Acuerdo de 10 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga, por el que se abre un periodo de información pública sobre el expediente de autorización ambiental unificada para el proyecto que se cita, en el término municipal de Marbella (Málaga).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00300091.
De conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el artículo 19 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, y en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un periodo de información pública en el seno del procedimiento administrativo de autorización ambiental unificada relativo al expediente AAU/MA/28/23, con la denominación proyecto de urbanización del sector URP-RR7 El Pinar I en el término municipal de Marbella (Málaga), promovido por Junta de Compensación del Sector URP-RR7 El Pinar I, a efectos de la evaluación de impacto ambiental así como del resto de autorizaciones y pronunciamientos ambientales que deban integrarse en la autorización ambiental unificada.
Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente acuerdo, a fin de que durante el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
Tercero. Durante el periodo de información pública, la documentación estará disponible para su consulta a través del Portal de la Junta de Andalucía, en la Sección de Transparencia en el apartado de Publicidad Activa, accesible directamente a través de la siguiente dirección, que permite el acceso directo a los documentos sometidos a información pública por esta Consejería:
https://juntadeandalucia.es/organismos/sostenibilidadmedioambienteyeconomiaazul/servicios/participacion/todos-documentos.html,
así como en las dependencias de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de la Aurora, núm. 47, Edificio Servicios Múltiples, planta 14, Departamento de Prevención Ambiental, C.P. 29002 de Málaga, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, salvo días festivos.
Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, en cualquier registro de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Málaga, 10 de abril de 2024.- El Delegado, José Antonio Víquez Ruiz.
Descargar PDFBOJA nº 73 de 16/04/2024