Resolución de 23 de abril de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de libre designación.
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Este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2008, sobre provisión de puestos de trabajo, promoción interna e ingreso del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, ha resuelto convocar para su cobertura, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I, que se encuentra dotado presupuestariamente, de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad Pablo de Olavide para el ejercicio 2024, aprobado por el Consejo de Gobierno y por el Consejo Social en sus respectivas sesiones celebradas el día 21 de diciembre de 2023, con arreglo a las siguientes
B A S E S
1. Requisitos y condiciones de participación.
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por personal funcionario de carrera de las escalas propias de la Universidad Pablo de Olavide o de cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme durante la vigencia de dicha situación, siempre que se reúnan los requisitos y especificaciones recogidos en el Anexo I.
2. Solicitudes.
2.1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes y la documentación que las acompañe se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide. Se ajustarán al modelo publicado como Anexo II de esta resolución y se presentarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (BOJA de 13 de mayo de 2022), a través del registro electrónico de esta Universidad, o en los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.2. Junto con la solicitud, las personas aspirantes deberán presentar un curriculum profesional en el que reflejarán los conocimientos específicos y las competencias que poseen en relación con el puesto solicitado, así como la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos para optar a dicho puesto, salvo que estos últimos ya consten en su expediente personal de la Universidad Pablo de Olavide.
Podrá celebrarse una entrevista, en caso de ser necesario, para apreciar la aptitud de cada aspirante, a tenor de los extremos reflejados en el curriculum aportado.
En cualquier momento, la Universidad Pablo de Olavide podrá solicitar a las personas aspirantes la justificación documental de cualquier aspecto recogido en el curriculum que requiera su aclaración.
3. Selección, nombramiento y cese.
3.1. La Gerencia, a la vista de las solicitudes y de la documentación aportada por las personas aspirantes, de las entrevistas realizadas, en su caso, y de cualquier informe que se recabe a estos efectos, propondrá al Rector de la Universidad Pablo de Olavide el candidato o candidata de mayor idoneidad para su nombramiento en cada puesto.
Cualquiera de los puestos convocados podrá declararse desierto en el caso de que la Universidad Pablo de Olavide estime que ninguna de las personas aspirantes ofrece el perfil de idoneidad necesario para su cobertura.
3.2. Los nombramientos se efectuarán conforme a lo establecido en el Acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2008, sobre provisión de puestos de trabajo, promoción interna e ingreso del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. La resolución de adjudicación del puesto será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Los demás actos que se deriven del presente procedimiento se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, con los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.3. El funcionario o funcionaria nombrado para desempeñar un puesto de trabajo de libre designación podrá ser cesado, con carácter discrecional, por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide. La motivación de esta resolución se referirá a la competencia para adoptarla.
De conformidad con lo establecido en el artículo 84.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que la persona cesada provenga de otra Administración Pública, la Universidad Pablo de Olavide, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario o funcionaria a otro puesto de la misma, o le comunicará que no va a hacer efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este periodo se entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo en la Universidad.
Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto, o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, el funcionario o funcionaria deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su Administración de origen, conforme a lo establecido por el citado artículo 84 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 23 de abril de 2024.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
ANEXO I
Puesto de trabajo: 105DA001-Director/a Área Relaciones Internacionales y Cooperación.
Núm. de puestos: 1.
Jornada: Especial dedicación.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico anual: 15.332,04 €.
Subgrupo de clasificación: A1/A2.
Requisitos:
- Para el desempeño del puesto se necesita tener un nivel alto de inglés, que deberá ser acreditado.
- Será imprescindible tener disponibilidad para viajar.
- La entrevista, en su caso, podrá desarrollarse tanto en inglés como en español.
Responsabilidades funcionales de los puestos.
Las responsabilidades de estos puestos son las recogidas en el Modelo de Gestión y Organización Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, aprobado por el Consejo de Gobierno el 18 de diciembre de 2013, en su 17.ª sesión, que en concreto se refiere a:
Director/a de Área: Es la persona profesional que se ocupa y preocupa por el establecimiento de objetivos y consecución de resultados mediante el establecimiento y control general de los procedimientos y su participación en los procesos generales. Por lo tanto, es la persona responsable de que los objetivos de la misma se alcancen y responde de ello. Además, se ocupa de conectar y comunicar guías y orientaciones ejecutivas que alimenten los procedimientos en los que participa. En este sentido deberá transformar los objetivos de la planificación estratégica/operativa anual en objetivos del Área. Se ocupa además de buscar y distribuir los recursos necesarios.
En resumen, se puede decir que desarrolla una función orientada a los resultados y de control del Área, más que al desarrollo de actividades. Este puesto conecta al Área con el resto de la organización, en cuanto transforma los valores estratégicos en valores de la unidad. También produce los flujos de comunicación necesarios a y entre las personas que intervienen.
Para alcanzar los comportamientos esperados deberán desarrollarse las responsabilidades funcionales establecidas en el Anexo I de los Acuerdos de Homologación del Personal de las Universidades Públicas de Andalucía de 19 de marzo de 2003, para el puesto de trabajo tipo 1.
ANEXO II
DATOS PERSONALES:
Apellidos y nombre: | ||
D.N.I.: | N.R.P.: | |
Cuerpo o Escala de pertenencia: | ||
Domicilio: | CP: | |
Localidad: | Provincia: | |
Teléfono: | ||
Correo electrónico: |
DESTINO ACTUAL:
Ministerio u Organismo: | |
Dependencia (área o servicio): | |
Denominación del puesto de trabajo: | |
Localidad: | Nivel: |
Fecha de posesión: | Grado consolidado: |
SOLICITA: ser admitido/a a la convocatoria pública para proveer el puesto de trabajo de ____________________________________________, por el sistema de libre designación, convocado por Resolución de fecha 23 de abril de 2024.
En ________________, a______ de______________ de 202____
Fdo.:
SR. RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA
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