Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se aprueban los modelos de declaración responsable para el acceso a las actividades industriales de centro de recarga, centro de inspección periódica y centro de inspección visual de botellas de equipos respiratorios autónomos, así como de centro de recarga de gases, reguladas en las instrucciones técnicas complementarias EP-5 y EP- 6 del Reglamento de equipos a presión.
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La instrucción técnica complementaria EP-5 del vigente Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, establece en sus artículos 3, 4 y 5, respectivamente, que los centros de recarga, los centros de inspección periódica y los centros de inspección visual de botellas de equipos respiratorios autónomos, antes de iniciar su actividad, deben presentar una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma en la que radique la instalación. La misma previsión contempla la instrucción técnica complementaria EP-6 del citado Reglamento, en su artículo 7, respecto a los centros de recarga de gases.
Por otra parte, la disposición final quinta del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, autoriza a la persona titular del órgano directivo con competencias en materia de industria y minas para establecer los formularios para los procedimientos de su competencia.
Así mismo, el artículo 12 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, establece la regulación aplicable a la elaboración de los formularios establecidos por la Administración de la Junta de Andalucía para la realización de trámites. En particular, en su artículo 9, dispone que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sobre esta base, la Secretaría General para la Administración Pública ha venido a aprobar, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2020, la Guía de Normalización e Inscripción de Formularios de la Junta de Andalucía. En ella se recoge tanto el proceso a seguir para la normalización e inscripción de los formularios como las características técnicas, de diseño y funcionales a que han de ajustarse los mismos conforme a lo dispuesto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
A la vista de los antecedentes citados, se hace necesaria la aprobación y publicación de los modelos de declaración responsable para el acceso a las actividades industriales referidas, de acuerdo con los requisitos y las características técnicas, de diseño y funcionales previstos.
Por todo lo expuesto, en uso de las competencias recogidas en el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, y de la habilitación prevista en la disposición final quinta del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, esta Secretaría General de Industria y Minas
RESUELVE
Primero. Aprobación de los modelos.
Aprobar y dar publicidad a los modelos normalizados de declaración responsable para el acceso a las actividades industriales de centro de recarga de gases (código de procedimiento 7012), así como de centro de recarga, centro de inspección periódica y centro de inspección visual de botellas de equipos respiratorios autónomos (código de procedimiento 7013), los cuales se recogen como Anexos I a IV de la presente resolución.
Los citados modelos estarán disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de diciembre de 2024.- El Secretario General, P.A. (por dispongo primero de la Orden de 4.12.2024), el Viceconsejero, Cristóbal Sánchez Morales.
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