Resolución de 18 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre evaluación de asesorías de Centros de Profesorado, según lo dispuesto en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.
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El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente, dispone, en los apartados 3 y 4 del artículo 53, que el nombramiento de asesoría de Centros del Profesorado se realizará por un periodo de cuatro años prorrogable, en su caso, por otros cuatro. Asimismo, establece que el ejercicio de la función asesora de los centros del profesorado será evaluado en el octavo año de su nombramiento. Si la evaluación correspondiente al octavo año resultase positiva, el asesor o asesora podrá presentarse a una nueva convocatoria, de acuerdo con lo recogido en el presente decreto.
Las Instrucciones de 9 de febrero de 2023, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, sobre evaluación de asesorías en el octavo año de ejercicio establece el procedimiento de evaluación de asesorías en su octavo año.
A la vista de la información anterior, y según lo dispuesto en el mencionado artículo del Decreto 93/2013, de 27 de agosto, esta Delegación Territorial
HA RESUELTO
Primero. Publicar la relación de aspirantes que han sido evaluados positivamente en el desempeño de la función asesora de centros del profesorado al finalizar su periodo de nombramiento y la correspondiente prórroga, en el Anexo I de la presente resolución.
Segundo. La presente publicación servirá de notificación a las personas interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cádiz, 18 de abril de 2024.- La Delegada, María Isabel Paredes Serrano.
ANEXO I
1. Relación de personas que han sido evaluadas positivamente en el desempeño de la función asesora de centros del profesorado al finalizar su periodo de nombramiento y correspondiente prórroga.
APELLIDOS | NOMBRE | DNI | CEP | FECHA DE FINALIZACIÓN |
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GARCÍA ROLDÁN | FRANCISCO JESÚS | ***2348** | 11200023-CEP DE JEREZ | 31 DE AGOSTO DE 2024 |
BOJA nº 83 de 30/04/2024