Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 05/03/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 27 de febrero de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, relativas al proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2020.

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De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la base quinta de la Resolución de 20 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía (A1.6000), esta Dirección, por delegación

RESUELVE

Primero. Aprobar las listas definitivas de personas admitidas y excluidas relativas al proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía (A1.6000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2020. En el caso de las personas aspirantes excluidas se expresan las causas que han motivado su exclusión.

Segundo. Las listas definitivas citadas anteriormente quedarán expuestas al público en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública

(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Tercero. Convocar a las personas admitidas para la realización del primer ejercicio que, de acuerdo con la comisión de selección de esta prueba, se celebrará el día 4 de abril de 2024, a las 10:00 horas, en el Aulario del Instituto Andaluz de Administración Pública, en el Antiguo Pabellón de Puerto Rico, C/ Johannes Kepler, núm. 3 (esquina con C/ Tomás Alba Edison), Isla de la Cartuja, de Sevilla.

Cuarto. Para acceder al aula de examen, las personas opositoras deberán presentar necesariamente, el DNI, NIE, carnet de conducir o pasaporte en vigor. En su defecto, podrán presentar justificante de pérdida certificado por la Policía Nacional, o denuncia de robo o sustracción, realizada ante la Policía Nacional, acompañando dicha documentación de una fotografía tamaño carnet.

El llamamiento será único y se excluirá a quienes no comparezcan. Las personas opositoras deben ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Quinto. Aquellas personas que no se encuentren comprendidas en la lista definitiva de personas admitidas que pretendan impugnar o hayan impugnado en plazo la presente resolución realizarán de forma condicionada el primer ejercicio al que se refiere el apartado tercero. A tal fin, deberán acudir al aula de incidencias de la sede de examen indicada, quedando excluidas del proceso selectivo en caso de no comparecer, en los términos de lo dispuesto en el apartado 2.9 de la base séptima de la convocatoria. En todo caso, el resultado del ejercicio realizado en la forma referida quedará condicionado a la estimación expresa de su pretensión.

Sexto. Contra la presente resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de este órgano en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. La presentación del citado recurso potestativo de reposición ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía.

Sevilla, 27 de febrero de 2024.- El Director, José Loaiza García.

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