Acuerdo de 7 de mayo de 2024, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública para la VII Bolsa de Trabajo 2024-2026.
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El Jefe del departamento de Recursos Humanos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía ha acordado el 7 de mayo de 2024:
CONVOCATORIA VII BOLSA DE TRABAJO 2024-2026
1. Objeto de la convocatoria.
Constituir una bolsa de trabajo por provincia y categoría profesional de las categorías profesionales de administrativo(a) para las plazas temporales en los puertos de las provincias de Almería, Cádiz, Huelva y Málaga y Sevilla. Y, para las categorías profesionales de policía portuario(a), especialista portuario(a) y portuario(a) para los Puertos de las provincias de Almería, Cádiz, Huelva y Málaga.
Cada bolsa de trabajo se constituirá, hasta alcanzar su máximo de capacidad, es decir veinte personas por provincia, aquellas candidaturas que hayan superado el proceso selectivo y hayan quedado excluidas, formarán parte del turno de reserva cuya finalidad es la de mantener completa la dimensión de la bolsa cubriendo las bajas definitivas que puedan producirse.
2. Destinatarios(as) de la convocatoria.
La presente convocatoria es pública y dirigida a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos del perfil indicado en el Anexo 1, soliciten su participación en el proceso selectivo.
3. Solicitud y documentación.
Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace:
https://proyectos.puertosdeandalucia.es.
En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.
4. Plazo de presentación.
Quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5. El proceso de selección.
Se llevará a cabo por el sistema de Concurso Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.7 del V Convenio Colectivo de APPA y los criterios establecidos en el Anexo 2 de esta convocatoria.
La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la página web de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Sevilla, 7 de mayo de 2024.- El Jefe de Recursos Humanos, Carlos Arquellada Caro.
Contra el presente acuerdo que, según lo previsto en el artículo 36 de los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía aprobados por Decreto 501/2019, de 26 de junio, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, bien, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 115.2 de la misma Ley y con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que podrá presentar en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Relación de contenidos de los anexos:
Anexo 1. Perfil, requisitos y aspectos valorables.
1. Perfil de los puestos.
1.A. Administrativo(a).
1.B. Policía portuario(a).
1.C. Especialista portuario(a).
1.D. Portuario(a).
2. Requisitos generales para todos los puestos.
3. Requisitos específicos según perfil.
3.A. Administrativo(a).
3.B. Policía portuario(a).
3.C. Especialista portuario(a).
3.D. Portuario(a).
Anexo 2. El proceso selectivo.
1. El proceso selectivo:
1.A. Administrativo(a).
1.B. Policía portuario(a).
1.C. Especialista portuario(a).
1.D. Portuario(a).
2. Comisión de selección.
3. Solicitud de inscripción y documentación acreditativa.
4. Normativa de la vii bolsa de trabajo.
ANEXO 1
Perfil, requisitos y aspectos valorables
1. Perfil de los puestos.
1.A. Administrativo(a).
Funciones: Atención personal y telefónica a usuarios/ciudadanos de diferente nacionalidad, contratación de servicios, preparación de liquidaciones, contabilidad y archivo, con empleo de aplicaciones informáticas.
Horario laboral: Horario de mañana y tarde, realizado de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos.
Retribución bruta anual: 21.645,55 euros y resto de condiciones de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
1.B. Policía portuario(a).
Funciones: Control de accesos, instalaciones y seguridad vial y del transporte en el recinto, controlando las operaciones, los servicios marítimo-terrestres y los relacionados con la pesca; realizar las actuaciones pertinentes sobres elementos, embarcaciones y vehículos; comprobación de las prestaciones de servicios; requiriendo y/o adoptando las medidas necesarias para el cumplimiento de los títulos administrativos habilitantes, estando así mismo facultados para el cálculo y preparación de liquidaciones por los servicios portuarios. Todo ello sin perjuicio de su participación en la resolución de problemas puntuales de explotación o en trabajos de similar naturaleza que se les pueda encomendar en relación con la actividad objeto de su función, controlando y generando en su caso la documentación administrativa necesaria.
Horario laboral: Horario sometido a turnos de mañana, tarde y noche, realizado de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos.
Retribución bruta anual: 20.221,49 euros y resto de condiciones de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
1.C. Especialista portuario(a).
Funciones: Utilización y mantenimiento de sistemas de elevación de cargas y mantenimiento electromecánico complejo.
Horario laboral: Horario de mañana y tarde, realizado de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos.
Retribución bruta anual: 19.840,01 euros y resto de condiciones de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
1.D. Portuario(a).
Funciones: Vigilancia, prestación de servicios portuarios, conservación y mantenimiento básico electromecánico de equipos o instalaciones, limpieza y ayuda, en operaciones o mantenimiento, a Especialistas Portuarios.
Horario laboral: Horario de mañana y tarde, realizado de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos.
Retribución bruta anual: 17.501,62 euros y resto de condiciones de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
2. Requisitos generales para todos los puestos.
Requisitos detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia:
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del EBEP.
▪ Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
▪ Cualquiera que sea nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes, siempre que no estén separados de derecho.
▪ Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
▪ Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Poseer la titulación exigida.
3. Requisitos específicos según perfil.
Además, de los requisitos generales que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia, detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público, las candidaturas deben cumplir con los requisitos específicos de la categoría convocada:
3.A. Administrativo(a).
- Titulación académica en Formación profesional de Grado Superior en (LOGSE o LOE) o FP II (LGE), equivalente o superior.
- Certificado oficial de inglés, mínimo B1. (Cambridge, TOEIC, TEOFL, IELTS, Trinity, EOI).
3.B. Policía portuario(a).
- Titulación académica en Bachiller, equivalente o superior.
- No haber sido condenado por delito alguno. Será aplicable el beneficio de la rehabilitación, acreditado con el documento oficial correspondiente. La persona que resulte seleccionada deberá presentar el certificado de antecedentes penales con carácter previo a la formalización del contrato. En caso contrario o en el supuesto de poseer antecedentes penales por delito doloso, será excluida, llamándose a la siguiente persona de la lista.
- Tener una altura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,55 las mujeres. Para acreditar este requisito deberá presentar declaración jurada.
- Saber nadar. Para acreditar este requisito se deberá presentar declaración jurada.
- Carnet de conducir B1 en vigor.
3.C. Especialista portuario(a).
- Titulación Académica de Formación profesional de Grado Medio y/o Grado Superior, en alguna de las siguientes familias profesionales:
• Electricidad y Electrónica.
• Mantenimiento y Servicios a la Producción.
• Instalación y Mantenimiento.
• Fabricación Mecánica.
• Edificación y Obra Civil.
• Actividades Marítimo pesquera.
- No se descartarán titulaciones superiores en las especialidades relacionadas con las titulaciones indicadas en el párrafo anterior.
- Saber nadar para trabajar de forma segura en el recinto portuario. Para acreditar este requisito se deberá presentar declaración jurada.
3.D. Portuario(a).
- Titulación académica de EGB o Educación Secundaria Obligatoria, equivalente o superior.
- Saber nadar para trabajar de forma segura en el recinto portuario. Para acreditar este requisito se deberá presentar declaración jurada.
ANEXO 2
EL PROCESO SELECTIVO
1. El proceso selectivo.
El proceso de selección se llevará a cabo por el sistema de Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.7 del V Convenio Colectivo de APPA.
Será imprescindible superar un nivel de suficiencia del 50% de los puntos obtenibles en cada una de las pruebas administradas.
1.A. Administrativo
Competencia / Capacidad / Conocimiento | Tipo de prueba | Puntuación máxima 100 puntos |
---|---|---|
Ofimática: writer y calc. | Prueba tipo test | 20 puntos |
Conocimientos normativos y organizativos, según material de estudio publicado en la página oficina virtual de la Agencia. | Prueba tipo test | 80 puntos |
1.B. Policía portuario(a)
Competencia: Capacidad /Conocimiento | Tipo de prueba | Puntuación máxima: 100 puntos |
---|---|---|
Ofimática: writer | Prueba tipo test No eliminatoria | 15 puntos |
Inglés, nivel A2 | Prueba tipo test No eliminatoria |
10 puntos |
Actitudes y Aptitudes relacionadas con el desempeño del puesto: Atención, concentración, memoria visual.* | Batería de Pruebas psicotécnicas Eliminatoria |
30 puntos |
Conocimientos normativos y organizativos, según material de estudio publicado en la oficina virtual de la Agencia. | Prueba tipo test Eliminatoria |
45 puntos |
* Se indican aquellas aptitudes más representativas y acordes con el perfil de puesto.
1.C. Especialista portuario(a).
Competencia: Capacidad /Conocimiento | Tipo de prueba | Puntuación máxima 100 puntos |
---|---|---|
Ofimática: writer | Prueba tipo test No eliminatoria |
10 puntos |
Inglés, nivel A2. | Prueba tipo test No eliminatoria |
10 puntos |
Aptitudes y conocimientos relacionados con el desempeño del puesto: Aptitud mecánicas, espacial, Destreza manual* | Batería de pruebas psicotécnicas Eliminatoria |
20 puntos |
Prueba de conocimientos de mantenimiento, electricidad, albañilería, fontanería* | Prueba tipo test Eliminatoria |
20 puntos |
Conocimientos normativos y organizativos, según material de estudio publicado en la página web de la Agencia. | Prueba tipo test Eliminatoria |
40 puntos |
* Se indican aquellas aptitudes y conocimientos más representativos y acordes con el perfil de puesto.
1.D. Portuario(a).
Competencia: Capacidad / Conocimiento | Tipo de prueba | Puntuación máxima 100 puntos |
---|---|---|
Inglés, nivel A1. | Prueba tipo test No eliminatoria |
10 puntos |
Aptitudes y conocimientos relacionados con el desempeño del puesto: conocimientos sobre la formación valorada en el perfil, Aptitud espacial, Destreza manual.* | Batería de pruebas psicotécnicas Eliminatoria |
25 puntos |
Prueba de conocimientos de mantenimiento, electricidad, albañilería, fontanería* | Prueba tipo test Eliminatoria |
25 puntos |
Conocimientos normativos y organizativos, según material de estudio publicado en la página web de la Agencia. | Prueba tipo test Eliminatoria |
40 puntos |
* Se indican aquellas aptitudes y conocimientos más representativos y acordes con el perfil de puesto.
4. Comisión de selección.
La Comisión de Selección estará conformada por titulares y suplentes de:
- Presidencia: Será desempeñada por la Secretaría General de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o persona en quien ésta delegue.
- Vocalías designadas por la Presidencia, pudiendo formar parte, además de profesionales de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, profesionales externos/as a la Agencia expertos/as en el área.
- Secretaría: será desempeñada por un Técnico o Técnica de Recursos Humanos de la Agencia, y actuará como asesor/a especialista, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica, con voz, pero sin voto.
Todos los miembros de la Comisión de Selección deberán guardar confidencialidad de los asuntos y los datos que se traten en las sesiones de los Tribunales Calificadores/Comisión de Selección en todas las materias que no sean objeto de publicación oficial y en aquellas que aun siéndolo, no se hubieran publicado todavía por los medios establecidos en la convocatoria.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Comisión de Selección podrá disponer la incorporación, para todas o alguna de las pruebas, de asesores/as especialistas que se limitarán al ejercicio de sus competencias técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección. Estos podrán ser internos o externos. La Comisión tendrá la potestad de interpretar cualquier aspecto de los contemplados en las presentes bases.
3. Solicitud de inscripción en el proceso selectivo.
La inscripción en el proceso selectivo se realizará a través del registro en la oficina virtual de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, enlace:
https://proyectos.puertosdeandalucia.es
En la oficina virtual de la Agencia, la persona candidata solicitará su participación con una única solicitud de participación. En caso de presentar varias solicitudes, se considerá únicamente válida la última presentada en plazo, pudiendo únicamente aportar, dentro del plazo, más documentación de la inicialmente aportada con una solicitud completamente nueva y aportando nuevamente toda la documentación.
A continuación se facilita la documentación que habrá que aportar en formato digital (pdf o jpg), pudiendo aportarse todos los que el solicitante entienda justificativos de algún extremo de su solicitud y que sean susceptibles de valoración.
1. Modelo de solicitud. Las solicitudes serán presentadas en la aplicación diseñada para efectuar el registro telemático. Se dispone de un manual para su cumplimentación así como realizar las consultas y comunicaciones necesarias con la Agencia referidas al proceso selectivo. Enlace:
https://proyectos.puertosdeandalucia.es/redmine/attachments/67405/Manual-instrucciones-candidaturas-oficina-virtual-V4.pdf
2. Provincia. En la solicitud se indicará la Provincia a la que se opta, siendo forzosa la elección de una sola provincia.
3. Datos de contacto. La no consignación en la solicitud de inscripción de al menos dos teléfonos de contacto personales de los cuales uno al menos será un teléfono móvil, y de una dirección de correo electrónico conllevará la nulidad de la misma. La persona candidata se compromete a mantener actualizados estos datos durante todo el proceso selectivo y durante la vigencia de la bolsa de trabajo.
4. Documentación a adjuntar. A la solicitud de inscripción se adjuntará necesariamente copia de todos aquellos documentos que acrediten cada uno de los requisitos expresados en la convocatoria. Sólo serán tenidos en cuenta los documentos aportados en el periodo de presentación de solicitudes, o en el de subsanación tras la publicación del listado provisional de candidaturas admitidas y no admitidas; y siempre referidos a periodos anteriores a la fecha de la convocatoria de inscripción en la Bolsa, sin poder aportarse otros documentos nuevos susceptibles de valoración en el transcurso de la vigencia de la Bolsa. Así mismo, deberán presentar debidamente firmada la declaración jurada de cumplimiento de requisitos en los casos que proceda.
La Agencia podrá requerir en cualquier momento los originales de cuantos documentos se presenten junto a la solicitud, siendo causa de expulsión de la bolsa de trabajo la no presentación de los mismos en el plazo concedido para ello.
A continuación se facilita la documentación que habrá que aportar en formato digital (pdf o jpg), pudiendo aportarse todos los que el solicitante entienda justificativos de algún extremo de su solicitud y que sean exigidas en el perfil de la convocatoria.
- Titulación académica exigida.
- Titulación oficial de idioma de las requeridas y admitidas, en los casos que proceda.
- Declaración jurada sobre requisitos exigidos mediante este documento firmado por la persona interesada en las plazas de policía portuario(a), especialista portuario(a) y portuario(a). Se facilita documento en pdf en la oficina virtual, en el apartado de noticias del proceso selectivo denominado Declaración jurada, junto con la publicación de la convocatoria en BOJA.
- Carnet de conducir en vigor, en la plaza de policía portuario(a)
4. Normativa de la bolsa de trabajo.
Finalizado el proceso selectivo se obtendrá un listado ordenado por puntuación total alcanzada en el proceso selectivo con las candidaturas de la VII Bolsa de Trabajo, en caso de empate de puntuaciones se dará prioridad a la solicitud que tenga una fecha anterior en el registro oficial.
El listado definitivo se publicará en la página web de la Agencia y será actualizado en la medida en que se produzcan los llamamientos.
Una vez que entre en vigor la nueva bolsa de trabajo, todas las anteriores dejarán de estar vigentes. Por lo que no se procederá a nuevos llamamientos a las candidaturas que figuren en los listados de las bolsas de trabajo sin vigencia.
Todas aquellas candidaturas que provengan de bolsas de trabajo anteriores y que cumplan con los requisitos establecidos en los perfiles publicados en la convocatoria y hayan participado en procesos de selección bajo las mismas bases relativas al perfil de requisitos establecidos en la presente convocatoria están exentas de realizar las pruebas de oposición, aunque pueden presentarse para incrementar las puntuaciones alcanzadas en las convocatorias anteriores, respetándose la puntuación alcanzada por prueba realizada cuando éstas hayan sido superiores a las que resulten en la oposición convocada.
4.1. Procedimiento de llamamiento para la contratación.
1. El orden para efectuar los llamamientos será el resultante de las valoraciones efectuadas de acuerdo con el baremo definido, por el orden establecido en el listado de la Bolsa de Trabajo.
2. La Bolsa de Trabajo será rotativa, dando comienzo por quien ocupe el primer lugar y sucesivamente hasta el final. Una vez que la Bolsa llegue a su fin y se hayan producido por parte de la entidad ofertas de trabajo a todas las personas integrantes de la misma, independientemente de que se haya producido la contratación o no, se iniciará nuevamente el procedimiento descrito anteriormente.
3. El llamamiento sucesivo en el orden de inscripción en el listado provincial de cada bolsa de trabajo será independiente de la duración del contrato de trabajo.
4. En el supuesto, de que por la naturaleza del contrato de trabajo a realizar no sea posible la contratación del candidato al que corresponda su llamamiento, de acuerdo con la legislación laboral en vigor para la contratación de carácter temporal, se pasará al siguiente candidato ofreciéndose posteriormente el primer contrato compatible al candidato saltado.
5. El llamamiento se efectuará de forma electrónica, consistirá en una alerta mediante correo electrónico del interesado con un enlace, tanto para obtener toda la información sobre las características y condiciones de la oferta, como para aceptar o rechazar dicha oferta.
En ambos sentidos, el integrante de la bolsa de trabajo tendrá que responder para aceptar o denegar la oferta en la plataforma de gestión de la Bolsa de Trabajo. Dicha respuesta surtirá efectos inmediatos con relación a la continuidad del proceso de contratación con el llamamiento a la siguiente persona del listado.
Así mismo, si no se recibe ninguna respuesta en ningún sentido, en el plazo de tres horas desde el envío del correo electrónico, tendrá valor de renuncia, dándose continuidad al procedimiento del llamamiento al siguiente integrante de la bolsa de trabajo.
6. Realizada una oferta y aceptada por el candidato o la candidata, se entenderá firme.
4.2. Baja en la Contratación/Baja en la Bolsa.
1. Una vez se produzca el llamamiento, y la aceptación de la oferta de trabajo temporal formulada por la entidad, la incorporación será obligatoria en los términos y plazos que se indiquen al candidato. La no incorporación al puesto en el plazo indicado (excepto por motivos de salud debidamente acreditados y justificados) supondrá la baja definitiva de la bolsa de trabajo.
2. La persona que renuncie voluntariamente a seguir prestando servicios durante la vigencia de su contrato causará baja definitiva en la Bolsa de Trabajo.
3. La no superación del periodo de prueba previsto en el contrato de trabajo supondrá la baja definitiva en la Bolsa.
Los informes relativos a la no superación del periodo de prueba serán puestos en conocimiento de la Comisión de Interpretación y Vigilancia del Convenio Colectivo de APPA en la siguiente reunión que se produzca posterior al cese.
El Departamento de Recursos Humanos actualizará el listado publicado de candidatos inscritos en la Bolsa de Trabajo.
4.3. Suspensión en la Bolsa de Trabajo.
Podrán solicitar la suspensión temporal por escrito, los candidatos que se encuentren en situación de alta en otra empresa o entidad con contrato de trabajo a tiempo completo lo que se justificará, en el plazo de siete días naturales, copia del contrato de trabajo y del alta en la Seguridad Social. En caso de no acreditar en los términos fijados, causará baja definitiva de la bolsa de trabajo.
Para restablecer la situación de alta en la bolsa habrá que dirigir un escrito al Departamento de Recursos Humanos y acreditar la finalización de la causa que daba derecho a la suspensión temporal en la Bolsa de Trabajo.
4.4. Vigencia de la Bolsa de Trabajo.
La presente Bolsa de Trabajo tendrá una vigencia de dos años desde la fecha de su entrada en vigor el día de la publicación de los listados definitivos.
La fecha de publicación del listado definitivo marcará el inicio de la utilización del orden establecido en el mismo para atender las necesidades de contratación temporal que se presenten a partir de la misma. Las necesidades de contratación temporal se articularán a partir de la autorización de cobertura suscrita por la Dirección de Puertos y la Jefatura del Área Financiera y Administrativa, y de acuerdo con lo previsto en la instrucción conjunta 2/2016 de la Dirección General de Planificación y Evaluación, y Dirección General de Presupuestos de la Junta de Andalucía. En cualquier caso las ofertas de contratación temporal estarán supeditadas a la existencia de crédito autorizado por la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Finalizado dicho periodo se realizará un nuevo proceso selectivo para constituir una nueva bolsa de trabajo, siempre y cuando se autorice por la Consejería competente en esta materia.
4.5. Normas generales.
La bolsa de trabajo estará constituida por los veinte aspirantes que obtengan las mayores puntuaciones. En la medida en que se vayan produciendo bajas definitivas del listado principal, se dará paso al siguiente aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el proceso selectivo.
La publicación de la presente Regulación, o cualquier otra documentación o aviso de interés para el desarrollo de la Bolsa de Trabajo, se expondrá en la página Web de la entidad.
Los listados provisionales y/o definitivos, que pudieran contener datos de carácter personal estarán en poder y para su consulta en el Departamento de Recursos Humanos.
El Departamento de Recursos Humanos procederá a la publicación con la periodicidad oportuna de la situación de las contrataciones de la Bolsa de Trabajo en cada momento.
Dado el carácter voluntario de la participación en el sistema de acceso a la contratación objeto de la presente regulación, cualquier gasto que se genere será por cuenta del participante.
La participación en la presente Bolsa de Trabajo implica la íntegra aceptación de esta regulación.
La Comisión de Interpretación y Vigilancia y el Departamento de Recursos Humanos garantizarán el mantenimiento de la absoluta confidencialidad de cuantos datos se conozcan a través de la presente Bolsa de Trabajo, que estará sometida a la normativa sobre Protección de Datos Personales por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, a los candidatos e integrantes de la Bolsa se informará que los datos personales facilitados en virtud de la presente Bolsa de Trabajo serán incorporados a ficheros automatizados del Departamento de Recursos Humanos. Los datos así recogidos serán tratados de forma automatizada con las finalidades que se indican en la presente regulación. Así mismo se advertirá del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley, dirigiendo el correspondiente escrito a la atención del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, calle Pablo Picasso, s/n, 41018 - Sevilla.
Información laboral y de condiciones de contratación y trabajo.
a) Contratación laboral.
Las relaciones laborales del personal al servicio de la Agencia, además de lo estipulado en los contratos de trabajo individuales que se celebren, se regirán por lo establecido en el vigente V Convenio Colectivo de la entidad [publicado en BOJA núm. 233 de 27.11.2007], el Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015; BOE 261 de 31.10.2015), el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015; BOE 255 de 24.10.2015) y el resto de la legislación socio-laboral en vigor.
Los contratos de duración determinada, que se celebrarán con el personal incorporado a la BT que sea objeto de llamamiento, se someterán a las modalidades vigentes en el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, por circunstancias de la producción y para la sustitución de personas trabajadoras con derecho de reserva de puesto de trabajo, incluyéndose cláusula de periodo de prueba conforme a lo previsto en el art. 14 ET.
El personal de la Agencia cuenta con Representación Legal de los Trabajadores, compuesta por un Comité Intercentros, Comités de centro de trabajo o Delegados(as) de Personal, de entre los que están designados además los Delegados de Prevención de Riesgos Laborales.
b) Clasificación profesional.
Las personas contratadas con las categorías de administrativo(a) o auxiliar estarán encuadradas en el grupo profesional de Gestión, integrado por trabajadores(as) que por sus conocimientos y/o experiencia realizan tareas administrativas, de oficina, contables o cualquiera otra análogas de gestión u organización de los distintos procesos de la Agencia, pudiendo utilizar para ello los elementos técnicos necesarios para el procesamiento y tratamiento de la información.
Las personas contratadas con las categorías de policía portuaria, especialista portuario(a) y portuario(a)estarán encuadradas en el grupo profesional de Servicios, integrado por trabajadores(as) que levan a cabo funciones y tareas que como autoridad portuaria corresponden de inspección y control de las actividades portuarias y la prevención y denuncia de los incumplimientos que en las mismas se puedan producir, así como tareas de mantenimiento, conservación y demás servicios portuarios.
c) Jornada laboral, descansos, permisos y licencias.
La jornada laboral ordinaria completa es de 35:00 horas semanales de promedio en cómputo anual. El cumplimiento de la jornada y horario estará sometido a control mediante marcajes en los sistemas de gestión de presencia implantados en los centros.
El horario de cada centro y puesto podrá ser continuo o partido incluyendo, en el caso de los puertos, el trabajo en sábados, domingos y festivos del calendario laboral oficial, con las compensaciones económicas y de descanso previstas en el vigente Convenio.
Siempre que la jornada continua, o un tramo de la partida, exceda de 6 horas se tendrá derecho a un descanso intermedio de hasta 30 minutos. El descanso semanal será de dos días consecutivos que, con carácter general salvo necesidades organizativas, serán los sábados y domingos.
Las vacaciones anuales serán de 22 días laborables o su parte proporcional, que únicamente podrán ser abonadas en metálico en caso de finalización del contrato de trabajo.
El personal tendrá derecho a otros permisos y licencias regulados en la vigente normativa, entre los que se encuentran los asuntos propios.
d) Retribuciones e indemnizaciones.
El importe íntegro (bruto) mensual, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, de los principales conceptos salariales para cada puesto será (importes vigentes en 2024):
- Administrativo(a): 1.803,79 €.
- Policía portuaria: 1.685,12 €.
- Especialista portuario(a): 1.653,33 €.
- Portuario(a): 1.458,46 €.
De manera adicional, y conforme a los requisitos de cada complemento o plus, podrán percibirse cantidades relativas a complementos y pluses como productividad, trabajo en domingo, festivos, sábados, a jornada partida, trabajo a turnos...
A la finalización del contrato por la expiración del tiempo convenido en el mismo, excepto en el de interinidad, se percibirá la indemnización equivalente a 12 días de salario computable por cada año de servicio, o su parte proporcional.
A las retribuciones íntegras anteriores se les aplicarán las preceptivas deducciones como la cotización a la Seguridad Social, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o aquellas otras reguladas en las disposiciones legales vigentes. La liquidación del salario, que se desglosará en el modelo de recibo vigente en la entidad, se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria que la persona habrá de informar al Departamento de Recursos Humanos.
e) Seguridad y salud laboral.
Todos los puestos, centros y lugares de trabajo en la Agencia están sometidos a la evaluación de riesgos laborales y planificación de medidas preventivas y de emergencias prevista en la vigente legislación, a través de la Unidad de PRL y del Servicio de Prevención externo de la entidad, en la que se encuentra constituido el Comité de Seguridad y Salud como órgano paritario de consulta y participación de las personas trabajadoras en esta materia.
Todas las personas integradas en la BT que sean objeto de llamamiento y contratación, en ejercicio de su derecho a la vigilancia de la salud, pasarán el correspondiente reconocimiento médico de ingreso o inicial a cargo de la Agencia (a través del Servicio de Prevención), de acuerdo con los protocolos médicos aplicables en función de la evaluación de riesgos de cada puesto.
Todas las personas que sean contratadas recibirán la Ficha de Información de riesgos y medidas preventivas y de emergencia aplicables a su puesto de trabajo, debiendo observar en el desempeño de sus funciones y tareas las previsiones en ella contenidas.
Para la preceptiva cobertura de los riesgos de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, la Agencia tiene concertada la asistencia médica, sanitaria, rehabilitadora y las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. También está concertada con dicha Mutua la gestión de las prestaciones económicas por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral).
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