Resolución de 10 de mayo de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se acuerda el depósito de los estatutos de la asociación que se cita.
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Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015). La solicitud de depósito fue formulada por doña María Belén Pérez Porras mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000171.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 6.5.2024 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 7.5.2024.
La Asamblea General Ordinaria, celebrada el día 15 de noviembre de 2022, adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 18-Bis, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 53 y 54 de los estatutos de esta asociación.
El certificado de fecha 6 de mayo de 2024 figura suscrito por doña María Belén Pérez Porras, en calidad de Secretaria, el visto bueno del Presidente, don José María Alba Camacho.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:
1. Admitir el depósito de la modificación de los estatutos de la Asociación de Productoras de Cine de Ficción, Documental, Animación y Seriado, en siglas, ANCINE, con número de depósito 71100131.
2. Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo, del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre deposito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 10 de mayo de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 96 de 20/05/2024