Resolución de 1 de abril de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se aprueba la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y se publica la Comisión de Valoración del proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la Escala Básica de Extensión Universitaria de la Universidad de Granada (puesto de Técnico/a Nivel 7), en el marco de estabilización de empleo temporal.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00299491.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y en la base 4.1 de la Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Extensión Universitaria de la Universidad de Granada (puesto de Técnico/a Nivel 7), en el marco de estabilización de empleo temporal (BOE núm. 50, de 26 de febrero de 2024).
El Rector ha resuelto:
Primero. Aprobar la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas al citado proceso selectivo. La lista de personas admitidas se encuentra expuesta en el sitio web del Servicio de Personal de Administración y Servicios: http://serviciopas.ugr.es
Segundo. Publicar la lista de personas excluidas que figuran como Anexo I a esta resolución, con expresión de las causas de su no admisión.
Tercero. Tanto las personas excluidas como las omitidas, por no figurar en las listas de admitidas, disponen de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para acreditar ante esta Universidad la subsanación de los defectos que motivaron su no admisión en las listas de personas admitidas.
La solicitud de subsanación, junto con la documentación justificativa en su caso, deberá realizarse de manera telemática a través del Registro Electrónico (Solicitud genérica para la UGR) de la sede electrónica de la Universidad de Granada, que está disponible en la siguiente URL:
https://sede.ugr.es/procedimientos/registro_electronico.html
seleccionando como destino el Servicio de Personal de Administración y Servicios.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la lista de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
Cuarto. Publicar la composición de la Comisión de Valoración que ha de resolver el proceso selectivo y que figura como Anexo II de esta resolución, en base a lo dispuesto en la base 5.1 de la Resolución de 19 de febrero de 2024.
Granada, 1 de abril de 2024.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
ANEXO I
LISTA DE PERSONAS EXCLUIDAS
DNI | APELLIDOS Y NOMBRE | CAUSA DE EXCLUSIÓN |
---|---|---|
***6796** | CABRERA CEPEDA, NAYANYS | 12 |
***6372** | EXPÓSITO CARMONA, MARÍA | 11, 12 |
CAUSAS DE EXCLUSIÓN
CÓDIGO | CAUSA DE EXCLUSIÓN |
---|---|
1 | No cumplir el requisito de edad |
2 | No posee la nacionalidad exigida en la convocatoria |
3 | No acreditar o no declarar estar en posesión de la titulación requerida |
4 | No poseer la titulación requerida |
5 | No acreditar la identidad (DNI, NIE, Pasaporte) |
6 | Solicitud incompleta |
7 | Solicitud realizada fuera de plazo |
8 | Falta acreditación del pago de los derechos de participación |
9 | Pago no acreditado correctamente |
10 | Pago incompleto de los derechos de participación |
11 | No acreditación del derecho a exención del pago. Falta informe negativo de rechazos emitido por un servicio público de empleo. |
12 | No acreditación del derecho a exención del pago. Falta acreditación de las rentas. |
13 | No cumplir requisito para exención del pago. Período como demandante de empleo inferior al establecido en la base 3.5.a).2. |
14 | No cumplir requisito para exención del pago. Superar el nivel de rentas establecido en la base 3.5.a).2 de la convocatoria |
15 | No reúne o no acredita la condición legal de persona con discapacidad. |
16 | No ha sido posible la verificación de los datos en la Plataforma de Intermediación de Dados de las Administraciones Públicas. |
ANEXO II
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Titulares.
Presidenta: Margarita Sánchez Romero, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.
Vocales:
- María Luisa Bellido Gant, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.
- Antonio Collados Alcaide, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.
- Óscar Fajardo Ruiz, funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada.
Secretario: Manuel Francisco Moreno Martínez, funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada.
Suplentes.
Presidente: Domingo Campillo García, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.
Vocales:
- Mario de la Torre Espinosa, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.
- María Isabel Mancilla Abril, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Granada.
- María Paz Sánchez Buendía, funcionaria de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Granada.
Secretaria: María Gloria Velarde Ruiz, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada.
Descargar PDFBOJA nº 65 de 04/04/2024