Orden de 22 de marzo de 2024, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Bética-Mudarra» de Córdoba. (PP. 8403/2024).
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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Bien Aparecida Ruiz Dávila, como representante de Institución Teresiana, Asociación Civil, entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Bética-Mudarra», con código 14002145 y domicilio en C/ Vandalino, 6, de Córdoba, por el que se solicita el cambio de titularidad de los mismos a favor de la Fundación Educativa Ángeles Galino, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Resultando que los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria con código 14002145 tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, dos unidades de primer ciclo y seis unidades de segundo ciclo de educación infantil, dieciocho unidades de educación primaria y doce unidades de educación secundaria obligatoria y cuatro unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y dos en la de Ciencias y Tecnología).
Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, aparece debidamente acreditada la titularidad de estos centros a favor de Institución Teresiana, Asociación Civil.
Resultando que Institución Teresiana, Asociación Civil cede a la Fundación Educativa Ángeles Galino la titularidad de los mencionados centros, mediante Escritura de cesión de titularidad número dos mil noventa y ocho, otorgada en Madrid, el día doce de julio de dos mil veintitrés, ante doña María Heredero Caballería, notaria del Ilustre Colegio notarial de Madrid.
Vistas: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE de 30), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Bética-Mudarra», código 14002145, que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Educativa Ángeles Galino, que queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación a dichos centros, quedando todos ellos con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «Resultando» primero.
Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Tercero. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de marzo de 2024
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
BOJA nº 84 de 02/05/2024