Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 10 de enero de 2025, por la que se acepta la donación, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada, para su ingreso y custodia en el Archivo Histórico Provincial de Granada.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante escrito de 7 de marzo de 2024, don Juan Antonio Fajardo Ureña, en nombre de la asociación Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada, manifiesta la voluntad de la asociación de donar a la Junta de Andalucía el archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada para su ingreso en el Archivo Histórico Provincial de Granada.

El 13 de mayo de 2024 el Archivo Histórico Provincial de Granada determina el interés cultural y patrimonial que el archivo de la entidad deportiva tiene para la Comunidad Autónoma de Andalucía, sustentado en varias causas:

- El Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada, creado en 1898, es el tercer club más antiguo de España. Su objetivo ha sido dar a conocer Sierra Nevada y el montañismo penibético, y trabajar por el desarrollo turístico de la sierra granadina. A su labor se debe la construcción del primer albergue-refugio de montaña, edificado a 2.250 metros de altitud, el albergue de la Hoya de la Mora o albergue de San Francisco, inaugurado en 1915.

- El Club es responsable, entre otras actividades, de la organización de excursiones, la edificación de refugios y preparación de caminos, la formación de guías, el fomento de deportes de nieve, la coordinación de conferencias o la realización de publicaciones sobre diferentes aspectos de interés para los aficionados a la montaña. Entre sus logros se encuentra la creación de la primera Escuela de Esquí en la provincia.

- El Club ha desarrollado una ingente labor deportiva y medioambiental, fomentando toda clase de deportes como el montañismo, el esquí, la travesía, el piragüismo, el triatlón o la escalada. Son conocidos internacionalmente los premios anuales de esquí que lleva otorgando desde los primeros años de su creación.

- Entre sus últimas actuaciones cabe mencionar su participación en la celebración del Campeonato Mundial de Esquí de 1996. En la actualidad continúa con su labor de difusión del patrimonio natural, deportivo y cultural que comporta el macizo penibético.

Segundo. El archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada está integrado por 78 cajas y 29 libros, equivalentes a 20,5 metros lineales de documentos de archivo, fechados entre 1934 y 2005, así como material bibliográfico, principalmente boletines mensuales editados por el Club.

Tercero. Con fecha 29 de mayo de 2024 se concede trámite de audiencia a la parte interesada, a efectos de examinar el procedimiento, sin que se aporten nuevos documentos al expedientes.

Cuarto. El 17 de diciembre de 2024, la Secretaria General de Patrimonio Histórico y Documental propone aceptar la donación a favor de la Comunidad de Andalucía y proceder a su ingreso definitivo en el Archivo Histórico Provincial de Granada.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el «afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza, a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico», y el artículo 37.1.18.º del Estatuto designa como principio rector de las políticas públicas «La conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía», por lo que la aceptación por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía de esta donación contribuirá a cumplir este objetivo.

A su vez, el artículo 68.1 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 2 le concede competencias ejecutivas sobre los archivos de titularidad estatal situados en su territorio cuya gestión no se reserve el Estado, lo que comprende, en todo caso, la regulación del funcionamiento, la organización y el régimen de su personal. Por último, el apartado 3.1.º y 2.º del citado artículo del Estatuto atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.

Segundo. Corresponde a la Consejería de Cultura y Deporte, según lo previsto en el Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece su estructura orgánica, las competencias en materia de cultura y deporte, atribuyéndose a la Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental las competencias de promoción, conservación y difusión del patrimonio documental y bibliográfico de Andalucía, con arreglo al artículo 6.2.i) del citado decreto.

Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta a la Consejería de Cultura y Deporte a «aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz». En dicho artículo se especifica que esta aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Conforme a lo dispuesto en el citado artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 2 de la misma ley, se hace constar expresamente que la colección documental objeto de donación ofrece un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran parte del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Por otro lado, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte la competencia para aceptar donaciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico de Andalucía.

El archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada forma parte del Patrimonio Histórico de Andalucía, puesto que según el artículo 69 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, el Patrimonio Documental de Andalucía es el conjunto de los documentos producidos, recibidos o reunidos por las personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, ubicados en Andalucía, que poseen, por su origen, antigüedad o valor, interés para la Comunidad Autónoma. Definición que hay que interpretar con la legislación específica, que establece, en el artículo 15.1.b de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, que forman parte del Patrimonio Documental de Andalucía «los documentos ubicados en la Comunidad Autónoma con más de cuarenta años de antigüedad, conservados o no en archivos, producidos, recibidos o reunidos en el desarrollo de su actividad en Andalucía por personas jurídicas privadas de carácter religioso, sindical, cultural, educativo o con fines sociales».

Cuarto. El artículo 101, apartados 1 y 2, del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 19/1995, de 7 de febrero, establece que las personas que pretendan donar bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía se dirigirán por escrito a la Consejería competente en materia de cultura, describiendo los bienes objeto de la donación y aportando cuantos datos estimen pertinentes. La Consejería de Cultura y Deporte, una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.

Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.

Asimismo, el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, aprobado por el Decreto 97/2000, de 6 de marzo, define, en su artículo 46, el concepto de ingreso como la entrada de documentos en un archivo para su custodia, control, conservación y servicio; y establece, en su artículo 47, los tipos de ingresos que pueden producirse, entre los que se encuentra la donación.

Expuesto lo anterior, atendiendo al ofrecimiento de donación de los bienes, que se encuentran libres de cargas según lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, y acreditado el valor cultural de los mismos, que acrecentarán el Patrimonio Documental de Andalucía mediante su ingreso en el Archivo Histórico Provincial de Granada, y de conformidad con la propuesta de 17 de diciembre de 2024 de la Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada, integrado por documentos fechados entre 1934 y 2005, así como material bibliográfico, principalmente boletines mensuales editados por el Club, cuyas características se relacionan en el anexo.

Segundo. Ingresar y custodiar la referida colección de documentos en el Archivo Histórico Provincial de Granada, atendiendo a la voluntad del donante.

Tercero. Ordenar que la persona titular de la dirección del Archivo Histórico Provincial de Granada levante acta de ingreso definitivo de esta donación, mencionando la presente Orden de aceptación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de administración gestora del centro.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden de aprobación de la donación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1.regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de enero de 2025

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

ANEXO

FONDO DEL CLUB DEPORTIVO SOCIEDAD SIERRA NEVADA (1934-2005)

1. GOBIERNO.

Actas de las asambleas, convocatorias y reuniones de la sociedad. 1951-2000.

Expedientes de régimen interno. 1946-1982.

Libros de actas del pleno. 1948/1968.

2. ADMINISTRACIÓN.

Correspondencia. 1946-1986.

Fichas de socios. 1945-1990.

Memorias de actividades.1948-2000.

Gestión del Club Náutico. 1969-1987.

Libros de registro de socios. 1936/ 1990.

Libros de entrada y salida de correspondencia. 1947/1990.

3. GESTIÓN ECONÓMICA.

Expedientes anuales de ingresos y gastos. 1945-2005.

Libros diarios de cuentas. 1948-2004.

Libros registro de gastos. 1948-2001.

4. ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

Competiciones de esquí y deportes de nieve. 1934-2004.

Montaña. 1948-1995.

Caza y pesca. 1948-1960.

Otras actividades. 1964-2004.

5. DOCUMENTOS GRÁFICOS.

Fotografías. 1962/1989.

Carteles. 1972/1983.

6. RECORTES DE PRENSA. 1948-1972.

7. BOLETINES INFORMATIVOS. 1948-1977.

Boletines editados por la Sociedad Sierra Nevada.

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