Anuncio de 7 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, por el que se notifica a los interesados los actos relativos a determinados procedimientos sancionadores en materia de medio ambiente que se citan.
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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el último domicilio conocido de los interesados, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan los siguientes actos administrativos, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en la Secretaría General de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras, núm. 2, 2.ª planta, en Granada, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto de acto notificado, se indican a continuación:
1.º NIF: B18846659.
- Expte.: OBL 5/2024.
- Acto notificado: Notificación de la necesidad del cumplimiento de la obligación derivada del expediente sancionador GR/0624/22.
- Obligación: «Realizar la retirada y entrega de los residuos a una persona o entidad negociante o a una persona o entidad gestora autorizada y acredite documentalmente dicha entrega ante esta Delegación Territorial».
No constando a día de hoy que se haya cumplido la obligación, por la presente se procede a la apertura del expediente de obligaciones y se le requiere para que en un plazo de 1 mes, contado a partir de la fecha de recepción de esta notificación, proceda a acreditar la entrega de los residuos a gestor autorizado mediante albarán o factura ante este Negociado.
Transcurrido este periodo sin que se haya comunicado el cumplimiento por la titular, se solicitará que se gire de nuevo visita por los Agentes de Medio Ambiente al lugar de los hechos y si se confirma que continua la misma situación, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 117 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, y el artículo 165 del a Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como la posibilidad que los artículos 98 y 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, oferta a las Administraciones Públicas a través de sus órganos competentes, se podrá proceder previo apercibimiento, a la ejecución forzosa del acto administrativo, mediante la imposición de multas coercitivas reiteradas por lapsos de tiempo, que sean suficientes para cumplir lo ordenado.
Granada, 7 de mayo de 2024.- El Delegado, Manuel Francisco García Delgado.
Descargar PDFBOJA nº 91 de 13/05/2024