Decreto 51/2024, de 21 de febrero, por el que se concede la Medalla de Andalucía de la Solidaridad y la Concordia a la Plataforma Andaluza de Voluntariado.
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El Decreto 602/2019, de 3 de diciembre, por el que se regulan las distinciones honoríficas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se crea el Catálogo de Premios concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 2 la Medalla de Andalucía como distinción honorífica de carácter autonómico que la Administración de la Junta de Andalucía puede conferir como reconocimiento a los méritos, acciones y servicios excepcionales o extraordinarios realizados por personas físicas o jurídicas, grupos o entidades en beneficio de Andalucía.
Por su parte, el artículo 5 del citado decreto establece las diferentes categorías de las que consta la distinción de la Medalla de Andalucía.
Con más de 25 años de servicio al voluntariado, la Plataforma Andaluza de Voluntariado es una entidad privada sin ánimo de lucro, de carácter aconfesional y apolítico, que engloba a todas las plataformas que existen en Andalucía: más de un centenar de asociaciones de diversos campos de actuación. Tiene su germen fundacional en el I Encuentro Andaluz de Entidades de Voluntariado, que se celebró en Málaga en junio de 1998. Un año después, en 1999, se redactaban y aprobaban sus estatutos, comenzando las acciones que tanto bien hacen en los colectivos más necesitados de Andalucía.
Formación, sensibilización, coordinación, asesoramiento, apoyo técnico y colaboración son algunos de sus principios fundacionales, siempre buscando el desarrollo de proyectos sociales y de voluntariado de cualquier obra de interés social. Sin embargo, el objetivo prioritario de la Plataforma es el de consolidar un sistema de coordinación y promoción del voluntariado entre asociaciones, entidades, administraciones y, sobre todo, ciudadanía de todo el territorio andaluz, fin para el que trabajan sin descanso desde las ocho provincias.
Responden más de 2.000 consultas de voluntarios al año, sobre todo de mujeres y de personas entre los 36 y los 55 años, con casi 40 demandas de voluntariado por parte de las asociaciones que la conforman y con más de 110 personas derivadas.
La Plataforma ofrece un abanico formativo enorme, con cursos que van desde la digitalización del voluntariado, la lengua de signos o el trabajo en red, y organizando anualmente la Escuela Andaluza de Voluntariado, con más de 80 participantes de 37 entidades.
Destacan sus campañas de sensibilización social sobre el voluntariado, con presencia sobre todo de los más jóvenes, a los que le imparten charlas anuales para mostrar la importancia del voluntariado y de las acciones sociales. Es muy relevante, además, la publicación del Observatorio Andaluz del Voluntariado, donde participan más de 400 personas y 100 entidades para realizar una radiografía al colectivo y buscar puntos de acuerdo y de mejora del sector.
La Plataforma Andaluza de Voluntariado es además miembro del European Volunteer Centre (CEV), de la Mesa del Tercer Sector de Andalucía, de la Plataforma del Voluntariado de España y de la Red Andaluza de Aprendizaje-Servicio. En la actualidad, su presidente es Armando Rotea Molero.
Es manifiesto por tanto que en la Plataforma Andaluza de Voluntariado concurren méritos suficientes para hacerse acreedora a la distinción de la Medalla de Andalucía de la Solidaridad y la Concordia.
En su virtud, a iniciativa y propuesta de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de febrero de 2024,
D I S P O N G O
Artículo único. Conceder la Medalla de Andalucía de la Solidaridad y la Concordia a la Plataforma Andaluza de Voluntariado, con todos los honores previstos en el Decreto 602/2019, de 3 de diciembre.
Sevilla, 21 de febrero de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
ANTONIO SANZ CABELLO | |
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa |
BOJA Extraordinario nº 3 de 28/02/2024