Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 30/12/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas y aquellas que integran la relación complementaria realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en la categoría profesional de Personal de Limpieza y Alojamiento correspondiente al Grupo V, para las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual, previstas en las Ofertas de Empleo Público de estabilización del empleo temporal 2021/2022, convocadas por Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00313385.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Por Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario núm. 35,  de 30 de diciembre), se convocó, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional de Personal de Servicios Generales correspondiente al Grupo V, para las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual, previstas en las Ofertas de Empleo Público de estabilización del empleo temporal 2021/2022.

Hecha pública por la comisión de selección la relación de personas seleccionadas y aquellas que integran la relación complementaria en plazas vinculadas a la ejecución de Ofertas de Empleo Público de estabilización, y elevada propuesta para su tramitación, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de conformidad con la base séptima.8 de la citada resolución, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, modificado por el Decreto 211/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

Resuelve

Primero. Ofertar plazas vacantes a las personas seleccionadas y a aquellas que integran la relación complementaria en el proceso selectivo indicado en la categoría profesional de Personal de Limpieza y Alojamiento.

De acuerdo con la Resolución de 15 de noviembre de 2024 de esta Dirección General, por la que se declara la tramitación de urgencia en los procedimientos de estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocados en aplicación de lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 226, de 20 de noviembre), en un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dichas personas realizarán de forma exclusivamente telemática petición de destino y presentaran la documentación preceptiva señalada en el apartado siguiente.

En atención a las características del presente proceso, se indica para su consideración por los aspirantes que determinados puestos tienen incluidas en la Relación de Puestos de Trabajo como Otras Características el carácter de Discontinuo.

Segundo. En atención a las solicitudes de adaptación presentadas, conforme a lo establecido en los apartados 4 y 6 de la base séptima de la resolución de convocatoria, se realiza una oferta diferenciada para el aspirante don Juan Manuel Muñoz Bernal con DNI xxx328xx. Dicha plaza, queda identificada con el código de puesto de trabajo 4776920, que aparece en el Anexo I como cupo de discapacidad (02).

Según se dispone en el apartado 6 de dicha base, esta persona aspirante podrá optar por elegir destino, bien de entre las plazas ofertadas para el turno libre según el orden obtenido en el proceso selectivo o bien la vacante ofertada singularmente según el turno discapacidad.

A tales efectos, la adjudicación de la vacante ofertada en el turno discapacidad se efectuará, en primer lugar, al aspirante con discapacidad que ha solicitado la adaptación, conforme se recoge en el párrafo primero garantizándose así lo establecido en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 22 de mayo, y solamente en el caso de que esta persona fuera adjudicataria de otra vacante de entre las ofertadas en el turno libre, podrá ser adjudicada según el orden obtenido en el proceso, al resto de personal incluido en la relación definitiva de personas seleccionadas que las hayan solicitado en su petición de destino.

Tercero. 1. En los términos expresados en el apartado primero, las personas aspirantes seleccionadas y aquellas que integran la relación complementaria cumplimentarán a través de la Web de Emplead@

(https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)

formulario de petición de destinos en el que se consignarán todas las plazas vacantes ofertadas relacionadas por orden de preferencia, con independencia del orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

Según exigencia de la resolución de convocatoria, conforme al apartado 6 del citado formulario se habrá de formular declaración expresa a los efectos referenciados en la letra a) del apartado 9 de la base séptima. Asimismo, al mencionado formulario según requerimiento de la citada base se incorporará la siguiente documentación:

a) Certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite. En los casos en el que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la persona solicitante podrá prestar su consentimiento expreso para que dicho certificado sea recabado de la Consejería competente en materia de discapacidad de la Junta de Andalucía (Apartado 7 del formulario de petición de destino).

b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse certificación negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado Registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el Título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (se adjunta formulario).

c) Asimismo, deberá aportar declaración responsable (se adjunta modelo) en la que haga constar, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía los siguientes extremos:

• Que no ha sido propuesta para adquirir la condición de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo en otro cuerpo, especialidad u opción, u otra categoría profesional tanto en la Administración de la Junta de Andalucía como en las entidades instrumentales integrantes del sector público andaluz, o que habiéndolo sido, opta por continuar en el presente proceso selectivo.

• Que no ha sido nombrada personal funcionario de carrera o personal laboral fijo en otro cuerpo, especialidad u opción, u otra categoría profesional tanto en la Administración de la Junta de Andalucía como en las entidades instrumentales integrantes del sector público andaluz.

En caso de no aportar esta declaración, la persona aspirante será excluida del presente proceso de estabilización, quedando anuladas sus actuaciones, tal como se determina en el apartado cuarto de la presente resolución.

2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:

a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.

b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.

Una vez realizada la presentación telemática, esta no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.

Cuarto. Los destinos se adjudicarán de acuerdo con el orden de puntuación obtenido y conforme al orden de preferencia establecido en el formulario de petición de destino que figura anexo a la presente resolución, sin perjuicio de que este pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada del proceso selectivo.

En cualquier caso, si la persona seleccionada o la integrante de la relación complementaria no presentase la documentación a que se refiere el apartado tercero de la presente resolución, o no pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho a ser seleccionada en el presente proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones si incorporase documentación que no resultara acreditativa de los requisitos exigidos.

Sevilla, 23 de diciembre de 2024.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Descargar PDF