Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 13/02/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura de la Jefatura Provincial de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Granada.

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Estando próximo a quedar vacante el Servicio Provincial de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, Universidad, Investigación e Innovación de Granada y conforme a lo previsto en el artículo 18 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa, esta Viceconsejería, en virtud de la competencia que tiene atribuida por el citado decreto, anuncia la provisión de dicho puesto de trabajo, mediante el procedimiento de libre designación, con sujeción a las siguientes

BASES

Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación «Servicio Provincial de Inspección de Educación», de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de Universidad, Investigación e Innovación de Granada.

Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario en activo del Cuerpo de Inspectores de Educación o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa con destino en la provincia de Granada y con una experiencia mínima de cuatro años en el ejercicio de la inspección educativa.

Tercera. 1. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, Edificio Torretriana, Avda. Juan Antonio de Vizarrón, s/n, de Sevilla (41092), dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución, bien directamente, o a través de las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. En la solicitud figurarán los datos personales, acompañando «Curriculum Vitae» en el que se hará constar el número de registro personal, cuerpo de pertenencia, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto ofertado.

3. Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o copias autenticadas.

Cuarta. La toma de posesión se efectuará en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de la resolución de adjudicación.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de febrero de 2024.- La Viceconsejera, María Esperanza O’Neill Orueta.

ANEXO

CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Centro directivo: Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación.

Localidad: Granada.

Denominación del puesto: Servicio Provincial de Inspección.

Núm. de plazas: 1.

Ads: F.

Características esenciales:

Grupo: A.

Modo acc.: Pld.

Nivel C.D.: 28.

C. específico: xxxx – 25.971,48.

Otros requisitos:

Los que figuran en el artículo 18 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo.

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