Corrección de errores de la Orden de 15 de noviembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar soluciones innovadoras frente a la sequía, en el marco del PLAnd Sequía Andalucía y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOJA núm. 222, de 20 de noviembre de 2023).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00296640.
Advertido error en la publicación de la Orden de 15 de noviembre de 2023, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para desarrollar soluciones innovadoras frente a la sequía, en el marco del PLAnd Sequía Andalucía y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOJA núm. 222, de 20 de noviembre de 2023), se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el artículo 21 de las bases reguladoras que se aprueban en el artículo único de la orden, sobre la documentación acreditativa, en el apartado 1.c).1.º, donde dice:
«ii) En el caso de empresas distintas a una PYME, documentación que acredite que en los dos ejercicios anteriores la ratio deuda/capital de la empresa ha sido superior a 7,5 y la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada sobre la base del EBITDA, se haya ditado por debajo del 1,0.»
Debe decir:
«ii) En el caso de empresas distintas a una PYME, documentación que acredite que en los dos ejercicios anteriores la ratio deuda/capital de la empresa no ha sido superior a 7,5 y la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada sobre la base del EBITDA, no se haya situado por debajo de 1,0.»
Descargar PDFBOJA nº 27 de 07/02/2024