Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 04/04/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueba y da publicidad al formulario de autorización de personas veterinarias no adscritas a la Administración de la Junta de Andalucía para efectuar pruebas de intradermotuberculinización en el marco del Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Bovina.

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El Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina se presenta anualmente a la Comisión Europea, para todo el territorio nacional, por parte de la Administración General del Estado, a fin de su aprobación y eventual cofinanciación comunitaria. En dicho programa se recoge cada año el requisito de la formación previa reglada de personas veterinarias no adscritas a la Administración de la Junta de Andalucía para efectuar pruebas de intradermotuberculinización en el marco de ese programa, y se establece la necesidad de la autorización expresa a esas personas veterinarias por parte de la autoridad competente para poder desempeñar este cometido.

Las actuaciones de formación serán convocadas periódicamente por parte de las Administraciones y/o organizadores autorizados a este efecto por las mismas. A las convocatorias de las mismas se les dará la difusión necesaria para conocimiento de las personas veterinarias que pudiesen estar interesadas en realizar la formación.

Las actuaciones formativas serán de dos tipos: un curso inicial con contenido teórico y práctico, que permitirá obtener luego una autorización para efectuar las pruebas de intradermotuberculinización durante tres años posteriores a la formación, y un curso de actualización, que permitirá renovar la autorización inicial para efectuar las pruebas de intradermotuberculinización durante cinco años posteriores a la formación.

Las autorizaciones, cuando procedan, serán expedidas de oficio en favor de las personas veterinarias de Directorio y/o de Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y notificadas a las personas interesadas por parte de la Junta de Andalucía siempre que haya organizado la formación por si misma o en cuanto disponga de los certificados acreditativos de la formación impartida por la entidad organizadora. Las personas interesadas podrán solicitar también la correspondiente autorización.

El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en el artículo 6.3.f) que, entre otros, es un criterio de reducción de cargas y simplificación documental la normalización documental, fundamentalmente de los formularios de solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando sea posible, su precumplimentación. Y el artículo 12.9 dispone que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de la competencia que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,

RESUELVO

Primero. Aprobación de los formularios.

1. Aprobar y dar publicidad al modelo normalizado (código de procedimiento 25314) de autorización de personas veterinarias no adscritas a la Administración de la Junta de Andalucía para efectuar pruebas de intradermotuberculinización en el marco del Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Bovina, anexo a la presente orden.

2. El citado formulario publicado en la presente orden se podrá obtener en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, en la dirección:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25314

Segundo. Efectos.

La presente orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de marzo de 2024

CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

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