Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Convocatoria 2023 de las subvenciones tramitadas al amparo de la Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, esta Secretaría General ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas hasta el día 31 de diciembre de 2023 a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo de la Resolución de 20 de abril de 2023, por la que se convocan para 2023 las subvenciones acogidas a la Orden de 18 de febrero de 2023, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Estas subvenciones se han financiado con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de gastos:
2100010000 G/81A/76501/00.01: «Actuaciones extraordinarias en materia de infraestructuras».
2100010000 G/81A/46400/00.01: «Cooperación Económica».
Sevilla, 1 de febrero de 2024.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
En la siguiente relación se indica provincia, Número de identificación fiscal (NIF), entidad local beneficiaria, actuación subvencionada, importe concedido y capítulo de gasto donde se imputa el mismo.
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BOJA nº 27 de 07/02/2024