Anuncio de 7 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, por el que se notifican a los interesados los actos relativos a determinados procedimientos sancionadores en materia de medio ambiente que se citan.
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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el último domicilio conocido de los interesados, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan los siguientes actos administrativos, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en la Secretaría General de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras, núm. 2, 2.ª planta, en Granada, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto de acto notificado, se indican a continuación:
- NIF: 39369258C.
- Expte.: OBL 33/2024.
- Acto notificado: Notificación de la necesidad del cumplimiento de la obligación derivada del expediente sancionador GR/2134/22.
- Obligación: Inscripción en el correspondiente Registro como Productor de Residuos Peligrosos, en caso de que continúe ejerciendo la actividad que da origen a la producción de residuos, y entrega de los residuos peligrosos detallados en el acta de denuncia a gestor autorizado.
No constando a día de hoy que se haya cumplido la obligación impuesta, le requerimos para ello, concediéndole un plazo de dos meses contado a partir de la fecha de recepción de la presente notificación, para que proceda a la retirada de los residuos existentes y su entrega a gestor autorizado o planta de tratamiento, debiendo además comunicarlo y acreditarlo ante esta Delegación mediante albarán o factura.
Transcurrido este periodo sin que se haya comunicado el cumplimiento por el titular, se solicitará que se gire de nuevo visita por los Agentes de Medio Ambiente al lugar de los hechos y si se confirma que continua la misma situación, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 117 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, y el artículo 165 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como la posibilidad que los artículos 98 y 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, oferta a las Administraciones Públicas a través de sus órganos competentes, se podrá proceder previo apercibimiento, a la ejecución forzosa del acto administrativo, mediante la imposición de multas coercitivas reiteradas por lapsos de tiempo, que sean suficientes para cumplir lo ordenado.
Granada, 7 de mayo de 2024.- El Delegado, Manuel Francisco García Delgado.
Descargar PDFBOJA nº 91 de 13/05/2024