Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/04/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 24 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.

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BDNS (Identificación): 750799.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index), en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10901.html

así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía en la cuantía total máxima de 210.000,00 euros, que se distribuyen entre la anualidad corriente y la anualidad futura 2025, al 50%, en la línea que a continuación se detalla, con cargo a los siguientes créditos presupuestarios:

Línea Cuantía máxima Partida presupuestaria
Subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco 210.000 euros 1651010000 G/45E/47003/00 01

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las ayudas a la promoción del tejido profesional del flamenco en la línea que se convoca de Subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones de cante, toque y baile, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.

Tercero. Objeto.

Subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco, en la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: La promoción del flamenco mediante la concesión de subvenciones al sector profesional del flamenco para la producción y creación de nuevos espectáculos de flamenco, en sus distintas expresiones de cante, toque y baile.

Cuatro. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 24 de marzo de 2017 (BOJA núm. 60, de 29 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.

Quinto. Importe.

La dotación presupuestaria total de esta convocatoria asciende a 210.000,00 € para la línea establecida en el cuadro del apartado primero del presente extracto.

El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será:

- En la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: 50.000 euros con el límite máximo del 75% de los gastos subvencionables.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios Anexo I, Anexo II y Anexo III, para la línea convocada, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener en la página web http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ y en el Catálogo de procedimientos y servicios de la Administración de la Junta de Andalucía,

https: www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/ 10901 .

El modelo de documento «Declaración de subcontratación/solicitud autorización gastos vinculados...» de uso obligatorio, en el supuesto de que la persona o entidad beneficiaria pretenda contratar o subcontratar parte del proyecto subvencionado con persona o entidad vinculada, podrán obtenerlo mediante su descarga en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la siguiente dirección electrónica http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/.

El Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, José Ángel Vélez González.

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