Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 23/05/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 10 de mayo de 2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 30 de noviembre de 2023, en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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BNDS (Identificador): 760297.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2024 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Segundo. Beneficiarios.

Los ayuntamientos, entidades locales autónomas, y las personas jurídicas que sean operadores, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable, con una población de derecho inferior a 20.000 habitantes a 1 de enero de 2022 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que presenten proyectos que fomenten la mejora de la digitalización del ciclo urbano del agua de los sistemas de abastecimiento en esos municipios, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras de 30 de noviembre de 2023.

Tercero. Objeto.

Ayudas para proyectos de inversiones para la digitalización de los sistemas de abastecimiento para la mejora de la eficiencia, permitiendo detectar de forma precoz fugas, roturas y filtraciones en redes de municipios menores de 20.000 habitantes de Andalucía.

Se contemplan actuaciones de 2 tipos:

- Tipo A: Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua:

- A.1. Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización centradas en las infraestructuras de captación del agua o puntos de entrega para el uso público y en especial, sobre las captaciones directas al dominio público hidráulico, tanto superficiales como subterráneas.

- A.2. Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre cualquier elemento del sistema de abastecimiento, incluyendo redes de distribución, acometidas de interés público que afecten a una pluralidad de personas usuarias, que en conjunto fomenten a su vez la telegestión y la telelectura del sistema.

Las dos tipologías de actuaciones podrán complementarse con las actuaciones estructurales necesarias para la implantación de las actuaciones de mejora de la eficiencia proyectadas, incluyendo reparaciones y mejoras técnicas en los sistemas de abastecimiento, que permitan, entre otras actuaciones, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de pérdidas, la correcta sensorización de los elementos anteriormente citados, así como todas las herramientas de comunicaciones necesarias para el desarrollo de las mismas, y en especial, aquellas destinadas a la implantación de tecnologías de la información Internet of Things (IoT).

- Tipo B: Elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo A y la puesta en valor de toda la información generada de forma que permita una mejor gestión interna del ciclo urbano del agua y que se fomente la transparencia en la gestión del ciclo urbano del agua en el ámbito territorial de proyecto, fomentando la mejora de la eficiencia, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de las pérdidas de agua, la mejora en la gestión de las infraestructuras de tratamiento, todo ello también para situaciones ordinarias como para la gestión de los sistemas en episodios de precipitación, fomentando el avance de la gestión hacia una gestión inteligente del ámbito urbano del proyecto (Smart city) y la ciberseguridad de cualquiera de los sistemas de gestión existentes o que se vayan a desarrollar en el marco de los proyectos incluidos en el ámbito de la presente convocatoria.

Un proyecto podrá incluir actuaciones del Tipo A y B.

Solo se admitirá un proyecto por municipio o entidad local autónoma que podrá incluir actuaciones de Tipo A y Tipo B.

Los criterios de valoración serán los establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 30 de noviembre de 2023. Los criterios afectados por datos poblacionales se referenciarán a 1 de enero de 2022, conforme a lo indicado en el apartado 4.a) 2.º del referido cuadro resumen.

Cuarto. Criterios de valoración.

Los criterios de valoración serán los establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva. Los criterios afectados por datos poblaciones se referenciarán a 1 de enero de 2022, conforme a lo indicado en el apartado 4.a) 2.º del referido cuadro resumen.

Quinto. Bases reguladoras.

La Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOJA núm. 236, de 12 de diciembre de 2023), modificada por corrección de errores (BOJA núm. 20, de 29 de enero de 2024), y la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019).

Sexto. Cuantía.

La concesión de estas subvenciones, de carácter bienal, se financiará por la cuantía total máxima de 7.611.000 € siendo financiadas en un 100% a través del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, con cargo a la partida presupuestaria de gasto según el siguiente desglose estando limitadas, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes:

ANUALIDAD Partida presupuestaria Importes
2024 1400188132 G/51D/76000/00 2023000268 MR02050302 3.840.500€
2025 1400188132 G/51D/76000/00 2023000268 MR02050302 3.770.500€
TOTAL 7.611.000€

El porcentaje máximo de la subvención será del 100% del coste total del presupuesto subvencionable del proyecto (IVA y otros impuestos excluidos) y la cuantía máxima por subvención será de 100.000€ por proyecto (Actuaciones Tipo A + Tipo B).

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

La resolución de la presente convocatoria surte efecto con la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cuanto al plazo de presentación de solicitudes, será de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se presentará una única solicitud por cada municipio o entidad local autónoma que contenga un único proyecto con todas las actuaciones objeto de la subvención.

Las entidades operadoras podrán presentar varias solicitudes siempre que sea una por cada municipio o entidad local autónoma de su ámbito competencial.

Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía a través del siguiente enlace del Canal de la Administración Electrónica de la página web de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25315.html#toc-c-mo-realizar-el-tr-mite

Octavo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estará a disposición de las entidades solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25315.html

Sevilla, 14 de mayo de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma (Orden de 21.11.2022), de la persona titular de la Consejería, P.S. (Decreto del Presidente 5/2024, de 2 de mayo, BOJA extraordinario núm. 4, de 3.5.2024), Consolación Vera Sánchez.

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