por cuenta ajena regulada mediante cualquiera de las modalidades de contrato de trabajo por tiempo determinado existentes en la legislación vigente en el momento de su contratación.
6.3.2.2. Antigüedad (máximo: 12,25 puntos).
Será valorada la antigüedad acreditada en la Universidad de Sevilla, mediante contrato laboral como Personal de Administración y Servicios con cargo al Capítulo I del Presupuesto, a razón de 0,15 puntos por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,15/30 puntos por día trabajado.
La antigüedad a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Gestión del Personal de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla.
6.3.2.3. Formación (máximo: 8,75 puntos).
Por la participación en actividades formativas, siempre que tengan relación con las funciones a desarrollar en el puesto al que se aspira, o con el temario exigido para el acceso a la plaza, según la siguiente distribución:
a) Formación impartida u homologada por el Servicio de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: 0,06 puntos por hora.
La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.
b) Formación impartida u homologada por otras Administraciones Públicas y otros órganos de la Universidad de Sevilla: 0,02 puntos por hora.
c) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas por el Centro de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: 0,07 puntos por hora.
La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.
d) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas por otras Administraciones Públicas y otros órganos de la Universidad de Sevilla: 0,025 puntos por hora.
e) Titulación académica oficial directamente relacionada con el puesto. Se puntuará el nivel máximo de estudios alcanzados, siempre que se trate de titulaciones directamente relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto al que se opta (Anexo I, punto 6 «Titulaciones relacionadas»). Se valorará del siguiente modo:
- Doctorado: 2,5 puntos.
- Máster Oficial: 2 puntos.
- Grado/Licenciatura: 1,5 puntos.
- Diplomatura o titulación equivalente: 1 punto.
Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia, como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
f) Acreditación oficial de idioma. Según el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas (MCER), o equivalencia reconocida en el marco del convenio de colaboración entre las Universidades Públicas de Andalucía, para la acreditación de las lenguas extranjeras. Se valorará sólo la titulación de nivel superior que posea la persona aspirante, del siguiente modo:
- Nivel C2: 2,5 puntos.
- Nivel C1: 2 puntos.
- Nivel B2: 1,5 puntos.
- Nivel B1: 1 punto.
Se tendrán en cuenta además las siguientes circunstancias:
a) Las actividades formativas relativas a atención al público, ofimática, idiomas, prevención de riesgos laborales, igualdad y mejora de la calidad del servicio y todas aquellas incluidas en la resolución del Servicio de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, sobre formación estratégica serán consideradas como formación relacionada con las funciones a desempeñar en todas las categorías objeto de esta convocatoria y serán valoradas conforme al apartado anterior que corresponda.
b) Sólo serán valorables aquellos cursos que sean impartidos u homologados por un organismo público, debiendo constar expresamente, en su caso, dicha homologación.
c) No serán valorados aquellos cursos que no tengan suficientemente acreditadas el número de horas de duración o aquellos cursos en los que la documentación justificativa no permita determinar la relación con las funciones a desarrollar en la categoría en la que se participa.
d) No se valorarán aquellos cursos cuyos contenidos no sean de aplicación en la actualidad.
e) En el supuesto de que en el curso se hubieran realizado pruebas calificadas y éstas no se hubieran superado, no se valorarán como méritos.
f) En ningún caso se valorarán las horas de formación que excedan del límite establecido por la normativa interna de la Universidad de Sevilla en función del tiempo de servicios efectivamente prestados en ella.
El Tribunal de Valoración hará público en la página web de Recursos Humanos https://recursoshumanos.us.es el acuerdo con la calificación provisional de los méritos de la fase de concurso, desglosando la puntuación obtenida por cada uno de los conceptos que integran el baremo. Contra dicha publicación, las personas interesadas podrán reclamar en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación.
7. Relación de personas que han superado el proceso selectivo.
Finalizado el plazo señalado en el punto anterior, y una vez revisadas las reclamaciones por el Tribunal de Valoración, éste publicará las puntuaciones definitivas totales del concurso-oposición y propondrá la contratación que corresponda de las personas seleccionadas al Rector quien, previa declaración de conformidad dispondrá su publicación definitiva.
En caso de empate en la puntuación final, el orden de la relación de personas aprobadas se establecerá atendiendo a:
1.º Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3.º Mayor puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden establecido en las presentes bases, es decir 6.3.2.1, 6.3.2.2, 6.3.2.3.
4.º Mayor experiencia profesional en la base 6.3.2.1 y por el orden que ésta establece.
5.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 e). Se valorarán todas las titulaciones académicas presentadas, sin que resulte de aplicación el límite de 2,5 puntos previsto en dicho apartado.
6.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 f).
7.º Como último criterio se procederá a la aplicación de la resolución de la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla en la que se determinan las dos letras del primer apellido que servirán para llevar a cabo los desempates en las puntuaciones totales de los procesos selectivos que se desarrollen en el año 2025.
8. Documentación previa a la formalización del contrato.
Antes de la formalización del contrato, las personas candidatas seleccionadas deberán justificar adecuadamente los requisitos establecidos en la base 2, en un plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución definitiva de personas aprobadas, en el Registro General y/o Auxiliar de la Universidad de Sevilla, mediante los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.
b) Original del título académico correspondiente, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título y haber abonado los derechos de expedición de este.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas mediante Sentencia Judicial.
d) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.
e) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional emitido por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro facultativo colegiado.
f) Cualquier otro requisito exigido para el acceso a la plaza e indicado en el Anexo I.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad de su instancia.
9. Formalización del contrato.
Por la autoridad convocante, conforme a la propuesta realizada por el Tribunal de Valoración y previa acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, se procederá a la formalización del contrato. Hasta tanto se formalice el contrato, la persona aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
Según dispone el artículo 22.5 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, se aplicará un período de prueba. En el supuesto de que la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata con mejor derecho.
10. Bolsas de Trabajo.
En cumplimiento del artículo 26 del Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, una vez finalizado el proceso selectivo se elaborará para cada plaza convocada una bolsa de trabajo que se ajustará en su composición, orden de prelación y funcionamiento a lo que establezca la normativa propia que resulte de aplicación.
10.1. Publicación provisional y definitiva de las bolsas de trabajo. Las mencionadas bolsas de trabajo serán publicadas, con carácter provisional, mediante resolución de esta Universidad, contra la que podrán presentarse reclamaciones en un plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente a su publicación. Finalizado dicho plazo y estudiadas las posibles reclamaciones, se publicará Resolución elevando a definitivas las bolsas de trabajo.
10.2. Llamamientos y formalización del contrato. Los llamamientos del personal de las bolsas de trabajo se producirán cuando lo requieran las necesidades del servicio, y se realizarán atendiendo al orden fijado en las mismas.
Para la formalización del contrato se requerirá la documentación señalada en el apartado 8 de esta convocatoria, una vez le sea requerida por el Servicio de Gestión del PTGAS Laboral.
Las personas que conformen las bolsas de trabajo que, una vez requerida la documentación por el Servicio de Gestión del PTGAS Laboral, salvo casos de fuerza mayor, no presenten la documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas.
La dirección, teléfono y otros datos de contacto que las personas integrantes de las bolsas de trabajo reflejen en su instancia serán los únicos que se considerarán válidos a los efectos de las notificaciones que haya que realizar. Dichas personas están obligadas a mantener actualizadas sus direcciones postales, correos electrónicos y teléfonos de contacto, comunicando por escrito al Servicio de Gestión del PTGAS Laboral (vía Registro de la Universidad de Sevilla) cualquier modificación.
A efectos de llamamientos, suspensiones, exclusiones y comisión de seguimiento, se estará a lo dispuesto en la resolución rectoral que regule las bolsas de trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.
10.3. Vigencia de la bolsa de trabajo. Las bolsas de trabajo se hallarán vigentes hasta la publicación de una nueva como resultado de la siguiente convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en las categorías profesionales y especialidades convocadas mediante la presente resolución.
11. Protección de datos.
En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679 se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, «Oposiciones y Concursos PAS» que tiene como finalidad la «Gestión de convocatorias para la selección, provisión de puestos de trabajo y promoción de la carrera profesional de Personal de Administración y Servicios (PAS) funcionario y laboral de la Universidad de Sevilla» .
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad de Sevilla.
De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace:
https://osi.us.es/sites/osi/files/doc/pd/ratoposicionesyconcursospas.pdf
12. Eliminación de archivos.
Se informa a las personas participantes en esta convocatoria que la documentación presentada, junto con su solicitud de participación, permanecerá en los archivos del Servicio de Selección del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios el tiempo que marque la normativa de aplicación.
13. Género gramatical.
Algunas de las referencias a personas y colectivos en estas bases figuran en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.
14. Norma final.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma, y cuantos actos administrativos se deriven de ella, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Sevilla, 12 de diciembre de 2024.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
ANEXO I
PLAZA VACANTE CORRESPONDIENTE AL GRUPO II DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA
1. Código: 2004.
2. Número de plazas convocadas: 1.
3. Categoría: Titulado/a de Grado Medio.
4. Destino: Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria (SACU).
5. Titulación requerida: Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica o titulación equivalente.
6. Titulaciones relacionadas: Doctorado, Máster y Grado o Licenciatura en el ámbito de la Psicología. Otras titulaciones académicas oficiales directamente relacionadas con el puesto solicitado, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría. Titulación oficial en prevención de riesgos laborales, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría.
7. Funciones.
Las funciones propias de su categoría profesional, descritas en el vigente convenio colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y en particular:
• Impulsar, coordinar e implementar procedimientos y acciones que tengan como objetivos la información, orientación y asesoramiento en materia de discapacidad, necesidades específicas de apoyo educativo y situación de salud sobrevenida.
• Realizar una atención personalizada sobre programas, convocatorias, ayudas y consultas en materia de discapacidad, necesidad de apoyo educativo y situación de salud sobrevenidas a las personas que lo soliciten.
• Elaborar documentos técnicos, informes en relación a la atención a personas con discapacidad, necesidades específicas de apoyo educativo y situación de salud sobrevenida, que contemplen las medidas de adaptación.
• Realizar procedimientos para la gestión adecuada de la atención a las personas con discapacidad, necesidades específicas de apoyo educativo y situación de salud sobrevenida.
• Asesorar técnicamente en la planificación, coordinación, ejecución y evaluación de actividades en materia de discapacidad, necesidades específicas de apoyo educativo y situación de salud sobrevenida.
• Elaborar pliegos para la contratación de empresas que realicen apoyo a la discapacidad y la coordinación y seguimiento con las mismas.
• Coordinarse con instituciones, asociaciones y empresas relacionadas con la discapacidad.
• Promocionar el desarrollo de prácticas académicas externas en estudiantes universitarios/as y egresados/as con discapacidad para mejorar sus oportunidades laborales y su carrera profesional.
• Elaborar e impartir formación en materia de atención a las personas con discapacidad.
• Elaborar información y difusión para conmemorar los días internacionales y las actuaciones que se realizan en el programa de atención a personas con discapacidad.
• Realizar la gestión de las actuaciones que requieran cita y seguimientos, disponer de competencias técnicas ofimáticas y gestionar el contenido web.
• Elaborar informes para el Consejo de Gobierno y memoria de actuaciones.
• Representar a la Universidad en los foros y reuniones que se le requieran relacionados con atención a las personas con discapacidad.
• Proponer iniciativas e innovaciones para la mejora de la gestión interna y de relaciones con otros servicios, organismos e instituciones en materia de atención a personas con discapacidad.
• Cualquier otra que se le encomiende relacionada con la atención a personas con discapacidad, necesidades específicas de apoyo educativo y situación de salud sobrevenida.
8. Programa.
Tema 1. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.
Tema 2. Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 13 de diciembre de 2006.
Tema 3. Ley 39/2006, de 14 diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 4. Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía: Título III De la salud, Titulo IV De la Educación, Título V De la Formación y el Empleo. Título VIII De la Vida independiente, de la accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
Tema 5. Ley 27/2007 de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Tema 6. Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
Tema 7. Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
Tema 8. Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Tema 9. Circular de 4 de abril de 2014, de la Dirección General de Participación y Equidad, de la Junta de Andalucía, por la que se establece el procedimiento para solicitar la adaptación de la Prueba de Acceso a la universidad (PAU) para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
Tema 10. Acuerdo 3/CU, 19.3.09, del Claustro de la Universidad de Sevilla, de 19 de marzo de 2009, por el que se aprueba el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla: Título IV Necesidades académicas particulares.
Tema 11. Resolución rectoral de 22 de junio de 2017, reguladora de los procedimientos de adquisición y acreditación de la competencia lingüística en la Universidad de Sevilla.
Tema 12. Acuerdo 6.2/CG, 18.12.19, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla, de 18 de diciembre de 2019, por el que se aprueba el II Plan de Política Lingüística.
Tema 13. Acuerdo 8/CG, 9.12.08, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla de 9 de diciembre de 2008, por el que se aprueba la normativa para la atención académica al estudiante con discapacidad.
Tema 14. Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria. Misión, visión, objetivos y servicios.
Tema 15. Unidad de Atención al Estudiante con Discapacidad de la Universidad de Sevilla. Funciones y competencias.
Tema 16. II Plan Integral de Atención a las Necesidades de Apoyo para Personas con Discapacidad o con Necesidad de Apoyo por Situación de Salud Sobrevenida.
Tema 17. Programas de inserción laboral y programas de movilidad nacional e internacional para el alumnado con discapacidad en la Universidad de Sevilla (Prácticas Fundación ONCE-CRUE, Unidiversidad, Campus Inclusivo, Campus sin Límites, Programa Radia, Oportunidad al Talento, In-Mentoring).
Tema 18. Guía de buenas prácticas para la transición, el acceso y la acogida del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en los estudios universitarios (Red SAPDU, 2020).
Tema 19. Guía práctica de apoyos y recursos para estudiantes con discapacidad y necesidades académicas específicas (Universidad de Sevilla).
Tema 20. Proyecto Contigo: Programa «Estudiante colaborador/a», Programa «Capacita2», Programa «Somos Capaces». Proyecto «Campus inclusivo, Campus sin Límites» en la Universidad de Sevilla.
Tema 21. Protocolo: Medidas de apoyo y adaptación para estudiantes con necesidades académicas especiales asociadas a discapacidad y estudiantes con necesidades académicas específicas sobrevenidas en la Universidad de Sevilla.
Tema 22. Ayudas para estudiantes con necesidades de apoyo personal asociadas a discapacidad o por situación de salud sobrevenida, curso 2024/2025.
Tema 23. Guía Orientativa para la atención al alumnado universitario con Síndrome de Asperger (Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación).
Tema 24. Guía de Adaptaciones Curriculares en la universidad (Red SAPDU). Concepto y recomendaciones comunes en los estudiantes con discapacidad o dificultad en el aprendizaje en la universidad.
Tema 25. Guía de Adaptaciones en la universidad (Red SAPDU). Discapacidad física, visual, auditiva: concepto y necesidades en la docencia, asistencia a clase y pruebas de evaluación. Recursos personales, recursos técnicos y materiales.
Tema 26. Guía de Adaptaciones en la universidad (Red SAPDU). Discapacidad psíquica y Síndrome de Asperger: concepto y necesidades en la docencia, asistencia a clase y pruebas de evaluación. Recursos personales, recursos técnicos y materiales.
Tema 27. Guía de Adaptaciones en la universidad (Red SAPDU). Trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH): concepto y necesidades en la docencia, asistencia a clase y pruebas de evaluación. Recursos personales, recursos técnicos y materiales.
Tema 28. Guía de Adaptaciones en la universidad (Red SAPDU). Dificultades especificas en el aprendizaje, en la lectura y/o la escritura (dislexia y digrafía).
Tema 29. Ley 31/1995, de 8 de marzo, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulo III: Derechos y Obligaciones.
Tema 30. Estrategia de Seguridad y Salud de la Universidad de Sevilla.
Tema 31. Plan de autoprotección y discapacidad: Instrucciones operativas de actuación ante emergencias para personas con discapacidad en la Universidad de Sevilla.
Tema 32. Elementos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla: Política preventiva. Guía preventiva de empleados públicos de la Universidad de Sevilla. Procedimiento de actuación ante un accidente, primeros auxilios y situaciones de emergencias. Funciones y responsabilidades del trabajador en materia preventiva.
Tema 33. Riesgos generales y específicos de su puesto de trabajo: Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Consejos sobre ergonomía en el puesto de trabajo (Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla).
Tema 34. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título Preliminar «Objeto y ámbito de la Ley», Título I «El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación», Título V, Capítulo I «El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones públicas».
Tema 35. III Plan de igualdad de la Universidad de Sevilla 2022-2024 (aprobado por Consejo de Gobierno el 20 de diciembre de 2021).
Tema 36. Protocolo para Prevención, Evaluación e Intervención ante el acoso en la Universidad de Sevilla. Medidas de prevención. Inicio del procedimiento.
Tema 37. Nociones básicas del personal laboral en la administración pública: Artículos 14 y15 del Estatuto Básico del Empleado Público. El IV Convenio Colectivo del Personal de las Universidades Públicas de Andalucía: Objeto y ámbito. Normas de organización del trabajo: Principios generales y clasificación profesional. Vacaciones, permisos y licencias. Régimen disciplinario.
Tema 38. Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Título II «Principios de protección de datos», Título III «Derechos de las personas», Título V «Responsable y encargado del tratamiento».
9. Derechos de participación.
Los derechos de participación en el proceso selectivo serán de 30 € por cada solicitud.
PLAZAS VACANTES CORRESPONDIENTES AL GRUPO III DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA
1. Código: 3273.
2. Número de plazas convocadas: 1.
3. Categoría: Técnico/a Especialista de Laboratorio (Perfil: Edición y Diseño Gráfico).
4. Destino: Facultad de Bellas Artes.
5. Titulación requerida: Bachiller Superior, titulación equivalente o experiencia laboral equivalente.
6. Titulaciones relacionadas: Titulaciones académicas oficiales directamente relacionadas con el puesto solicitado, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría. Titulación oficial en prevención de riesgos laborales, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría. Técnico/a Superior en diseño y gestión de la producción gráfica. Técnico/a Superior en diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia.
7. Funciones.
Las funciones propias de su categoría profesional, descritas en el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y en particular:
• Conocimientos avanzados del software Suite Adobe y otros programas de Edición y Diseño Gráfico.
• Conocimientos técnicos sobre el Procedimiento y los Protocolos de Edición, Diseño Gráfico y Publicaciones.
• Preimpresión e impresión de pequeño y gran formato.
• Conocimientos técnicos en los Procedimientos de Evaluación Gráfica, Publicitaria y Difusión. Protocolos en Cartelería Flyer, folletos, tarjetas, tarjetones y adhesivos.
• Mantenimiento y recuperación de maquinaria y enseres del Laboratorio de Edición y Diseño Gráfico (insoladora, imprenta, hidráulicos, cortadora de papel y de vinilos, así como la colocación de vinilos).
• Proporcionar soporte técnico (herramientas y medios) para tareas relacionadas con la producción de obras artísticas.
• Realización de operaciones con máquinas de gran formato, tipo Plotter, impresoras digitales impresoras UV LED u otras de similar funcionalidad.
• Manipulación y mantenimiento básico de maquinaria tipo: guillotina industrial hidráulica, mesa de corte para materiales de gran formato (lonas, cartelería, paneles rígidos), montadora de vinilos, laminadora manual, laminadora de calor, laminadora tipo Vansda, hendedora, encuadernadoras, fresadora, encoladora, impresoras cd y dvd, redondeadora de cantos, cortes de vinilo u otras de similares características.
• Se requiere técnica rigurosa y eficiente en el manejo de las herramientas lógicas de producción en la edición y diseño de productos editoriales y gráfica publicitaria.
• Preparación de tareas, prácticas u operaciones a realizar con las herramientas de edición en el Laboratorio de Edición y Diseño Gráfico (en adelante Lab. EDG).
• Petición y recepción de materiales y equipos relacionados con proveedores. Organización y gestión de citas.
• Mantenimiento y organización del Lab. EDG.
• Asumir las funciones y responsabilidades en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de su competencia.
• Compilación de datos e información, así como colaboración en la elaboración de memorias e informes relacionados con los equipos y materiales del Lab. EDG.
• Colaboración en el montaje y desmontaje de las Salas de Exposiciones. Realización de montajes mecánicos necesarios para la ejecución de las prácticas.
• Colaboración en la preparación del coworking.
8. Programa.
Tema 1. Principios del Diseño Editorial. Elementos básicos: tipografía, color, composición, contraste, cubierta, interior. Aplicación de la jerarquía visual y el espacio en blanco optimizadas para un buen resultado.
Tema 2. Integración de Software en el proceso editorial Uso combinado de Adobe Creative Cloud en proyectos editoriales y/o gráficos. Flujos de trabajo eficientes con múltiples herramientas y gestión de datos. Funcionalidades avanzadas. Automatización de tareas.
Tema 3. Diseño de maquetación. Técnicas avanzadas de maquetación de textos y/o gráficos. Manipulación y tratamiento de formatos estándares del diseño editorial.
Tema 4. Uso del Color en el Diseño Editorial. Teoría del color y su aplicación en publicaciones. Gestión de colores para impresión.
Tema 5. Uso y gestión de plantillas. Valoración y adaptación de contenidos a modelos preestablecidos. Integración de respuestas formales para la producción.
Tema 6. Gestión de Proyectos editoriales y/o gráficos. Planificación y organización de proyectos. Coordinación con autores, diseñadores, ilustradores y proveedores.
Tema 7. Optimización de los procesos. Gestión y control de bocetos y maquetas preliminares. Adecuado protocolo de trabajo. Comunicación base con los integrantes del desarrollo de contenidos. Creación de plan de trabajo detallado. Definición de plazos y asignación de tareas.
Tema 8. Elementos gráficos y visuales. Adaptación y gestión de ilustraciones, gráficos y fotografías en el diseño editorial. Monitorización e integración de elementos visuales en la maquetación y producción gráfica.
Tema 9. Diagramación y paginación. Organización de contenidos y flujo. Herramientas y software para la diagramación. Funciones de aplicación. Principios de adecuación. Sistemas de calidad.
Tema 10. Preimpresión y Control de Calidad. Preparación de archivos. Gestión de exportado. Control de perfiles. Revisión y corrección de pruebas de impresión.
Tema 11. Producción y acabados en la industria editorial. Sistema de impresión UV. Técnicas de impresión y encuadernación. Acabados especiales y detalles finales en la producción de libros. Características y aplicaciones de la impresión UV. Efectos especiales en la impresión UV: barniz, blanco, embossing. Gestión de documentos de impresión con efectos especiales.
Tema 12. Sostenibilidad en la Producción Editorial. Prácticas ecológicas y sostenibles en el diseño y la impresión. Selección de materiales y proveedores responsables.
Tema 13. Tratamiento de cubiertas. Tratamiento de interiores. Tipos de papel. Acabados. Adaptación del brief. Mejoras y ajustes técnicos de salida.
Tema 14. Impresión de gran formato Impresión en plotter en distintos soportes. Gestión de trazado de corte. Prueba y corte de materiales.
Tema 15. Métodos de impresión: Documentos pdf en impresión digital. Análisis y funcionalidades del proceso editorial. Fases, protocolos y aplicaciones. Diferencias entre los distintos tipos de pdf. Pdf-X como estándar en la impresión profesional. Edición de pdf con Adobe acrobat Professional.
Tema 16. Herramientas de imposición de documentos automatizados. Imposición desde Acrobat Professional con Quite Imposing Plus. Imposición desde controlador de máquina.
Tema 17. Gestión de compras. Dimensionamiento, control y seguimiento de stocks. Procesos de recepción de mercancías, control y manipulación de entrada.
Tema 18. Operación y mantenimiento de equipos del laboratorio editorial. Manejo de sistemas de supervisión. Manejo y sistemas de instalaciones.
Tema 19. Gestión de material editorial y/o gráfico. Recepción, almacenamiento y manipulación.
Tema 20. Documentación y archivística. Presentación y entrega final. Custodia y gestión de archivos. Organización de recursos y materiales utilizados para una producción exitosa. Preparación del material desarrollado en el laboratorio en óptimas condiciones. Entrega del producto final, según ajustes, al cliente.
Tema 21. Guía preventiva de empleados públicos de la Universidad de Sevilla. Procedimiento de actuación ante un accidente, primeros auxilios y situaciones de emergencias. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales: Artículo 29 de la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales. Protocolo para la prevención, evaluación e intervención ante el Acoso en la Universidad de Sevilla.
Tema 22. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbar, para los trabajadores. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Artículos 1 al 10 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Tema 23. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: Objeto y ámbito. Normas de Organización del Trabajo: Principios Generales y Clasificación Profesional. Vacaciones, permisos y licencias. Régimen disciplinario.
Tema 24. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar. Objeto y ámbito de la Ley. Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título V. El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones públicas (cap. I). Protocolo para la Prevención, Evaluación e Intervención ante el Acoso en la Universidad de Sevilla, Acuerdo 9.1/CG, 19.6.18: Objeto (p. 2.2) y ámbito de aplicación (p. 2.3). Medidas de prevención (p. 3) y procedimiento de actuación (p. 4). Red de Referentes para la Convivencia y el Buen trato en la Universidad de Sevilla.
9. Derechos de participación.
Los derechos de participación en el proceso selectivo serán de 25 € por cada solicitud.
1. Código: 3274.
2. Número de plazas convocadas: 1.
3. Categoría: Técnico/a Especialista de Laboratorio.
4. Destino: Servicio General de Investigación Espectroscopía de Fotoelectrones (XPS). Centro de Investigación, Tecnología e Innovación de la Universidad de Sevilla (CITIUS).
5. Titulación requerida: Bachiller Superior, titulación equivalente o experiencia laboral equivalente.
6. Titulaciones relacionadas: Titulaciones académicas oficiales directamente relacionadas con el puesto solicitado, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría. Titulación oficial en prevención de riesgos laborales, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría. Grado o Licenciatura en Química, Química e Ingeniería de Materiales, Ingeniería Química, Física e Ingeniería de Materiales.
7. Funciones.
Las funciones propias de su categoría profesional, descritas en el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y en particular:
• Recepción de las muestras.
• Preparación de las muestras para su posterior colocación en el equipo de análisis.
• Manejo de los equipos que incluyen la puesta a punto y optimización de parámetros para el análisis a realizar.
• Mantenimiento, conservación y calibración de los equipos y sus accesorios.
• Mantenimiento de las infraestructuras.
• Interpretación de resultados y emisión de informes.
• Manejo de bases de datos.
• Mantenimiento de la web del SGI.
• Resolución de problemas técnicos de los equipos y en caso necesario, ponerse en contacto con el servicio técnico de las empresas.
• Colaborar en las labores relacionadas con la impartición de cursos, formación y tareas de divulgación.
• Realizar procedimientos de gestión de la calidad asociados a las tareas anteriormente descritas.
• Administración de la base de datos de usuarios de los equipos y facturación por dichos servicios, de acuerdo con la Administración del CITIUS.
• Colaboración en la gestión de la calidad según norma ISO 9001 e ISO 14001.
• Realizar procedimientos de declaración de operaciones con sustancias químicas catalogadas en el Servicio.
• Funciones y responsabilidades en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de su competencia, entre las que se encuentra el Sistema Integral de Prevención de Riesgos Laborales del Centro.
8. Programa.
Tema 1. Alcance y aplicaciones de la espectroscopía de fotoelectrones de rayos X (XPS).
Tema 2. Fundamentos de la espectroscopía de fotoelectrones de rayos X. Producción y propiedades de los rayos X. Interacción de la radiación X con la materia, fenómenos y procesos de relajación. Electrones Auger. Niveles de energía, energía cinética y energía de enlace. Conductores y aislantes.
Tema 3. Equipos de espectroscopía de fotoelectrones de rayos X. Componentes básicos y adicionales en los equipos de espectroscopía de fotoelectrones.
Tema 4. Tipos de fuentes utilizadas en espectroscopía de fotoelectrones de rayos X. Tubos de rayos X. Partes principales de un tubo de rayos X. Montaje y mantenimiento del tubo de rayos X.
Tema 5. Espectroscopía de fotoelectrones ultravioleta (UPS): fundamento y aplicaciones. Nivel de Fermi. Fuentes UV con gas Helio. Radiaciones He-I y He-II.
Tema 6. Analizador hemisférico. Descripción del sistema y componentes principales del analizador.
Tema 7. Sistemas de vacío: Vacío primario y ultra alto vacío. Tipos de bombas: Bombas turbomoleculares para sistemas de ultra alto vacío. Bomba de sublimación de titanio. Detectores de presión para sistemas de ultra alto vacío.
Tema 8. Interrupción y puesta en marcha del sistema ultra alto vacío en los equipos de XPS. Parada del sistema de vacío y sistema de presurización. Mantenimiento del sistema en ultra alto vacío. Mantenimiento de las bombas.
Tema 9. Sistema de refrigeración en los equipos de espectroscopía de fotoelectrones. Chiller, líneas de refrigeración y filtros. Mantenimiento del sistema de refrigeración.
Tema 10. Procedimiento de Bake-Out. Sistemas de calefacción. Desgasificación y acondicionamiento de las fuentes de rayos X y de UV para equipos XPS y UPS. Alineación de la fuente y del monocromador para las medidas de XPS.
Tema 11. Calibración y puesta a punto del equipo de espectroscopía de fotoelectrones. Fundamentos y necesidades. Calibración del detector. Ajuste del parámetro Función de Trabajo. Calibración del voltaje del detector («Plateau»). Calibración mediante el Nivel de Fermi con UPS.
Tema 12. Tipos de muestras para análisis mediante espectroscopía de fotoelectrones de rayos X. Análisis de la superficie.
Tema 13. Análisis de superficies heterogéneas. Mapeo en distintas zonas de la superficie y ángulos. Análisis en profundidad. Perfil de desbastado iónico. Decapado mediante iones argón. Elección de parámetros de desbastado iónico.
Tema 14. Preparación de muestras para análisis de superficie mediante espectroscopía de fotoelectrones. Preparación de muestras en lámina y en polvo. Tipos de portamuestra.
Tema 15. Procedimiento de introducción de muestras en un equipo de espectroscopía de fotoelectrones.
Tema 16. Tratamientos a presión y/o temperatura de las muestras en el equipo de espectroscopía de fotoelectrones. Sistema de calentamiento por radiación. Medidas en condiciones estáticas y dinámicas. Fundamentos, ventajas e inconvenientes.
Tema 17. Equipo NAP-XPS. Introducción y fundamentos. Ventajas y desventajas respecto a los equipos convencionales de XPS. Celda In-situ NAP-XPS. Sistema diodo láser de calentamiento. Medidas de seguridad.
Tema 18. Condiciones de medida en el equipo NAP-XPS. Sistema de gases, monitorización de flujos y reacciones. Presiones de trabajo en NAP-XPS. Medidas de seguridad al trabajar con sistema de presión y ultra-alto vacío combinados.
Tema 19. Principales softwares de análisis de los equipos de espectroscopía de fotoelectrones. SpecsLab y Prodigy. Ajuste de la Función de Trabajo. Elección y condiciones de medida de las fuentes de rayos X. Colección de espectros de XPS y elección de parámetros de medida.
Tema 20. Efecto de carga en las medidas de espectroscopía de fotoelectrones. Causas y prevención. Efecto de carga en un sistema NAP-XPS. Corrección de espectros.
Tema 21. Análisis de espectros de XPS I. Corrección del espectro. Análisis cualitativo del espectro general, identificación de los elementos. Asignación de los picos principales de los elementos, picos de fotoelectrones, los electrones Auger, los posibles satélites y plasmones. Intensidades relativas y factores de sensibilidad relativa. CASA software.
Tema 22. Análisis de espectros de XPS II. Análisis de alta resolución por rangos de energía para elementos específicos. Interpretación de los datos.
Tema 23. Desplazamiento de los espectros en función de la fuente de rayos X. Tipos de línea base y sus fundamentos.
Tema 24. Mantenimiento de los equipos de espectroscopía de fotoelectrones. Mantenimiento del sistema de gases. Mantenimiento de medidores de flujo y presión. Cambio de ventanas. Mantenimiento de las fuentes de rayos X y UV.
Tema 25. Integración de un Servicio SGI dentro del Sistema de Calidad de un Centro de Investigación. Adaptación a las normas UNE-EN-ISO 9001 de gestión de la calidad y UNEEN-ISO 14001 de gestión ambiental.
Tema 26. Gestión de servicios SGI. Asistencia y formación de usuarios. Sistemas semiautomáticos de reserva de usuarios. Gestión de base de datos. Creación de procedimientos normalizados de trabajo. Métodos de control e indicadores de calidad.
Tema 27. Guía preventiva de empleados públicos de la Universidad de Sevilla. Procedimiento de actuación ante un accidente, primeros auxilios y situaciones de emergencias. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales: Artículo 29 de la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales. Protocolo para la prevención, evaluación e intervención ante el Acoso en la Universidad de Sevilla.
Tema 28. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbar, para los trabajadores. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Artículos 1 al 10 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Tema 29. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: Objeto y ámbito. Normas de Organización del Trabajo: Principios Generales y Clasificación Profesional. Vacaciones, permisos y licencias. Régimen disciplinario.
Tema 30. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar. Objeto y ámbito de la Ley. Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título V. El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones públicas (cap. I). Protocolo para la Prevención, Evaluación e Intervención ante el Acoso en la Universidad de Sevilla, Acuerdo 9.1/CG 19-6-18: Objeto (p. 2.2) y ámbito de aplicación (p. 2.3). Medidas de prevención (p. 3) y procedimiento de actuación (p. 4). Red de Referentes para la Convivencia y el Buen trato en la Universidad de Sevilla.
9. Derechos de participación.
Los derechos de participación en el proceso selectivo serán de 25 € por cada solicitud.
Descargar PDFBOJA nº 245 de 19/12/2024