Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 23/02/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, de autorización administrativa previa y de construcción de la infraestructura de evacuación de instalaciones de generación eléctrica que se cita. (PP. 3589/2023).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 08/10/2020 tiene entrada en el registro de esta Delegación de solicitud de autorización administrativa previa y de construcción presentada por don Agustín González Rueda en representación de GR Solar 2020, S.L., para la instalación de planta solar fotovoltaica «La Pared 3» y de la infraestructura de evacuación de energía, situadas en el término municipal de Tabernas (Almería), de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Con fecha 11/11/2020, se remite al órgano ambiental (D.T. de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible) solicitud de autorización ambiental unificada y la documentación de carácter ambiental de la planta generadora y de su infraestructura de evacuación para su tramitación.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el art. 125 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre autorización de instalaciones eléctricas (expte. PERE 1658, LAT 6900, LAT 6854, LAT 6855, PERE 1659, LAT 6901), y conforme a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (expte. AAU/AL/0030/20), se sometió a información pública el expediente, insertándose los siguientes anuncios:

- BOJA de 11/5/2021 (num. 88).

- BOP de Almería de 12/05/2021 (núm. 89).

Se presentaron alegaciones con fecha 25/06/2021 Estación Experimental de Zonas Áridas del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, con fecha 23.6.2021, el Grupo Ecologista Mediterráneo remitidas a esta Delegación Territorial por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Almería y con fecha 23/06/2021 por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).

Tercero. Se han remitido las siguientes separatas de los proyectos presentados a los siguientes organismos afectados:

- Unidad de Carreteras del Estado en Almería: Se remite separata el 16/11/2020, con fecha 25/01/2021 se recibe condicionado técnico de la actuación y con 05/03/2021 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

- Servicio de D.P.H. y Calidad de las Aguas de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas de Andalucía. Se remite separata el 16/11/2020, con fecha 10/12/2020 se recibe condicionado técnico de la actuación que es remitido a GR Solar 2020, S.L., con fecha 17/12/202. Estas afecciones han sido objeto de estudio en el Informe Vinculante del expediente AAU/AL/0030/20 de fecha 30/12/2022.

- EDistribución Redes Ditales, S.L.U.: Se remite separata el 16/11/2020, con fecha 15/02/2021 se recibe condicionado técnico de la actuación y con 05/03/2021 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

- Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y patrimonio Histórico en Almería: Se remite separata el 16/11/2020 sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta.

- Red Eléctrica de España, S.A.: Se remite separata el 16/11/2020, con fecha 08/01/2021, 05/11/2021, 14/07/2022 se reciben condicionados técnicos de la actuación y con 19/07/2022 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al condicionado de fecha 14/07/2022.

- Telefónica de España, S.A.U.: Se remite separata el 16/11/2020, con fecha 08/01/2021 se recibe condicionado técnico de la actuación y con 05/03/2021 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

- Ayuntamiento de Tabernas: Se remite separata el 19/11/2020, con fecha 21/12/2020 se recibe condicionado técnico de la actuación y con 20/11/2022 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

Cuarto. Con fecha 19/11/2020 se solicita al Ayuntamiento de Tabernas informe de compatibilidad urbanística conforme a los dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Quinto. Con fecha 21/12/2020, se recibe del Ayuntamiento de Tabernas informe de compatibilidad urbanística indicando que la la actuación es compatible con la clase de suelo en la que se quiere ubicar.

Sexto. Con fecha 26/05/2021 se solicita a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio informe sobre la adecuación territorial o urbanística de la actuación de acuerdo con la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

Con fecha 31/05/2021, se recibe informe donde se indica que cualquier solicitud de conformidad u oposición a la autorización de la correspondiente infraestructura energética deberá ser dirigida al municipio en cuyo término municipal se pretenda implantar la actuación, mediante solicitud del pertinente informe de compatibilidad urbanística, a partir del 13 de marzo de 2020 (fecha de la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía).

Séptimo. Con fecha 30/12/2022, se emite informe ambiental vinculante de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, expediente AAU/AL/0030/20, en el cual, se resuelve informar favorablemente a los efectos ambientales previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, condicionando, entre otras, al soterramiento de la Línea de Evacuación de 132 kV proyectada de la instalación solar fotovoltaica Planta FV «La Pared 3», y supeditado al cumplimiento de las condiciones recogidas en el Proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y resto de la documentación técnica presentada por el promotor, así como las establecidas adicionalmente en los anexos cuyo contenido íntegro se puede consultar en la siguiente dirección web:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do

Octavo. Con fecha 22/04/2023, don Juan Antonio García Bañón en representación de la sociedad GR Solar 2020, S.L., presenta, entre otras, documentación técnica y ambiental para dar cumplimiento al condicionante establecido en el Informe Ambiental del expediente AAU/AL/0030/20.

Con fecha 15/05/2023 se remite a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería la documentación técnica y de carácter ambiental de la modificación de la infraestructura de evacuación para su tramitación.

Noveno. De acuerdo con lo establecido en el art. 125 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre autorización de instalaciones eléctricas (expediente LAT 6855 referente a los expedientes PERE-1658, LAT-6900, LAT-6854, LAT-6855), y conforme a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (expte. AAUA/AL/0002/23) se sometió a información pública el expediente, insertándose los siguientes anuncios:

- BOJA de 02/06/2023 (num. 104).

- BOP de Almería de 02/06/2023 (num. 104).

Dentro del plazo de información pública, a la fecha de vencimiento no se presentaron alegaciones.

Décimo. Se han remitido las siguientes separatas del proyecto presentado a los siguientes organismos afectados:

- Ayuntamiento de Tabernas: Se remite separata el 23/05/2023, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta.

- Unidad de Carreteras del Estado en Almería: Se remite separata el 22/05/2023, con fecha 28/08/2023 se recibe condicionado técnico de la actuación y con 04/12/2023 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

- EDistribución Redes Ditales, S.L.U.: Se remite separata el 22/05/2023, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta.

- Red Eléctrica de España, S.A.: Se remite separata el 22/05/2023, con fecha 17/07/23 se reciben condicionados técnicos de la actuación y con 20/07/2023 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al condicionado establecido.

- Telefónica de España, S.A.U.: Se remite separata el 22/05/2023, con fecha 01/06/2023 se recibe condicionado técnico de la actuación y con 12/06/2023 GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

Undécimo. Con fecha 22/05/2023 se solicita, a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, informe sobre la coherencia territorial de la actuación en virtud de sus efectos en la ordenación del territorio, señalando, en su caso, las medidas correctoras, preventivas o compensatorias que deban adoptarse, de conformidad a los artículos 52 de la Ley 7/2021,de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) y a los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

Con fecha 29/05/2023 la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería emite informe, en el cual, se indica que la actuación seria compatible con la normativa territorial en vigor (POTA), estableciendo condicionado. Con fecha GR Solar 2020, S.L., muestra su conformidad al mismo.

Duodécimo. Con fecha 13/12/2023 se emite informe ambiental vinculante de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, expediente AAUA/AL/002/23, en el cual, se resuelve informar favorablemente a los efectos ambientales previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la ejecución de la actuación «Modificación de la línea de evacuación 132 kV de la planta fotovoltaica La Pared 3 y 4, subestación y cambios en módulos fotovoltaicos», en el término municipal de Tabernas (Almería), y supeditado al cumplimiento de las condiciones recogidas en el Proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y resto de la documentación técnica presentada por el promotor, así como las establecidas adicionalmente en los anexos cuyo contenido íntegro se puede consultar en la siguiente dirección web:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica, siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento no afecte a otro territorio.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, y en el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia para la tramitación y/o resolución de los procedimientos en materia de energía de las instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o menor a 50 MW eléctricos de competencia autonómica y cuando se ubiquen o cuyo trazado discurra íntegramente por el territorio de una provincia se encuentra atribuida en la Delegación Territorial de la provincia respectiva, según apartado segundo de la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección general de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Tercero. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Cuarto. Las alegaciones presentadas por Estación Experimental de Zonas Áridas del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (EEZA-CSIC) con fecha 25/06/2021 , las alegaciones remitidas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Almería presentadas por el Grupo Ecologista Mediterráneo con fecha 23/06/2021 y las alegaciones presentadas con fecha 23/06/2021 por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) fueron analizadas en la Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, de autorización administrativa previa del proyecto de instalación de generación eléctrica fotovoltaica y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Tabernas. Expediente PERE/1658 LAT/6900 LAT/6854.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación Territorial de Almería, en el uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa y de construcción para el establecimiento de la instalación de de evacuación conectada a la red de instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica, cuyas características se describen a continuación:

Solicitante: GR Solar 2020, S.L.U.

Finalidad: Producción de energía eléctrica fotovoltaica (Grupo b.1.1 del R.D. 413/2014).

Características principales:

• Denominación: La Pared 3

• Términos municipales: Tabernas.

• Punto de conexión: En posición de la subestación Tabernas gestionada por REE a 400 kV.

1. Línea de evacuación a 132 kV (LAT 6855).

Circuito 1:

Origen: En la subestación «La Pared 3» ubicada en parcelas 24, 78, 9007 del polígono 6 del término municipal de Tabernas (LAT 6854) con coordenadas aproximadas U.T.M. ETRS 89 H30 X=562.303 e Y=4.108.129.

Final: En la subestación proyectada «SET Tabernas Renovables 132/400 kV» (LAT 6863) con coordenadas aproximadas U.T.M. ETRS 89 H30 X=560.754 e Y=4.102.891.

T.m. afectado: Tabernas.

Tipo: Subterránea.

Tensión nominal: 132 kV (1.ª Cat).

Núm. de circuitos: 1.

Longitud: 8,590 km.

Conductores: 3(1x800) Al XLPE mm².

Instalación: Bajo tubo 200 mm de diámetro.

Circuito 2:

Origen: En coordenadas aproximadas UTM ETRS 89 H30 X=562.303 e Y=4.108.129. Se conecta con línea aérea de 132 kV (LAT 6867) del expediente PERE 1660-LAT 6894 LAT 6866 LAT 6867.

Final: En la subestación proyectada «SET Tabernas Renovables 132/400 kV»  (LAT 6863) con coordenadas aproximadas UTM ETRS 89 H30 X=560.754 e Y=4.102.891.

T.m. afectado: Tabernas.

Tipo: Subterránea.

Tensión nominal: 132 kV (1.ª Cat).

Núm. de circuitos: 1.

Longitud: 6,134 km

Conductores: 3(1x2500) CU XLPE mm².

Instalación: Bajo tubo 250 mm de diámetro.

Presupuesto:

- Línea evacuación 132KV 18.454.272,89 €.

Segundo. Esta autorización administrativa previa y de construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Se le otorga un plazo máximo de tres años para la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones, sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Transcurrido el plazo para la solicitud para la autorización de explotación de la instalación sin que se haya presentado la documentación, se procederá a la revocación de la presente autorización. La persona titular de la citada instalación podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación del mismo.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

3. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación, en particular la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, durante la ejecución del proyecto y en su explotación, así como los requisitos técnicos definidos por el operador del sistema en cuanto a regulación de tensión, comportamiento ante perturbaciones en la red eléctrica y huecos de tensión.

5. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el Informe Vinculante  (expte. AAUA/AL/0002/23) de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, para la la ejecución de la actuación «Modificación de la línea de evacuación 132 kV de la planta fotovoltaica La Pared 3 y 4, subestación y cambios en módulos fotovoltaicos», en el término municipal de Tabernas (Almería), en la provincia de Almería promovido por GR Solar 2020, S.L.U., de fecha 13/12/2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la siguiente dirección web:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do

7. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la misma.

8. Esta autorización administrativa previa y de construcción queda condicionada a la obtención de la autorización administrativa previa y de construcción de las siguientes infraestructuras de evacuación necesarias para la conexión de la planta solar fotovoltaica a la red de transporte en la subestación Tabernas 400 kV:

1. Subestación Colectora 132 kV/400 kV SET Tabernas Renovables y línea evacuación 400KV hasta SET Tabernas 400 kV. Expediente LAT 6863.

Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad impugnatoria prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de  3 de agosto.

Almería, 20 de diciembre de 2023.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.

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