Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se da publicidad a la distribución definitiva de las partidas presupuestarias indicadas en la Orden de 4 de septiembre de 2023, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (Línea 4), y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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Con fecha 14 de septiembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 177, la Orden de 4 de septiembre de 2023, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (Línea 4).
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, se determina que tanto la autorización del gasto como su modificación o reajuste de anualidades posterior, precisará de la previa fiscalización por la Intervención competente.
El mismo artículo en su apartado 4.º in fine establece que el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Establecido lo anterior, y vista la propuesta de resolución correspondiente,
RESUELVO
Único: Reajustar, en los términos indicados y referida a la partida presupuestaria y anualidades que quedan establecidas de acuerdo con la siguiente distribución:
Partida presupuestaria | Anualidad | TOTAL (€) | |||
---|---|---|---|---|---|
Línea 4 (Sublínea 4.3) | 2023 (€) | 2024 (€) | 2025 (€) | 2026 (€) | |
1900180000 G / 44B / 76000 / 00 MR05120301 2021000996 | 0 | 6.162.859,61 | 203.171,19 | 406.342,39 € | 6.772.373,19 € |
Sevilla, 15 de mayo de 2024.- La Directora General, María del Carmen Jiménez Parrado.
Descargar PDFBOJA nº 97 de 21/05/2024