Resolución de 6 de marzo de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, sobre el depósito de estatutos de la constitución de la asociación empresarial que se cita.
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Resolución del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales por la que se anuncia la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación Patronal Andaluza de Atención Temprana, en siglas APAAT, con número de depósito 71100250.
Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000059. Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 29.2.2024 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 1.3.2024.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don José Manuel Muñoz de Dios en representación de Supercait, S.C.A., don Pedro Lozano Torres en representación de Equipo Sidi, S.L., y don Gonzalo Francisco Caba Roldán en representación de Piatel Atención Temprana y Psicología Infantil, S.L., todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la calle Zahareña, núm. 27, 18009 Granada (Granada), su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en el artículo 1.4 de sus estatutos.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:
Primero. Admitir el depósito de la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación Patronal Andaluza de Atención Temprana, en siglas APAAT, con número de depósito 71100250.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa; contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Secretaría General del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, o de conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social, conforme a lo dispuesto en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 6 de marzo de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 49 de 11/03/2024