Extracto de la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024 el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía.
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BDNS (Identificación): 760453.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index, en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24503.html
así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales:
http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ y en el presente BOJA.
Primero. Se convoca en el ámbito de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, agencia pública empresarial adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte a través de la Secretaría General para la Cultura, en el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía, al amparo de la Orden de 7 de abril de 2022 (BOJA núm. 71, de 13 de abril), en la cuantía total máxima de 8.000 euros, distribuidos en un único premio de 5.000 euros y dos accésits de 1.500 euros cada uno, con cargo a los créditos de la partida presupuestaria 1651010000 G/45E/48001/00 01 y efectividad en caja en la anualidad corriente.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarias de este premio y de los accésits y menciones especiales, en su caso, aquellas personas físicas que tengan una edad comprendida entre los 18 y los 30 años a 31 de diciembre del año en el que se publique la convocatoria, que acrediten su residencia ininterrumpida en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante al menos los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y que figuren como autores/as del texto presentado en el Registro General de la Propiedad Intelectual en el momento de presentación de la solicitud.
Tercero. Objeto y finalidad.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de un premio y si el Jurado lo considerase oportuno también de dos accésits y menciones especiales, carentes de dotación económica, siendo la finalidad pretendida promover la escritura dramática a las nuevas generaciones de andaluces y andaluzas, contribuyendo a impulsar, renovar y difundir la dramaturgia actual.
Cuarto. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 7 de abril de 2022 (BOJA núm. 71, de 13 de abril), de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Turismo, Cultura y Deporte), por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía.
Quinto. Requisitos de los textos presentados.
Cada solicitante sólo podrá presentar un texto que debe reunir los siguientes requisitos:
a) Ser original e inédito de carácter literario teatral.
b) Ser de extensión libre y escrito en castellano con el formato de letra Times New Roman 12, interlineado 1,5 y márgenes de 2,5 cm.
c) Versar sobre tema libre que no resulte contrario a lo dispuesto en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, y en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
d) Estar inscrito en el Registro General de la Propiedad Intelectual en el momento de la presentación de la solicitud.
Sexto. Plazo y Forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y podrá presentarse tanto en formato papel como electrónicamente, siendo prioritaria la presentación telemática, preferentemente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de que puedan utilizarse los restantes medios que figuran establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Otros datos.
El formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario para presentar alegaciones, aceptación, reformulación y documentación (Anexo II) figuran publicados en el presente BOJA junto con la resolución de convocatoria y se podrán obtener para su cumplimentación en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24503/, en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la dirección electrónica http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ así como en la página web de la Consejería competente en materia de Cultura.
Sevilla, 13 de mayo de 2024.- El Director, José Ángel Vélez González.
Descargar PDFBOJA nº 97 de 21/05/2024