Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 23/06/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se concede la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Nuestra Señora del Carmen», de La Palma del Condado (Huelva). (PP. 1116/2025).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Damián Buenvarón Borrego, como representante de Fundación Vedruna Educación, entidad titular promotora del centro docente privado de educación infantil, «Nuestra Señora del Carmen» en solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento del mismo con 3 unidades de segundo ciclo de educación infantil para 72 puestos escolares, en el mismo edificio o recinto escolar que los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria, ya autorizados, con la misma denominación específica y código 21002525.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Nuestra Señora del Carmen», promovida por Fundación Vedruna Educación, como entidad titular, en el mismo edificio o recinto escolar que los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria, ya autorizados, con la misma denominación específica y código 21002525, ubicados en Avda. de la Zarcilla, 68, de La Palma del Condado (Huelva), quedando configurado con 3 unidades de segundo ciclo de educación infantil para 72 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso 2025/2026.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de mayo de 2025

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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