Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 10/06/2025

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 4 de junio de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de fecha 27 de mayo de 2025, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, por el que se convalida la convocatoria de plazas de Personal Docente e Investigador, en la categoría de Profesor/a Ayudante Doctor/a, realizada mediante concurso público de méritos, a través de la Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la citada universidad, y publicada en el BOJA núm 244, de 22.12.2023, con posterior corrección publicada en BOJA núm. 11, de 16.1.2024.

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Publicado mediante Resolución rectoral de 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a, publicado en BOJA núm. 244, de 22.12.2023, y posterior corrección publicado en BOJA núm. 11, de 16.1.2024, conforme a los acuerdos del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en atención a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, sin que exista acuerdo expreso de este órgano colegiado conforme a lo indicado en el art. 14.c) del Decreto 464/2019, de 14 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Málaga, incurriendo en defecto formal no invalidante, susceptible de la presente convalidación, conforme a lo regulado en el art. 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 7.7 del Estatuto universitario referenciado, quedando subsanado en la sesión del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga de fecha de 27 de mayo de 2025, en los siguientes términos:

Mediante Resolución rectoral de fecha 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, publicada en el BOJA núm. 244, de 22 de diciembre de 2023, se convocó concurso público de méritos, para la adjudicación de 179 plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a, que fue corregida posteriormente, mediante publicación núm. 11 de 16 de enero de 2024, para la creación y dotación de plazas en esta categoría profesional, y en atención a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables. Resultando de aplicación, entre otras normas, lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Málaga, aprobados por Decreto 464/2019, de 14 de mayo, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, de la Junta de Andalucía, y el Reglamento que regula la contratación, mediante concurso público, del Personal Docente e Investigador en la Universidad de Málaga, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 19 de julio de 2006, modificado en sesiones del 27 de octubre de 2014, 27 de febrero de 2015, 25 de julio de 2017, 7 de febrero de 2018 y 21 de diciembre de 2020, que en ese momento estaba en vigor, y atribuía al Rector (ex artículo 3) la competencia para convocar, mediante resolución, los concursos para la provisión de las distintas plazas de personal docente e investigador contratado.

Comoquiera que el artículo 46 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece expresamente que corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad, como máximo órgano de gobierno de esta institución, aprobar las convocatorias de plazas de personal docente e investigador, se hace necesario, al incurrirse en un defecto formal no invalidante, proceder a la convalidación de la citada convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula la convalidación de actos administrativos, en relación con el artículo 7.7 del Estatuto universitario referenciado, que regula las competencias derivadas de la potestad de revisión de oficio de los actos administrativos, que corresponden al Consejo de Gobierno de la Universidad, quedando así subsanado el defecto de aprobación de la convocatoria por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en la sesión celebrada fecha de 27 de mayo de 2025, en los siguientes términos:

- El acto de convalidación producirá efecto desde su publicación en BOJA, disponiéndose la retroactividad de los efectos económicos y administrativos, únicamente respecto de aquellos procedimientos de adjudicación de plazas en los que, con carácter previo a la presente convalidación, se hubiera formalizado la respectiva contratación. Todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo en el artículo 52.3 de la LPACAP.

- Se ordena la conservación de todos los actos y trámites de instrucción llevados a cabo desde la referida convocatoria, y la necesaria continuidad de todos los procesos de selección correspondientes a las plazas pendientes de adjudicación. Todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la LPACAP.

Málaga, 4 de junio de 2025.- El Rector, Juan Teodomiro López Navarrete.

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