Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
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Número de Identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 757732.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de las subvenciones previstas en la Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Dichas subvenciones se concederán con cargo a los siguientes créditos presupuestarios del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2024:
2100.01.00.00 G/81A/46400 (para gastos corrientes) y
2100.01.00.00 G/81A/76501 (para gastos de inversión).
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tercero. Objeto.
Financiar cualquier tipo de actuación necesaria para la recuperación y puesta en servicio de cualquier tipo de infraestructura de titularidad pública local, que esté destinada al ejercicio de cualquier competencia propia de la entidad o a la prestación de cualquier servicio local de interés general, y que se haya visto afectada bien por el acaecimiento de cualesquiera fenómenos naturales o por otras necesidades extraordinarias, ocasionando el deterioro o afectación de la misma con la consiguiente merma o menoscabo en la prestación y funcionamiento de los servicios públicos que las entidades locales deben prestar conforme a las competencias que tienen asumidas en virtud del artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y del artículo 8 del Decreto 156/2021, de 4 de mayo, por el que se regulan las entidades locales autónomas de Andalucía, en el periodo comprendido entre el 12.6.2023 a 9.6.2024, ambos inclusive, con el fin de restablecer en las zonas afectadas el normal funcionamiento de servicios públicos locales en beneficio de la comunidad vecinal.
Cuarto. Cuantías.
Esta línea de subvenciones está dotada con las cuantías máximas que se indican a continuación para los siguientes créditos presupuestarios:
2100.01.00.00 G/81A/46400: 300.000,00 €.
2100.01.00.00 G/81A/76501: 3.200.419,00 €.
Se fija como importe máximo a conceder a cada entidad local la cantidad de 100.000,00 euros, con los demás requisitos concretos establecidos en las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir de las 8:00 horas del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto y finalizará el 16 de junio de 2024 inclusive.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y trámite de audiencia figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
La tramitación será exclusivamente electrónica en el siguiente enlace :
https://ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual/auth/loginjs?procedimiento=474&conCertificado=1
La Secretaria General de Administración Local. Fdo.: María Luisa Ceballos Casas.
Descargar PDFBOJA nº 88 de 08/05/2024