Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 16/01/2025

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 12 de diciembre de 2024, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, en el procedimiento recurso de revisión de sentencias firmes 3/2024, de publicación del fallo de la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2024.

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NIG: 2305045320190001258. Órgano origen: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Jaén. Asunto origen: PAB 406/2019.

Procedimiento: Recurso de revisión de sentencias firmes 3/2024. Negociado: K.

Actuación recurrida:

De: Olivauto, S.A.U.

Procuradora: María de la Asunción Santa-Olalla Montañés.

Letrado: Rafael Luque Moreno.

Contra: Servicio Jurídico Delegado Provincial en TGSS en Jaén.

Procurador/a:

Letrado/a: S.J. de la TGSS de Jaén.

EDICTO

Se hace saber que en el recurso de revisión de sentencias firmes 3/2024, promovido por Olivauto, S.A.U., contra la sentencia dictada en fecha 5 de marzo de 2021, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Jaén, en su procedimiento abreviado 406/2019, se ha dictado por en esta Sala especial del artículo 16.4 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla-Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, sentencia en fecha 15 de noviembre de 2024, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Primero. No haber lugar al procedimiento de revisión de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Jaén, el 5 de marzo de 2021, en el procedimiento abreviado 406/2019 y que ha ganado firmeza al no ser susceptible de recurso de apelación. En dicha resolución se desestima el recurso interpuesto por la mercantil contra la Tesorerería General de la Seguridad Social, de Jaén, de 5 de septiembre de 2019, recaída en expediente núm. 23/101/2019/00348/0 desestimatoria del recurso de alzada formulado contra providencia de apremio núm. 2318008008937373, sobre liquidación e infracción de Seguridad Social, estableciendo la obligación de pago de la cantidad ascendente a 22.244,28 euros, derivadas del procedimiento iniciado por la Inspección de Trabajo de Jaén para la comprobación de las altas y cotizaciones de los trabajadores.

Segundo. Imponer a la parte recurrente las costas procesales causadas con un límite máximo de 1.000 euros y la pérdida del depósito exigido para su interposición.

Así por esta nuestra sentencia que se notificará a las partes haciéndoles saber, con las demás prevenciones del art. 248.4.º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contra el mismo cabe recurso de casación conforme a los arts. 86 y ss. de la LJCA.»

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

Granada, 12 de diciembre de 2024.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Dolores Fernández García.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

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