Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se acuerda la remisión de expediente administrativo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de Sevilla, Sección Segunda, y se emplaza a posibles terceros interesados.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00298742.
En cumplimiento de lo solicitado por la Sección Segunda, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, en el procedimiento ordinario número 109/2024, negociado CF, interpuesto por la Compañía Española de Petróleos, S.A. (CEPSA) contra el Decreto 276/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Transporte Metropolitano del Área de Campo de Gibraltar. Plan de Movilidad Sostenible, publicado en BOJA núm. 233, de 5 de diciembre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
RESUELVO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que ha dado origen al procedimiento ordinario número 109/2024, y anunciar la orden de remisión de la copia del correspondiente expediente administrativo a la Sección Segunda, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla con sede en Sevilla.
Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones de la entidad demandante con el fin de que, si lo estimasen conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución, ante dicha sala.
Asimismo, y dado que el acto administrativo tiene por destinatario una pluralidad indeterminada de personas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, surtirá los efectos de la notificación, con el fin de que, si lo estimasen conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en legal forma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, a las personas emplazadas, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 12 de marzo de 2024. El Director General, José Miguel Casasola Boyero.
Descargar PDFBOJA nº 56 de 20/03/2024