Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 12/01/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 7/2024, de 8 de enero, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00295153.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, estableció una nueva distribución de competencias, buscando siempre la máxima eficiencia en el empleo de los recursos públicos para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en las que se encuentra inmersa en el momento actual la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Como consecuencia de lo anterior, fue aprobado el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en el que, en sus artículos 8 y 12, se establecen las competencias atribuidas, respectivamente, a la Secretaría General para la Administración Pública y a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Asimismo, la reciente aprobación de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, ha venido a establecer un novedoso marco regulatorio que supone importantes avances en el ámbito de los recursos humanos que deben instrumentarse mediante su desarrollo reglamentario en diferentes materias.

En primer lugar, resulta necesaria una reorganización de la estructura de la Secretaría General para la Administración Pública con el objetivo de contar con los medios humanos y organizativos suficientes para llevar a cabo, satisfactoriamente, el ejercicio de las competencias de coordinación y seguimiento en materia de protección de datos de las Consejerías y sus entes instrumentales, así como para realizar la dirección, impulso, coordinación y gestión de la política de recursos humanos y de organización y transformación continua de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por lo tanto, se refuerzan las áreas de transformación e innovación de la administración pública, administración digital, de mejora administrativa y racionalización de trámites, de planificación del empleo público y de transformación de los sistemas de gestión para el empleo público.

En segundo lugar, en el ámbito de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, para implementar, además, adecuadamente las líneas estratégicas del Plan Estratégico de los Recursos Humanos de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2030, se crea un área de análisis y evaluación de puestos de trabajo, se crean las oficinas de producción normativa y de coordinación de procesos y se crea una unidad administrativa para la selección temporal de personal funcionario interino y personal laboral. Asimismo, se refuerzan otras áreas como la ordenación de puestos de trabajo, la transparencia pública, la planificación de los recursos humanos, la gestión del Sistema de Información de Recursos Humanos y la gestión del persona laboral.

Por último, en el Instituto Andaluz de Administración Pública se ha producido la ampliación de la competencia atribuida en materia de formación y perfeccionamiento del personal al incluir, ahora, al personal de todas las entidades instrumentales de la Administración andaluza, lo que conllevará un importante incremento del número de personas usuarias. También se le atribuyen nuevas responsabilidades en relación con la dirección pública profesional, así como sobre la evaluación e investigación de políticas públicas y sobre el fomento de proyectos innovadores.

Por todo ello, resulta necesario el refuerzo de la estructura del Instituto Andaluz de Administración Pública con la creación de una nueva área de formación y aprendizaje, de una coordinación en el área de secretaría general y de las unidades administrativas de dirección pública profesional, de evaluación de políticas públicas y de fomento de la innovación.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8 de enero de 2024,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y al Instituto Andaluz de Administración Pública, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el citado boletín.

Sevilla, 8 de enero de 2024

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública

Descargar PDF