Anuncio de 2 de junio de 2025, del Ayuntamiento de Almodóvar del Río, referente al Acuerdo Plenario para la incoación del procedimiento para la consulta popular sobre la siguiente iniciativa de interés general: «Traslado del lugar de celebración de la Romería de la Virgen de Fátima» (PP. 1162/2025).
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Don Ramón Hernández Lucena, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Almodóvar del Río, hace saber:
Que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrado el pasado miércoles, día 28 de mayo de 2025, acordó la aprobación de la incoación del procedimiento para la consulta popular sobre la iniciativa de interés municipal: «Traslado de lugar de celebración de la Romería en honor a la Virgen de Fátima» (Gex 4188/2025), cuyo tenor literal es el siguiente:
«Visto el interés de este equipo de Gobierno en recabar el parecer de los vecinos y vecinas del municipio de Almodóvar del Río sobre la siguiente iniciativa de interés municipal: Traslado del lugar de celebración de la Romería de la Virgen de Fátima.
Visto el Informe de Secretaría de fecha 13 de mayo de 2025 (CSV6414 F921 1F66 7F73 56B5) que consta en el expediente GEX 2025/4188 en el que se informa sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de la consulta popular.
Considerando que dicha iniciativa versa sobre materias de competencia municipal ‟promoción de la culturaˮ, partiendo de lo dispuesto en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el 9.17 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Considerando lo dispuesto en los artículos 6 y siguientes de la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía.
Considerando lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Considerando que el órgano competente para el inicio del expediente de consulta popular es el Pleno de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía.
En virtud de lo anterior, se propone al Pleno la adopción del siguiente,
ACUERDO
Primero. Incoar el procedimiento para la consulta popular sobre la siguiente iniciativa de interés municipal: «Traslado del lugar de celebración de la Romería de la Virgen de Fátima», en los siguientes términos: ¿Está de acuerdo, con que la celebración de la Romería de la Virgen de Fátima se traslade a los terrenos del embalse de la Breña II (antiguo Pinillo)?
Segundo. Someter el presente procedimiento a información pública, por un período de veinte días hábiles, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, trámite que comenzará a computar a partir del día siguiente al de la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que cualquier persona física o jurídica pueda efectuar las alegaciones que considere procedentes.
Tercero. Publicar la documentación del presente procedimiento en el Tablón de Edictos y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Almodóvar del Río, dándose difusión a través de la página web municipal y en los lugares de costumbre.
Cuarto. Comunicar, simultáneamente, a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia que corresponda, para que, en el plazo de quince días hábiles, también pueda formular alegaciones, en su caso.
Quinto. Facultar a la alcaldía para la firma de cuantos documentos sean precisos en ejecución del acuerdo que se adopte.»
Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 8 de la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía (EDL 2001/21356), haciéndose saber que, frente a dicho acto, que es un acto de trámite, no cabe la interposición de recurso en vía administrativa.
Almodóvar del Río, 2 de junio de 2025.- El Alcalde, Ramón Hernández Lucena.
Descargar PDFBOJA nº 116 de 19/06/2025