Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se modifica su Resolución de 9 de enero de 2024, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2024.
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Mediante Resolución de 9 de enero de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, se convocaron las pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2024, conforme a lo dispuesto en la Orden de 12 de noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se regulan las convocatorias y las bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia de industria, energía y minas.
El Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, modifica en su artículo 258 el apartado 2, del artículo 2 de la referida Orden de 12 de noviembre de 2008, quedando redactado como sigue:
«2. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de realización del examen y se acreditarán conforme a lo dispuesto en la Orden de 11 noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se aprueba la tramitación telemática de procedimientos administrativos de examen. Todo ello sin perjuicio de la obligación de los aspirantes de aportar, a requerimiento del órgano competente, la documentación acreditativa de los mismos.
En caso de que se compruebe que una persona aprobada no cumplía los requisitos de admisión en las pruebas referidos, no se le expedirá la habilitación o certificado de superación de las pruebas, según corresponda.»
Procede por tanto la modificación de la base segunda de la convocatoria de las pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2024, para adaptarla a la referida modificación de la Orden de 12 de noviembre de 2008, quedando obligado el cumplimiento de los requisitos a la fecha de realización del examen y no a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes como hasta ahora.
En virtud de lo anterior, y de las competencias atribuidas en materia de seguridad industrial y minera por el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, y por la Orden de 12 de noviembre de 2008, por la que se regulan las convocatorias y bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia de industria, energía y minas, estas Secretarías Generales de Industria y Minas, y de Energía,
RESUELVEN
Único. Modificar el apartado 2 de la base segunda de la Resolución de 9 de enero de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2024, que queda redactado como se sigue:
«2. Para ser admitidos en las pruebas bastará con que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas solicitantes declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la reglamentación vigente para las modalidades a las que se presentan, o se comprometen a cumplirlos a fecha de realización del examen, y hayan abonado la tasa de inscripción para cada modalidad de examen que soliciten. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la solicitud.»
Sevilla, 20 de febrero de 2024.- El Secretario General de Industria y Minas, Cristóbal Sánchez Morales y el Secretario General de Energía, Manuel Larrasa Rodríguez.
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