Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se anula la Resolución de 11 de enero de 2024, por la que se conceden los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes al curso académico 2022/2023.
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Con fecha 11 de enero de 2024 fue dictada Resolución de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se conceden los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes al curso académico 2022/2023.
Debido a la imposibilidad de finalizar la tramitación de los documentos contables referentes a la adjudicación de los citados premios, esta Dirección General, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por la Orden de 1 de marzo de 2018, por la que se crean los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se establece el procedimiento para su concesión, y de conformidad con el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESUELVE
Primero. Anular la Resolución de 11 de enero de 2024, por la que se conceden los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes al curso académico 2022/2023.
Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 26 de febrero de 2024.- La Directora General, Almudena García Rosado.
Descargar PDFBOJA nº 43 de 01/03/2024